municipalidades

Injusticia ambiental bur(r)ocrática

En escritos previos (ver www.allan-astorga.com) hemos hablado sobre el problema de la tramitología anquilosante que, no solo agobia el desarrollo de nuestro país, si no que lo tiene totalmente frenado, haciendo que casi todos los inversionistas de nuevos proyectos prefieran irse a otro país a progresar sin tanto sacrificio de tiempo y dinero.

Hemos señalado que, durante los últimos 25 años, casi todos los candidatos y posteriormente presidentes, han prometido desregular el sistema para favorecer la inversión y el desarrollo de proyectos y, con ello, el crecimiento económico del país. Sin embargo, se ha fracasado rotundamente. Para muestra un botón: cuando Intel ingresó al país en 1997, el número de trámites a cumplir era de 180, hoy es de 320.

Como lo hemos indicado ya, el mayor error es preguntarle a un funcionario público que es responsable de un trámite, qué se puede hacer para quitarlo o simplificarlo. El resultado casi siempre es el mismo, el trámite se “quita”, pero lo sustituyen dos requisitos nuevos adicionales que se manejan a nivel de mandos medios y bajos. Al final, pese a todo el esfuerzo, el sistema sigue entrabado y, lo peor, sirviendo como un caldo de cultivo para la corrupción.

En nuestro artículo de opinión publicado el 27.12.2021 en CRHoy: “Corrupción e Inteligencia Artificial”, explicamos que existe una solución técnica, científica y rápida para este problema. Se puede implementar, para empezar en casi el 30 % del territorio del país y en menos de un año, para todo el país. Esperamos que las nuevas autoridades de gobierno que asumen el próximo 8 de mayo tomen en cuenta este importante tema.

En este artículo de hoy, vamos a entrar en el detalle de las consecuencias que tiene este problema de la excesiva y absolutamente confusa tramitología en un tema muy importante: la gestión de los recursos hídricos.

“Realidad ambiental”: consideremos que cualquiera de los lectores es propietario de un pequeño terreno (por ejemplo, de poco más de media hectárea: 7.000 m2) en una zona rural del mismo Valle Central, como Zarcero, Sarchí, Naranjo, etc., y que, tiene una casa de habitación y el resto lo dedica a la actividad agrícola. Un día, decide ir a la Municipalidad a solicitar que le den el permiso para hacer una pequeña casa más, en la propiedad, para que viva uno de sus hijos que se va a casar.

Resulta que en la Municipalidad realiza una rápida consulta a la base de datos (maravillosa tecnología, dirán algunos) que tiene la Dirección de Aguas del Ministerio del Ambiente y Energía y le generan una impresión del resultado final. La totalidad de la finca queda envuelta en círculos de color rojo que se sobreponen, algunos de 100 metros de radio y otros de 200 metros de radio de protección.

Con esta información la Municipalidad le informa al propietario que no le puede gestionar ningún uso de suelo para la construcción de otra casa en el terreno. Definitivamente, le dicen, no se puede hacer nada.

Pero no solo eso, resulta que, en la misma Municipalidad, orientados por el número de plano de catastro de la finca, se dan cuenta que existe, desde hace algún tiempo, una resolución del Tribunal Ambiental Administrativo señalando que en la finca en cuestión se ha generado un daño ambiental por la construcción de una casa (la del propietario) y que existe una orden de demolición de la casa y la solicitud del pago de un considerable monto económico (varios millones de colones) como compensación por el daño ambiental producido.

Ante esta “realidad ambiental” algunos opinarán que fue una muy mala suerte del propietario y bueno, que “pobrecito”, pero no se puede hacer nada. Algo sencillo de decir cuando no se vive en carne propia y cuando los sueños y esfuerzos de toda una vida (de la familia) parecen desaparecer de un plumazo.

Otros podrán opinar que esto es una ficción imposible que suceda. Nos gustaría coincidir y decir que solo es un “mal sueño”, pero desafortunadamente es una realidad que ha ocurrido o está ocurriendo a muchos miles de personas y familias.

Y así, como este ejemplo, existen muchos otros casos, como aquel de la urbanización que tiene una planta de tratamiento de aguas residuales y una autorización de la Dirección de Agua del MINAE para que desfogue las aguas tratadas en una quebrada cercana y que, como producto de una inspección realizada por un funcionario del MINAE durante el verano, se anula esa autorización de desfogue porque en MINAE en el 2017 emitió un decreto que dice que ya las aguas tratadas no se pueden descargar en una quebrada intermitente (aunque lo sea solo unos días al año). Esta realidad, que no contempla los efectos del Cambio Climático, existe y se convierte en una horrible pesadilla para los desarrolladores o propietarios del proyecto.

Así podríamos seguir dando muchos ejemplos de casos similares.

Injusticia ambiental: resulta que cuando profundizamos en los detalles (no en vano nuestros abuelos decían muy sabiamente que: “el diablo está en los detalles”) nos damos cuenta de que en vez de una “realidad ambiental” estamos siendo testigos de una enorme “injusticia ambiental”.

