Torres para celulares: más que un tema de salud pública

Con la visita en días recientes de dos expertos brasileños en temas de torres y antenas de celulares, algunos consideran que el tema ya queda cerrado y que, en principio, no hay más que reclamar por que “todo está bien”. Recordemos que tuvimos visita de expertos de las Naciones Unidas de este mismo país para hablarnos en la radio de minería química a cielo abierto durante una vista en la Sala Constitucional. Y que, más recientemente, en un doloroso tema, expertos de la OPS vinieron a diagnosticar lo que se sabía desde hace mucho sobre la CCSS.

Muchos expertos internacionales para resolver problemas nacionales que debemos solventar nosotros y que nos incumbe remediar como país y sociedad. En realidad, para volver al tema de la torres, nada está resuelto y la serie de cuestionamientos que se han planteado se mantienen e incluso se incrementan.

El tema de salud. De acuerdo a lo referido por esos expertos (cuya “conveniente” presencia en el país, no ha quedado clara; ni tampoco quién los trajo y con qué fin), no hay estudios científicos que demuestren que las radiaciones no ionizantes producidas por las antenas para telefonía celular produzcan efectos en la salud de la personas. Como dijo uno de ellos, incluso el sol es más peligroso, algo que cualquiera que ha estado más de 1 hora al sol, lo sabe. No obstante, el problema es otro.

Primero que todo, es importante aclarar que numerosos estudios han detectado efectos biológicos por las emisiones de antenas celulares a muy bajas potencias: incremento de casos de leucemia y otros cánceres, disminución de la melatonina (insomnio y sus consecuencias), incremento del cortisol (estrés y sus consecuencias), dolores de cabeza, depresiones, problemas de conducta, deterioro de sistemas nervioso e inmunitario, pérdida de fertilidad en varones, reducción del epitelio amniótico, ruptura de la barrera sanguínea cerebral, formación de micronúcleos celulares (ADN aberrante), etc.

Y aunque estos estudios puede ser que no sean concluyentes, debido a que no cubren un rango de tiempo amplio para ser determinativos, al menos dejan planteada una duda razonable que, por sí sola, debería ser criterio suficiente para fijar reglas claras y factores de seguridad que protejan a la salud de población, no solo de los seres humanos, sino de otros seres vivientes sensibles como muchos tipos de mascotas que también habitan nuestras casas.

Si países mucho más desarrollados que el nuestro, con mayor capacidad de fiscalización y más capacidad técnica, han optado por determinar hasta 400 metros de retiro alrededor de estas torres en zonas con alta densidad poblacional, nos resulta difícil entender que no se tomen medidas similares y se dejen colocar estas torres frente a escuelas, barrios residenciales, colegios, y demás.

El hecho de que se diga que las emisiones de las antenas radiantes y los mismos celulares son iguales o menores que las radiaciones que producen los hornos microondas, la radio o la televisión, lejos de tranquilizarnos, debería preocuparnos en la medida de que el efecto acumulativo o de suma, se incrementa. Razón por la cual, hasta la misma Organización Mundial de la Salud (OMS) define el término de "estrés electromagnético" y establece medidas para prevenirlo.

En el tema de salud, un número importante de países, como Suiza, Rusia, Australia, entre otros, en razón de esa duda razonable, ha preferido alejarse de los mínimos establecidos por la OMS y han establecido regulaciones mucho más estrictas. Y no es que en esos países, no quieran el servicio de telefonía celular; lo tienen y funciona bien. La única diferencia es que han sido más precavidos para proteger la salud de su población. ¿Por qué en nuestro país no hemos tenido la oportunidad de discutir si eso es lo que queremos o no? ¿Por qué se nos ha impuesto ajustarnos a una norma que no todos aceptan?

Más allá de la salud. En nuestro país, este tema trasciende el ámbito de la salud, sino también, de respeto a la legislacion y en particular a las personas, el tema paisajístico, de urbanismo, y más, generalmente de calidad de vida de nuestra gente. En artículos previos, algunos de hace más de un año, hemos hecho la advertencia de que el procedimiento seguido para otorgar la viabilidad ambiental a la torres y antenas celulares por parte de la Setena fue incorrecto y, por tanto, incompleto respecto al cumplimiento de la legislación vigente y al proceso de participación pública que ésta establece.