Resulta que cuando se analiza la ubicación de las nacientes, para el primer caso, se observa que no todas existen y que, además, su localización no es precisa. Por otro lado, también se observa que varias de ellas se localizan “aguas arriba” de la finca y que, aunque la finca se ubique dentro del radio de “protección” en realidad no existe posibilidad real de que la misma pueda ser una fuente de contaminación para dichas nacientes.

Por otro lado, cuando se analiza el área de captura inmediata (o tubo de flujo) de la única naciente más cercana a la finca y que se encuentra a la misma altura de esta, tampoco existe posibilidad de que se dé riesgo de contaminación a dicha naciente.

Esta revisión se hace por medio de un estudio hidrogeológico ambiental por parte de un profesional en geología que tiene que demostrar todos los hechos investigados y que lo llevan a esa conclusión. Ese profesional lo debe hacer como una declaración jurada con la responsabilidad legal y ética que eso implica. Y lo hace después de hacer un trabajo de campo y gabinete detallado.

Algo que, en la gran mayoría de los casos, nunca se ha hecho para las miles o decenas de miles de nacientes o manantiales que existen en el país.

Así las cosas, resulta que todo lo que le indicó la Municipalidad al propietario es una enorme injusticia ambiental y que la orden de demolición y el pago de la compensación por daño ambiental deberían anularse. E incluso, el permiso para la otra casa se podría dar.

Parece el final feliz de una película, pero en realidad no lo es. Resulta que, aunque es la Municipalidad la autoridad constitucionalmente nombrada para resolver el tema del uso del suelo y el permiso de construcción y que, sobre la base del estudio técnico hidrogeológico señalado, podría resolver, por lo general, no lo hace. Prefiere consultar a la Dirección de Agua del MINAE o la Dirección de Investigación y Gestión Hídrica del SENARA. Y allí comienza el calvario. Ambas direcciones, a pesar de ser del mismo Estado, tienen posiciones diferentes y la solución del caso va a depender de muchas cosas, incluso judiciales y llevará mucho tiempo.

Como vemos, a pesar de que se dilucide la injusticia ambiental, la justicia real podría llevar mucho tiempo en concretarse. Así, los sueños y las vidas de las personas quedan truncadas, como suspendidas en el tiempo, por culpa de una engorrosa, ilógica y absolutamente bur(r)ocrática tramitología que, la verdad, es enemiga de la gente y del ambiente. Es decir, que prácticamente no sirve para nada positivo.

Estado confiscatorio y ladrón: existen muchos ejemplos como los señalados, no solo en tema de aguas, sino, también en muchos otros temas, como, por ejemplo, con bosques y el patrimonio natural del estado, en la definición de humedales, en la delimitación de zonas de protección no oficializadas o sin fundamento técnico para ello.

Son muchos los casos en que los propietarios prácticamente pierden sus terrenos en la realidad, pues, aunque el mismo siga a su nombre, en ellos no va a poder hacer nada y o si lo hacen será de forma ilegal. Esa es la realidad de un sistema y un estado que sobre la base de espesas marañas tramitológicas y normativa sancionatoria, “confisca” la propiedad privada y prácticamente la “roba”, pues no permite a su propietario hacer uso de esta según las condiciones ambientales del terreno.

Y como se podrá notar, el desarrollo de plataformas digitales de información, dizque “muy modernas y ágiles” lejos de beneficiar a los ciudadanos, más bien los afecta. La razón de esto es muy simple, el sistema computarizado no es el problema, el problema está en la información con que el Estado y sus instituciones lo alimenta. Se trata de información poco precisa, a diferentes escalas, sin corroboración de campo y carente de certeza en la gran mayoría de los casos. Sin embargo, eso no se les informa a las municipalidades ni a las otras instituciones que consideran la información como válida y oficial y toman decisiones a partir de ella. Algo que debe ser solucionado lo antes posible.

Desconocemos con precisión la cantidad de casos, como los ejemplos mencionados que se han presentado y están vigentes como expedientes en sede judicial. No obstante, por los datos del Tribunal Ambiental Administrativo, de la Dirección de Agua, del SENARA y en consideración de la base de información ambiental existente, se estima que se trata de miles o decenas de miles de casos que van a sobrecargar aún más al Poder Judicial. Algo que puede ser resuelto por otras vías completamente diferentes y sin que se gasten tantos recursos económicos y humanos, así como tantos años de incertidumbre y paralización.

Hacia una solución integral: como hemos señalado, existe una solución concreta e integral que realmente permita utilizar los sistemas computarizados y las bases de información detallados para solventar este enorme problema de la “injusticia ambiental bur(r)ocrática”. Y no se trata necesariamente de cambiar las leyes existentes, sino, más bien, de eliminar, depurar, simplificar y hasta sustituir toda la normativa regulatoria (decretos ejecutivos, oficios, resoluciones, memorándums, lineamientos y otros) para cada uno de los sectores y subsectores.

Es indispensable adaptarse a los tiempos actuales y depurar todo el sistema para que opere de una forma más eficiente. Todo eso es posible hacerlo y empezar a ejecutarlo en al menos el 30 % del país en un plazo de meses. Como hemos dicho, sobre esa base y un sistema de Permiso Ambiental Integral automatizado fundamentado en inteligencia artificial es posible y realista pasar los trámites de permisos para proyectos de inversión y desarrollo, de cuatro años promedio a solo cuatro semanas.

Se trata de un asunto de trascendental importancia para nuestro país, pues sin ese cambio, sin esa transformación, no es posible promover inversión y desarrollo y, sin esto, tampoco se puede activar y hacer crecer la economía de Costa Rica. Se trata de un asunto prioritario para el bien efectivo de la gente y el ambiente. En consideración de esto, nos ponemos a las órdenes de las nuevas autoridades de gobierno, pues sabemos que la tarea es mucha y el tiempo corto.

Opinión: Recomendaciones estratégicas para elegir las autoridades municipales que necesitamos

Se aproximan las elecciones municipales. Todos los ciudadanos podremos ejercer el derecho democrático de ir a votar y escoger las nuevas autoridades municipales o reelegir aquellas que se lo merezcan. Se hace importante, por ello, hacer algunas recomendaciones muy respetuosas a los candidatos, los munícipes (ciudadanos del municipio), a la prensa preocupada por esas elecciones y, en general, a todos los que estén preocupados por el futuro de nuestra humanidad en los próximos años.

Grave coyuntura: aunque posiblemente muchos no están enterados, nos encontramos en una condición de alerta roja planetaria. La vida de nuestro planeta Tierra, está en peligro, incluyendo la nuestra, como humanidad. Durante el último año, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha emitido tres alertas rojas que deberían ser más discutidas por la prensa y por las autoridades responsables.

Las tres alertas rojas son las siguientes: a) efectos negativos por el Cambio Climático, principalmente desastres, b) acelerada extinción de especies, es decir, perdida de la biodiversidad, incluyendo las abejas que son la responsables de la polinización de casi el 60 % de los alimentos provenientes de la agricultura y c) grave peligro de no disponer de suficientes alimentos para una humanidad con una población creciente (9 mil millones en el 2050), debido a la pérdida de suelos y falta de agua para el desarrollo de cultivos, así como la pérdida de producción de alimentos del mar, como consecuencia de la contaminación. El punto de No Retorno, es decir, de inicio de extinción de la humanidad, se señala para el 2050, aunque algunos científicos opinan, con buen criterio, que esa es una visión optimista y que ese punto de no retorno se encuentra mucho más cerca de nuestro tiempo.

Descarbonizar la economía no es suficiente para no llegar a ese punto de no retorno. Evitar que la temperatura de los océanos y la atmósfera no suba, es una medida positiva para disminuir los efectos negativos del Cambio Climático, empero no es suficiente. Hay otras medidas que tomar, respecto a los ecosistemas de la Ecosfera que se encuentran en peligro de extinción y con nuestra economía depredadora, que se basa en una falsa premisa de que los recursos naturales son infinitos e inagotables (una vieja idea de principios del siglo XIX).

Uno de los mayores problemas que tenemos para cobrar conciencia de que nos encontramos en una crisis planetaria, se debe a que los efectos negativos de las tres alertas de la ONU, se dan durante varios años o hasta décadas. Siendo así, los problemas rutinarios de la economía, de los impuestos, del costo de la vida, de la educación, de la salud y otros más, resultan mucho más importantes. No solo para la gente común, sino también para la prensa y las mismas autoridades de gobierno, tanto central como municipal. Parece que nada está pasando, mientras sentimos la brisa que acaricia nuestro rostro al caer en un profundo precipicio y en cuyo fondo, encontraremos nuestra extinción.

Así como se pueden tomar medidas globales para mitigar nuestra crisis planetaria, como por ejemplo los Acuerdos de París del 2015, hay otra serie de medidas urgentes que deben tomarse desde ya, y cuyo efecto más directo y efectivo es que se tomen desde lo local, en cada territorio, cuya administración ya está asignada constitucionalmente al Gobierno Municipal. De allí la enorme importancia de que las autoridades municipales y todos los habitantes de cada municipio, tomen conciencia de la urgencia de priorizar acciones y ejecutarlas.

Medidas estratégicas a escala local: cada municipio representa una especie de célula de un enorme organismo vivo que conforma la Ecosfera terrestre continental. Así como las células tienen un sistema autónomo de funcionamiento y de supervivencia, así deben actuar los municipios dentro de sus territorios, para revertir el daño producido por la humanidad. Es el único camino, pues no hay una solución mágica. Se requiere de mucho trabajo a escala local con el compromiso de las autoridades municipales, munícipes, educadores, empresarios y productores, academia, profesionales independientes y la población en general.