Como se ha señalado, al solicitarse un instrumento de evaluación ambiental muy simple, se obviaron requisitos clave, entre ellos la posibilidad de que durante la elaboración de dicho instrumento se hiciera una consulta a los vecinos del sitio seleccionado, de manera que estos se enteraran a tiempo y pudieran tener la oportunidad de plantear sus consultas y observaciones de previo a la aprobación. Al no hacerse esto, se incumplió con la Ley Orgánica del Ambiente y con una recomendación expresa de la misma OMS que indica que el sitio debe ser discutido con los vecinos y la municipalidad.

Nada de esto se hizo, por eso hoy surgen grupos numerosos de vecinos molestos con la colocación de una torre o una antena, pues nunca fueron advertidos como manda la ley. Hemos visto recientemente padres de familia, maestros y alumnos frente a su escuela defendiendo el derecho a no tener una torre "sembrada" en su frente, y lo vamos a seguir viendo si nada se hace. Esta severa omisión debe ser enmendada, una a una, para cada propuesta de torre o antena que hoy quiere desarrollarse.

Como se ha dicho también, al perderse la oportunidad de que la Setena fijara, de forma participativa y consultada, las reglas técnicas y ambientales para la selección del sitio, para la construcción y para la operación por hasta 15 años de forma ininterrumpida de las torres y las antenas, lo que ha sucedido después ha sido una cadena continua de yerros sobre yerros, todos con un común denominador, que es justificar “que todo está bien y que no hay problema”.

El punto es que, entre las soluciones parciales desarrolladas con posterioridad de las 2.500 viabilidades ambientales otorgadas por la Setena desde el 2009 (contra tan solo 300 a 400 entre el 2005 y el 2008), como el reglamento de Femetrom –que obvió el tema de las antenas radiantes, concentrándose solo en las torres que son el elemento inerte–, el reglamento del Ministerio de Salud –con sus muy tolerantes niveles de emisión– o las “buenas prácticas” de Sutel resultan insuficientes, e incluso, en algunos casos contradictorias entre sí, debido a que tratan de justificar un sin sentido, que fue la forma en que la Setena, no estableció reglas, sino que dejó que fuera el desarrollador de la antena y la torre el que “justificara por qué el sitio seleccionado”, lo cual a todas luces obedecía a un asunto de red y de costos (los más bajos posibles) de alquiler de la propiedad.

De esta manera, un tema que en otros países han sabido organizar y programar mejor, para fijar reglas claras para todos desde el principio, en nuestro país, debido a un error de raíz cometido por la Setena, se ha convertido en un enorme árbol de problemas y conflictos, que lejos de resolverse se está complicando cada día más.

Adicionalmente a ello, se está dando el problema del efecto de estas torres sobre el paisaje, la calidad de vida de un vecindario y la belleza natural que lo rodea, con la consiguiente devaluación que nadie está dispuesto a sufrir. Varias residenciales en partes semi- altas o altas ven ahora la vista paisajística (principal atractivo a la hora de comprar un terreno) interrumpida por una torre. ¿Quién se hará cargo de compensar la pérdida del valor del terreno debido a estas torres?

La solución no es decir que todo está bien y que no hay por qué preocuparse y traer a expertos y consultores internacionales cuando las autoridades se muestran incapaces de responder a estos cuestionamientos. Eso no ha sido suficiente, ya que la confianza en las autoridades se ha socavado, precisamente por la forma en que han actuado en esta materia. Han, como ya lo hemos visto en muchos otros ámbitos, privilegiado el interés de fuertes grupos económicos sobre los derechos de las comunidades y han vaciado de contenido la legislación ambiental vigente. Urge establecer soluciones claras, con la participación de todas las partes. Algo que nuestras autoridades ignoran convenientemente.

¿Hasta Cuándo?

Colaboración con Eduardo Brenes.

 

Un plan regulador tiene como objetivo plasmar mediante mapas y reglamentos el ordenamiento y planificación del uso de un territorio, para alcanzar un balance económico, social y de protección del ambiente y de los recursos naturales. El plan regulador surgió con la Ley de Planificación Urbana, en el año 1968. No obstante, la salida de nuevas leyes ambientales (forestal, suelos, biodiversidad y de emergencias) lo ha convertido en un instrumento más integral, complementando lo urbano.