Como hemos señalado anteriormente, las medidas clave a tomar son: a) Ordenamiento Ambiental del Territorio a una escala detallada (1:25.000 o menos), b) Categorización de los usos del suelo: urbano, agrícola-agropecuario y de conservación, con un claro balance de los tres componentes, c) recuperación de territorios degradados con reforestación estratégica y natural para la mejora de los ecosistemas, d) rápida transición del modelo productivo en las actividades agrícolas y agropecuarias hacia una visión de agricultura y ganadería regenerativa, no contaminante, con el uso de tecnología de avanzada, e) desarrollo urbano ambientalmente sustentable, no contaminante y de incentivo a la producción sostenible que brinde oportunidades de desarrollo económico a la comunidades humanas para erradicar la pobreza y la brecha social, f) corrección y prevención de la contaminación, g) rápida transición hacia el uso de energías más sostenibles y seguras, como la geotermia y h) planificación estratégica del desarrollo enfocado en un aumento de la Resiliencia humana y natural.

La ventaja de accionar todas estas medidas, lo antes posible, es que permite que cada municipio, aumente su Resiliencia y pueda promover un desarrollo humano y natural, más acelerado, pero ambientalmente sustentable. Por esta razón, los candidatos a ser autoridades municipales y los munícipes tienen que tener muy claro todo esto.

Un candidato a autoridad municipal, que desconozca la situación en la que nos encontramos como humanidad, y las acciones urgentes y prioritarias, no debería ser elegido pues, sin querer, estaría generando una pérdida de tiempo, que es un lujo que no podemos ni debemos darnos.

La acción individual de cada municipio -gobierno municipal y munícipes -, pero todos con el mismo norte, permitirá que “célula por célula” nuestra Ecosfera sane y podamos evitar el punto de no retorno. Como podemos ver, es una tarea de todos y por eso ocupamos autoridades municipales claramente conscientes y responsables de las urgentes tareas que deben emprenderse.

Acciones nacionales y planetarias: autoridades de gobierno central deben promover acciones estratégicas nacionales que faciliten a los municipios la aplicación de medidas locales en el menor plazo posible. En muchos casos, el marco jurídico vigente debe ser cambiado para adaptarse a la condición de crisis en la que nos encontramos. Las mismas medidas estratégicas señaladas, aplican a un marco nacional que defina una política de gestión para salvar la Ecosfera terrestre.

A nivel mundial, también urgen acciones estratégicas. Una de las más importantes es salvar los océanos y la vida que en ellos reside. Es vital, pues la Ecosfera marina también se encuentra en un grave peligro. También es urgente integrar el Principio de Sustentabilidad Ambiental (ver www.allan-astorga.com) en la Economía, pues de lo contrario, el sistema económico se volverá un gran obstáculo global para que podamos evitar llegar al punto de no retorno.

Las acciones y programas de la ONU deben ser reforzados y acelerados, como por ejemplo los Objetivos del Desarrollo Sostenible 2030. Urge hacer inversión en estos programas globales. Menos gastos en armas y guerras y más inversión en salvar la Ecosfera planetaria.

Hay más medidas y acciones a tomar, pero aquí hemos enunciado las principales. Con esta base, será sencillo hacer una serie de preguntas a los candidatos y candidatas para saber si de verdad están preparados para asumir los enormes retos que tendrán que enfrentar.

¿Tendrán los candidatos y candidatas, aspirantes a gobernar en el Bicentenario de nuestra independencia; claridad de la magnitud de su responsabilidad en la determinación de acciones y decisiones impostergables; al asumir un gobierno local con competencia territorial, con personalidad jurídica propia, con potestades públicas frente a sus munícipes, con potestad para operar de manera descentralizada frente al Gobierno de la República y de ejercer plenamente la autonomía constitucionalmente garantizada y reforzada con basta jurisprudencia constitucional; para tomar las decisiones urgentes que salvaguarden la vida en su cantón, en el país y en el planeta?

Municipalidades y responsabilidades socioambientales

La Constitución Política señala que los gobiernos locales tienen autonomía para tomar decisiones en su territorio. El Código Municipal establece el marco con el que las municipalidades deben gestionar las acciones de administración de ese territorio. Este marco legal representa la “caja de herramientas” para la gestión municipal. Pero esas no son las únicas herramientas, pues se tiene que dar cumplimiento al marco legal nacional, incluidos los preceptos constitucionales.

Uso de suelo (o de la tierra): es uno de las principales funciones de las municipales, así como los permisos de construcción. Es muy importante, dado que define el desarrollo socioeconómico del cantón. Se sigue la lógica de que a mayor cantidad de construcciones, mayor desarrollo tendrá el gobierno local, sin valorar la situación de colapso de un cantón debido a un número elevado de construcciones (en particular en territorios pequeños). Como construcciones se incluyen: casas, desarrollos industriales o agroindustriales, obras de infraestructura y de desarrollo urbano en general.

Es comprensible que en un cantón o distrito se desee desarrollo constructivo y productivo.  No obstante, el alcance del gobierno local no se puede limitar únicamente a aumentar el número de construcciones.  La responsabilidad es más integral y tiene ver con el hecho de que las zonas donde se van a dar sean espacios geográficos seguros y aptos para albergar esas actividades.  Esto es muy importante, dado que también el gobierno local tiene responsabilidad en materia de la protección del ambiente, de los recursos naturales y, en particular, de la vida de sus habitantes. Algo que en momentos en que la humanidad, a modo global, ha alcanzado el limite crítico de la resiliencia de los ecosistemas y, todavía, continúa con un fuerte sacrificio ambiental de la Ecosfera (ver: www.allan-astorga.com), resulta imperativo de tomar en cuenta.

Zonas Especiales: las zonas que no son seguras o que tienen limitaciones importantes para su uso, están definidas como Zonas Especiales por la Ley de Planificación Urbana en su artículo 25 que dice:  “figurarán como zonas especiales, las que soporten alguna reserva en cuanto a su uso y desarrollo, como en el caso de los aeropuertos, los sitios con importancia histórica o los recursos naturales conservables y las áreas demarcadas como inundables, peligrosas o necesarias al propósito de contener el crecimiento urbano periférico”.

El territorio de un cantón o distrito debería tener, como mínimo, una identificación de esas zonas especiales. De esta manera tendría una base técnica para definir usos del suelo y, dado el caso, permisos de construcción. Dada la naturaleza de esas zonas especiales, estas se podrían definir incluso sin tener que esperar a contar con un plan regulador aprobado. El Transitorio II de la Ley de Planificación Urbana y la jurisprudencia constitucional dan el fundamento para que los gobiernos locales, que cuenten con los estudios técnicos, promulguen ordenanzas municipales que permitan mejorar la base con que se establecen los usos del suelo en sus territorios.

Ordenanzas municipales: hemos señalado (ver: www.allan-astorga.com) que al menos 50 municipios cuentan, de forma parcial o total, con una zonificación ambiental por Índice de Fragilidad Ambiental (IFA) o al menos de IFA por amenazas naturales, a una escala apropiada, que permitirían establecer ordenanzas municipales en diversos temas.

Esto es importante para aquellos cantones o distritos que no disponen de Plan Regulador sin la variable ambiental integrada. Las ordenanzas municipales tendrían vigor de ley en el territorio jurisdiccional y determinarían los alcances del uso del suelo que otorgaría la Municipalidad. Como tal, la Ordenanza Municipal debe ser debidamente aprobada por el Concejo y debería estar sujeta, de previo, a un proceso de consulta, via el procedimiento de la evaluación ambiental estratégica (EAE) local o a una audiencia pública.

Los temas de las ordenanzas municipales pueden ser diversos, según la situación de realidad de cada territorio, al incluir: amenazas naturales y gestión del riesgo, gestión de los recursos hídricos superficiales y subterráneos, protección de biotopos, contención urbana, construcción vertical y sus límites de altura, conservación de suelos y gestión del paisaje, entre otros.

Ordenanzas y planes reguladores: como es bien sabido, el tiempo que puede llevar la oficialización de un plan regulador puede ser de años, incluso, décadas.  Con el agravante de que, en ausencia de un plan regulador, lo que aplican son dos reglamentos del INVU: a) Control Nacional de Fraccionamiento y Urbanizaciones, y b) Construcciones, los cuales, aunque en un 95% son útiles desde el punto de vista técnico, en un 5  son altamente permisivos desde el punto de vista ambiental. Al ser ese 5% de la normativa urbana inapropiado y obsoleto, representa una de las principales fuentes de los problemas ambientales que tiene nuestro país, caracterizado por la desplanificación urbana y territorial.

Esos reglamentos del INVU, elaborados en los años ochenta, contradicen la legislación ambiental desarrollada en el país después del año 1995. Por eso, los gobiernos locales, que disponen de zonificación ambiental y/o de amenazas naturales debidamente realizadas, tienen la responsabilidad de actuar en procura de acelerar el desarrollo sustentable de sus territorios jurisdiccionales.

Dentro de esos 50 cantones, se encuentran los 31 cantones de la Gran Área Metropolitana (GAM), para los cuales se emitió, desde el 2012, la Directriz 35–MIVAH–PLAN, aún vigente, que señala: “en toda política, plan, programa o proyecto relacionado con materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano del Gran Área Metropolitana se deben tomar en consideración como insumos los productos generados por el ‘Proyecto de Planificación Urbana Regional de la Gran Área Metropolitana de Costa Rica (PRUGAM)’, que se encuentran disponibles en el siguiente sitio electrónico: http://www.mivah.go.cr/PRUGAM_Productos.shtml”.

Fuera de la GAM, hay otros cantones que tienen zonificación de amenazas naturales cuya información, a una escala apropiada, se encuentra en la CNE. Además, hay otros municipios con los IFA aprobados, por lo que sí es posible avanzar.

Lo único que se ocupa es tomar conciencia de las posibilidades que cada gobierno local tiene no solo para su desarrollo económico, si no también, sobre todo, para un desarrollo sustentable: a mediano y largo plazo, esto último es el que los volverá mucho más atractivos para la inversión.