Un plan regulador para una municipalidad implica un esfuerzo extraordinario, que se inicia con la búsqueda de recursos para financiarlo. Eso puede llevar años. Luego viene el proceso de contratación y de elaboración, por parte de una entidad externa a la municipalidad. También puede llevar años. Cuando la propuesta está lista, sigue la revisión y aprobación, con dos componentes, la parte ambiental ante la SETENA, y la parte urbana, ante el INVU. Aunque parece que el proceso llega a su fin, en realidad “el viacrucis” apenas empieza.

SETENA-obstáculos. El Informe Ambiental está normado por el Decreto Ejecutivo No. 32967 – MINAE (procedimiento para introducir la variable ambiental) del 2006. Su objetivo es que se tomen en cuenta y se ordenen una serie de variables (geológicas, geomorfológicas, hidrogeológicas, de amenazas naturales, de aspectos biológicos generales, de suelos y capacidad de uso de la tierra y de uso humano de los terrenos), a fin de que la propuesta de uso considere las limitantes técnicas identificadas.

La finalidad es que la propuesta del plan regulador considere los aspectos ambientales generales;  y que en casos de proyectos específicos, cuando estos realizaran la evaluación de impacto ambiental (EIA), resolvieran los detalles de información ambiental faltantes y relacionados directamente con el terreno a desarrollar. El método y cartografía resultante facilitaría los procesos o tramitología para obtener permisos de construcción.

A pesar de que el objetivo es claro, el proceso en la SETENA se ha venido a complicar y a llenar de obstáculos durante los últimos meses. Cada vez surgen más requisitos, y van desde el solicitar, contrario a lo que establece la Ley 8220, al consultor la certificación de que está al día con la CCSS, hasta la realización de “audiencias públicas” para el informe ambiental.

La SETENA solicita informes más largos y detallados, y por tanto, más costosos, modificando el patrón que  ella misma instauró previamente y con el que ya ha otorgado viabilidades ambientales a municipalidades. Además, la SETENA no aplica el grado de exigencia y rigurosidad que ella solicita a su propio proceder, ya que no cumple los plazos de revisión, pasándolos de meses a años.

INVU-obstáculos. Por su parte, el INVU no está lejos de lo que ha hecho la SETENA. Por un lado, su Junta Directiva emite un Acuerdo para trasladar a las municipalidades el costo de la elaboración y revisión de los planes reguladores, como si esta no fuera una función esencial dada por la ley a esta institución. Esto se presenta como una sorpresa desagradable para los municipios y difícil de sortear, pues generalmente no cuentan con recursos. Pero si eso no fuera obstáculo, ese Acuerdo incluso induce a confusión, cuando señala que lo que se cobra por elaborar un plan regulador “no incluye los IFAs” (el informe ambiental), contradiciendo el mismo Manual de Planes Reguladores del INVU y del Decreto Ejecutivo 32967 – MINAE.

Pero, el asunto no se queda allí, resulta que el INVU dice que ahora, antes de revisar planes reguladores, primero debe revisar y aprobar los planes regionales, como el de la GAM y Guanacaste. Nos preguntamos, ¿y qué pasa con los planes reguladores que se hacen donde no hay plan regional? Sobre todo cuando el tema de las regiones de planificación territorial no está bien establecido, desde el punto de vista legal por el Poder Ejecutivo.

A esto se suma que los períodos de revisión de los planes reguladores en el INVU son muy lentos y llevan años, como el caso del plan regulador de San Ramón, ¡que tardó 9 años! A ese ritmo, es posible que el país disponga de planes reguladores en el siglo XXII.

En ausencia de plan regulador, aplica un reglamento nacional de fraccionamientos y urbanizaciones, promulgado por el INVU en 1982, que desde el punto de vista ambiental está totalmente desactualizado y obsoleto. Ese reglamento permite el uso indiscriminado de tanques sépticos, el terraceo en zonas de pendiente y el parcelamiento agrícola y forestal, que mal aplicado, ha producido un importante daño ambiental en las zonas rurales del país, por un desarrollo inmobiliario indiscriminado y voraz. Es claro quiénes son los que se benefician sin planes reguladores.