A un año de la tragedia de barrio Lajas en Escazú

Hoy, 4 de noviembre, se cumple un año de la tragedia de barrio Lajas en San Antonio de Escazú. Pasadas la media noche, un deslizamiento ocurrió en la ladera y pendiente abajo se transformó en flujo de material (avalancha) que descendió por el cauce de la quebrada Lajas, por su valle de inundación inmediata, arrastrando todo a su paso, incluyendo una serie de casas y sus ocupantes, localizadas en las cercanías de la quebrada, provocando la muerte de más de 20 personas.

Un desastre que fue noticia de “primera plana” durante varios días, pero luego se fue extinguiendo en importancia hasta quedar casi en el olvido. En honor a las personas que perdieron su vida y las de sus familiares y amigos que todavía los lloran, y considerando el profundo sentimiento de injusticia que nos embarga al saberse desde hace al menos 5 años que esta zona era particularmente vulnerable y que las autoridades tenían conocimiento de ello, es menester repasar lo ocurrido: se trata de una trágica lección de la que todos debemos aprender para evitar que se repita.

Lo primero que podríamos preguntarnos es qué hemos hecho en concreto, durante el último año, para evitar que este tipo de situaciones se sigan repitiendo en el futuro. La respuesta, desafortunadamente, no es muy halagadora. Salvo algunos esfuerzos aislados en algunos municipios y el trabajo que durante el año 2011 ha venido realizando el IFAM y la CNE de transferir a las municipalidades información sobre mapas de amenazas naturales para incentivarlos a iniciar proyectos concretos de gestión del riesgo preventiva, en realidad el tema sigue sin ser considerado como algo prioritario y que requiere una mayor atención de la que se le da.

Y es que, además del tema de vulnerabilidad de un importante porcentaje de la población a las amenazas naturales, el tema también es económico. A principios de este año, el Mideplán informó de que el costo acumulado de los desastres generados, principalmente, por deslizamientos, inundaciones y sismos, desde el año 1988 casi alcanza los $ 2.000 millones. Esto se adiciona a lo señalado por el ministro del MOPT, quien indicó que los daños en infraestructura hacen que se requieren de casi $ 200 millones por mes para reparación de carreteras y puentes. Lo más preocupante es que ni los eventos del 2010, ni los del 2011 son particularmente excepcionales como sí lo fue el huracán Mitch en 1998, sino que se trata de tormentas tropicales propias y normales de la estación lluviosa.

Los temporales del pasado mes de octubre nos dejaron inundaciones, deslizamientos y varios barrios con casas agrietadas y desalojadas, con sus habitantes muy preocupados por su futuro.

Gestión preventiva. Es claro que seguir haciendo solamente gestión de riesgo, reactiva, es decir, de atención de las emergencias, no es suficiente. No es posible, que se sigan dando usos del suelo y permisos de construcción en sitios de alta y muy alta amenaza, de manera que se siga acrecentando la cantidad de personas que viven en condiciones de alto y muy alto riesgo y que alcanza un 20 % de la población de la GAM.

Por consideración para con las víctimas de los desastres, en particular el de quebrada Lajas y para prevenir que haya más, urge tomar acciones concretas y directas. Además de desentrabar y acelerar el trámite de los más de 50 planes reguladores pendientes de aprobación, urge tomar medidas más concretas y rápidas, como el hecho de que todos los ciudadanos tengan la posibilidad de acceder a la información ambiental generada para los planes reguladores y que ya ha sido aprobada por la Setena, como el caso de la GAM y otras regiones del país.

La Setena, por su parte, debe cambiar su actitud de indicar a las municipalidades que no pueden hacer uso de la información ambiental que ella misma ha revisado y aprobado, y que incluye información sobre zonas de amenazas naturales y otros datos importantes, como áreas de recarga acuífera, hasta que el plan regulador esté aprobado. Por el contrario, se debe favorecer el máximo acceso a la información para que los ciudadanos puedan tomar medidas preventivas correctas con el apoyo de sus gobiernos locales.

Por su parte, las mismas municipalidades y la Setena deben verificar la ubicación de los proyectos de construcción que tramitan ante esa información, a fin de constatar que la misma sea tomada en cuenta como parte del proyecto. Recientes casos llevados ante los tribunales evidencian que pobladores y ciudadanos tienen mayor conciencia del grado de vulnerabilidad de ciertas zonas que las propias autoridades municipales y nacionales. ¡Vaya miopía de esas autoridades!

Los bancos que financian y las aseguradoras, por su parte, deben tener acceso a esa información y, sobre esa base, tomar decisiones. No es posible que información útil, que puede salvar vidas, siga engavetada y sin posibilidad de que sea consultada como la que se generó en el marco del PRUGAM y de otros proyectos en ejecución.