Buscando soluciones. Considerando el hecho de que nuestro país es vulnerable a muy diversos tipos de amenazas naturales; que presenta muchas zonas especiales, como áreas de recarga y descarga acuífera, zonas de alta pendiente y de ecosistemas boscosos; que la Ley de Emergencias exige que se haga gestión preventiva del riesgo, urge que las autoridades resuelvan de una vez por todas, mediante una clara directriz, respetando los criterios ambientales, territoriales y urbanos, y los trámites legales respectivos, y se simplifique su revisión y aprobación por la vía más expedita posible. ·Es vital que los planes reguladores entren a regir lo antes posible!
Seguir así solo nos profundiza en el subdesarrollo, y deja en estado de indefensión y riesgo a la mayoría de la población.

La clave para acelerar el desarrollo sostenible

A raíz de las declaraciones, en días pasados, del expresidente Arias sobre el “entrabamiento” del desarrollo del país, se hace necesario plantear el tema desde la perspectiva técnica y ambiental. Ante todo, es importante establecer la premisa de que todos queremos el desarrollo del país, con un objetivo fundamental: disminuir o eliminar la pobreza, distribuyendo mejor la riqueza. El problema es qué entendemos como desarrollo y el cómo nos enrumbamos hacia él.

La visión de desarrollo que tienen algunos políticos no necesariamente es la visión de desarrollo que tiene una gran parte de la población. En nuestro país, por su cultura y tradición, es posible afirmar que la mayoría quiere un desarrollo sostenible que no sea depredador de los recursos naturales y que deje a las generaciones futuras sin recursos, por crear riqueza a corto plazo y beneficiando solo a unos cuantos, causando estragos con los que cargarán las futuras generaciones.

La forma para no actuar de manera depredatoria ante el ambiente es con una correcta y eficiente planificación y de un balance efectivo en el uso de los recursos, dentro de un modelo bien definido y no uno improvisado en función de ambiciones voraces de unos cuantos. Eso implica diálogo, discusión, balance y negociación, no solo en el ámbito político, sino técnico, con participación, transparencia e información. Requiere además una visión estratégica sobre las características propias de nuestra geografía, permitiendo distinguir entre lo que conviene y lo que no le conviene a nuestro país atraer desde el exterior.

En el mundo desarrollado, se han creado, desde hace décadas, diversas herramientas para ello. Una de ellas es la evaluación ambiental estratégica (EAE) que es clave para insertar la dimensión ambiental y social, en las decisiones estratégicas, políticas, planes y programas. Su efectivo uso da mayor sostenibilidad al desarrollo, con la ventaja de que permite agilizar mucha tramitomanía de los proyectos individuales. Esta herramienta está instaurada en nuestro país desde hace 7 años, y sigue sin utilizarse, por miopía recurrente de nuestras autoridades.

Tiempos de cambio. Efectivamente, el tiempo ha pasado, y la sociedad y el mundo han cambiado. Muchos políticos no parecen haberse dado cuenta de esto y pretenden que el país y sus recursos naturales se administren como hace 50 años, sin la participación activa de la sociedad y basado en decisiones inconsultas y unilaterales. Inclusive, en temas tan conflictivos como la minería y los hidrocarburos, basándose en leyes obsoletas que establecen ridículos cánones que dejan al país en una clara condición de riesgo e indefensión. La información fluida, las redes sociales, la educación de la sociedad y la preocupación de muchos sectores conscientes, por la falta de diálogo, racionalidad, consulta y criterio de las decisiones que se toman, lleva a cuestionarlas y con mucha razón.

Hay muchos ejemplos recientes que se pueden enumerar solo para la administración anterior: del 2006 al 2010 las piñeras duplicaron su área sin control ambiental efectivo (y la Setena revisó a la baja las exigencias normativas, dejando de exigirles un EsIA), se dio declaratoria de conveniencia nacional a Crucitas, la carretera a Caldera se hizo “a la carrera”, hubo un desarrollo inmobiliario descontrolado, se dieron muchas viabilidades ambientales cuestionadas, se rechazó la planificación regional de la GAM y se desprotegieron áreas silvestres. En ese tiempo, mientras Panamá avanzó con la ampliación del Canal y la construcción de un metro, en nuestro país no se pudo reparar el puente de la “platina” y en vez de promover un tren eléctrico moderno, planificado para el 2011, reactivamos un pesado ferrocarril del siglo pasado.