Todos tenemos derecho a vivir en una casa segura. Por eso, debemos exigir que en su planeamiento y construcción se tome en cuenta la información ambiental ya disponible y aprobada. Nuestro país se sitúa, a nivel mundial, en una zona de alta precipitación, y esta realidad no puede ser ignorada mediante decreto ejecutivo, leyes y reglamentos. Su suelos son mucho más vulnerables que en otras latitudes.

Vivimos en un país geológicamente activo y expuesto, como todo país tropical, a eventos meteorológicos incesantes, guste o no a las mentes luminarias que tenemos en algunas instituciones nacionales a cargo del tema de vivienda y urbanización en la GAM y en el país.

Torres de telefonía celular: yerros sobre yerros

Colaboración del grupo: “Llamado urgente por el país”*

El tema de las torres de telefonía celular, al igual que otros muchos en nuestro país, es un buen ejemplo de cómo no se deberían hacer las cosas. Un ejemplo de improvisación y de cómo se intentan resolver las cosas “sobre la marcha”, donde los problemas de fondo quedan subordinados por la inmediatez y la urgencia. Es útil repasar su historia a ver si aprendemos y corregimos, de una vez por todas, esta forma de actuar.

La historia comienza en el 2009 en medio de la recién aprobada apertura telefónica, cuando el ICE le consulta a la SETENA (Secretaría Técnica Nacional Ambiental) cuál debería ser el trámite de evaluación de impacto ambiental (EIA) que deberían cumplir las torres de telefonía celular. La SETENA, en vez de convocar la Comisión Mixta y llamar a diversos sectores de la misma para que le recomendaran el procedimiento técnico a seguir, decidió definir, por si sola, el procedimiento.

De esta manera, en vez de mantener como requisito el formulario D1, le fijó como requisito el instrumento de EIA más sencillo, el denominado D2, que es el mismo que se solicita para proyectos de bajo impacto ambiental, como casas de habitación grandes. En este punto es importante señalar que en dicho procedimiento la SETENA no da una justificación legal y técnica para solicitar este instrumento, pese a que el mismo parece contradecir lo que señala el mismo Reglamento General de EIA. Tampoco realiza alguna consulta sobre el efecto que pueda tener en la salud humana la colocación de estas torres en zonas de alta densidad poblacional o cerca de escuelas o colegios. Una decisión tomada sin ningún sustento técnico que obedece a la premura, sin más.

Como parte del procedimiento, la SETENA les pide a las empresas que justifiquen el sitio seleccionado para colocar la torre, pero no les pone ningún requisito técnico o ambiental al mismo. Se pierde así la oportunidad de resolver la situación, bien y desde el principio, pues los sitios de las torres quedan definidos por las empresas “torreras” a su conveniencia y ¡no bajo un criterio técnico y ambiental!
Además, les establece algunos anexos técnicos que no se solicitan al D2, pero traslada el proceso de información a la comunidad cercana al sitio de la torre, para antes del inicio de la construcción, y no como parte del proceso de la toma de decisión de la viabilidad ambiental, tal y como la Ley Orgánica del Ambiente contempla. ¡Otro requisito legal no cumplido! Eso se hace en violación al derecho de información y participación ciudadana previo al otorgamiento del permiso ambiental, con lo cual se violentan principios de derecho ambiental básicos previstos incluso en varias declaraciones internacionales.

Debido a que el procedimiento que aplica la SETENA es el D2, esta entidad no necesariamente tiene que hacer la inspección del sitio donde se propone la torre, y tramita la viabilidad en un plazo de 10 días, con el agravante que dicha viabilidad no surge como una resolución de la Comisión Plenaria, sino como un oficio firmado por el Secretario General de la SETENA. ¡Nuevo yerro en el proceso!
¡En aproximadamente dos años, la SETENA, con ese particular procedimiento, otorga cerca de 2.000 viabilidades ambientales a sendas torres de telefonía celular!, cuando, en un período anterior (2005-2008) solo se habían otorgado permisos para menos de 500 torres de telefonía celular. Cabe señalar que este Grupo y el Colegio de Biólogos advirtió a los costarricenses sobre esta situación en julio del 2010 (http://www.diarioextra.com/2010/julio/06/opinion11.php).

Mientras tanto, una federación de municipalidades elabora, con apoyo de las empresas y de sectores interesados, un reglamento “machote” para facilitar el trabajo a las municipalidades y otorgar el uso del suelo conforme y el permiso de construcción de torres con un mínimo de 30 metros de altura. Se establece, nuevamente sin que se fije un debido fundamento técnico, el área mínima en que se instala la torre (6x6 m) y un área de amortiguamiento de 3 metros para torres de esa altura. Con este lineamiento y otros que establece ese reglamento, acogido por algunas municipalidades, parece dejarse de lado lo que establece el plan regulador, cuando existe, o bien lo que establece el reglamento de construcciones sobre obras de altura y sobre la calificación de las torres como una actividad industrial; con lo cual se acumula un nuevo yerro en el proceso.

Además de eso, a principios del 2011, el Ministerio de Salud, algo a destiempo, y más bien por la reacciones de oposición que muestran algunas comunidades, promueve un reglamento, adoptado de una norma internacional aceptada por no todos los países, para regular la exposición a campos electromagnéticos de radiaciones no ionizantes, emitidos por sistemas inalámbricos con frecuencias de hasta 300 GHZ, que tiene el inconveniente que norma el tema cuando los sitios de las torres han sido establecidos y ya tienen viabilidad ambiental. Con este proceder, el Ministerio de Salud parece ignorar los retiros que por ley se han adoptado, a modo preventivo, en varios países como Suiza, Chile, Alemania, Canadá, Australia, y que van hasta 400 metros a la redonda.

Más aun, el Ministerio deja ver la posibilidad de que hay dudas en el tema y deja abierto que en caso de que se den nuevos estudios, “el Ministerio de Salud actualizará los límites para campo electromagnético, establecidos en este reglamento, cuando la Organización Mundial de la Salud (OMS) o la UIT (Unión Internacional de Telecomunicaciones) demuestren que estos límites deben variar, para proteger la salud pública”. ¿Será que el Ministerio de Salud procederá a desplazar estas torres de su lugar cuando los estudios de la OMS demuestren con mayor certeza que existen posibles daños a la salud humana?
Por su parte, la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) ha estado generando lineamientos sobre las torres, así como el mismo Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET). Elementos que nuevamente tienen la característica de que se dan a “destiempo”, como reglas de juego algo tardías, cuando ya hay miles de viabilidades ambientales otorgadas, e incluso muchas torres ya construidas. A esto se suma el hecho de que se han planteado serias dudas sobre la potencia real de emisión de las antenas, que incluso no parece que estén cumplimiento el reglamento del Ministerio de Salud y los retiros mínimos. Una duda seria, que requiere ser aclarada.

Finalmente, como para ponerle la “cereza al pastel”, a este mar de regulaciones, normas y lineamientos a “destiempo”, el Poder Ejecutivo crea una “supercomisión” liderada para el Viceministro de Energía del MINAET, para que visite municipio por municipio y les explique que no hay que tener temor y que se debe agilizar el otorgamiento de permisos de construcción y de operación a las torres.

Como puede verse, si desde el principio, cuando la SETENA fijó lineamientos, se hubiera dado una discusión técnica abierta y detallada, y se hubieran fijado las reglas del juego, claras para todos, las cosas no hubieran evolucionado hasta la situación actual. Una situación verdaderamente imperdonable, debido a que ya existe mucha información y experiencia en el mundo sobre este tema. Pese a esto, muchos lotes han sido adquiridos, muchos contratos firmados, muchos gastos realizados, muchas dudas todavía persisten y ahora hay fechas y plazos que rigen, con multas incluidas. En síntesis, un desorden que nadie sabe cómo resolver, salvo señalar que “todo se ha hecho bien”, que “no hay de qué preocuparse”.

Debido a que el problema ha crecido, en vez de resolverse, su solución ya no parece que sea integral, con reglamentos o sin ellos, pues serán las comunidades y los vecinos quienes, en definitiva, en medio de todo ese caos de normas improvisadas y de incumplimientos legales, técnicos y ambientales, los que deberán cuestionar y tomar las acciones legales y técnicas del caso, para resolver, una a una, la situación de las torres que les quieran colocar en su vecindad.

En definitiva, otro claro ejemplo de cómo no se deben hacer las cosas. ¡Parece que para nuestras autoridades, esto se está haciendo costumbre!

* Dr. Allan Astorga, geólogo, UCR; Dr. Rafael Arce Mesen, geógrafo, docente-investigador, UCR; M.Sc. Mario Arias Salguero, hidrogeólogo, CIG, UCR; M.Sc. Yamileth Astorga Espeleta, Bióloga, (PROGAI), UCR; M.Sc. Javier Baltodano Aragón, biólogo, Coeco Ceiba; Dr. Nicolás Boeglin, profesor, Facultad de Derecho, UCR; M.Sc. Rolando Castro, abogado, CEDARENA; M.Sc., Dr. Rafael González Ballar , abogado, Facultad de Derecho, UCR; M.Sc. Raúl Guevara, abogado; Dr. Gustavo Gutiérrez Espeleta , biólogo, Escuela Biología, UCR; Dr. Jorge Lobo Segura, biólogo, Escuela Biología, UCR; Lic. Patricia Madrigal, abogada, CoopeSolidar; M.Sc. Jorge Mora Portuguez , abogado, FANCA/ARCA; Dr. Carlos Quesada Mateo, ingeniero civil, CCT; Dr. Guillermo Quirós, oceanógrafo, UNA; M.Sc. Alvaro Sagot Rodríguez, abogado, UNA; M.Sc. Vivienne Solís Rivera, bióloga, CoopeSolidar; M.Sc. Luis Villalobos , médico salubrista, investigador, UCR; M.Sc. Anais Villalobos Kong, economista, especialista en Riesgos, Banca y Mercado de Capital.