El país no avanza con la celeridad que se requiere, porque en la mayoría de los casos, las decisiones que se toman y se defienden, solo producen beneficio a ciertos sectores y no a la colectividad. Algunas además terminan en los tribunales porque carecen de sustento legal. De allí que la desconfianza crezca y la polarización aumente. Esta es la verdadera fuente de la “ingobernabilidad” y no, como se ha insinuado, que se debe al marco jurídico y técnico que ha creado el país.

Diálogo, clave de solución. Algunos consideran que la solución a esta situación es un cambio de la estructura política. Empero, con o sin ella, hay un tema de transfondo fundamental, y es que se ocupan instancias asertivas y efectivas de diálogo que lleve a plantear soluciones estratégicas a corto, mediano y largo plazo. Es urgente definir un derrotero común, y no un norte sectorizado por una visión parcial de la realidad nacional. Alejarse de ese camino del diálogo abierto y transparente, creyendo que la solución es imponer las decisiones de forma unilateral, como si la sociedad no tuviera voz y opinión, es agravar aún más la ya frágil situación imperante.

En nuestro país, disponemos de las herramientas y la disposición de casi todas las partes para dialogar e iniciar una discusión abierta y concreta para definir acciones encaminadas al desarrollo sostenible del país que, lejos de estancarse, requiere que se acelere.

Lo único que se ocupa es que las autoridades políticas abran esos espacios y, con seriedad, permitan que lejos de acumularse resentimientos, se creen soluciones.

Tenemos desde hace años herramientas para avanzar, pero lo que no tenemos es la voluntad de nuestros políticos para actuar.

Moratoria petrolera falaz

El anuncio del pasado lunes 1.° de agosto, por parte del ministro de ambiente, René Castro, sobre la promulgación de un decreto ejecutivo de “moratoria a la explotación petrolera” resulta, a la luz de la coyuntura social del país, altamente decepcionante e incluso riesgoso, en la medida en que socava aún más la ya debilitada credibilidad que tiene una gran parte de sociedad costarricense en las autoridades gubernamentales. El decreto de moratoria hecho público por Casa Presidencial (http://www.casapres.go.cr/web/images/stories/docs/ DECRETOEJECUTIVODE MORATORIAPETROLEO.pdf), presenta ocho considerandos que dejan claro que el país tiene limitaciones para enfrentar el tema, e incluso, pone de manifiesto que el rumbo del país debe estar orientado en el uso de energías renovables y en la meta de la carbono neutralidad.

Pero, también, el mismo primer considerando deja claro que la actividad petrolera en nuestro país se refiere la exploración y explotación de “fuentes y depósitos de petróleo y de cualquiera otras sustancias hidrocarburadas existentes en el territorio nacional”, incluyendo dentro de estas últimas el gas natural.

A pesar de esto, en su parte dispositiva, el artículo 1.° del decreto señala que se “declara la moratoria nacional por un plazo de tres años” (hasta el 1.° de agosto del 2014, ¡cuando haya otra administración de gobierno!), y únicamente a las actividades que tengan el propósito de “desarrollar la explotación de los depósitos de petróleo en el territorio nacional”. Interesante cambio semántico con respecto a la terminología usada en el considerando antes citado, que obedece a una clara intención.

Se deja por fuera del decreto “cualquiera otras sustancias hidrocarburadas existentes en el territorio nacional”, lo cual quiere decir, sin lugar a dudas, que la moratoria no tiene implicación alguna a la actividad de explotación de gas natural.

Pero todavía hay más: la moratoria se refiere únicamente a la explotación, de manera que también excluye la exploración de petróleo y gas o cualquier otra sustancia hidrocarburada.

Falsa ilusión. A pesar de que el decreto de moratoria, en primera instancia, parece que deja en suspenso las intenciones de una empresa petrolera extranjera de realizar labores de exploración petrolera en poco más de 9.000 kilómetros cuadrados de la zona norte del país, en realidad, es todo lo contrario.

La forma en que está redactado el decreto no limita de modo alguno que la empresa solicite la firma del contrato, y en el caso de que se firmara, que pudiera hacer exploración de petróleo y gas en la zona norte.

La empresa presiona para la firma de un contrato de exploración y este decreto de ninguna manera frena esta pretensión. Lo único que la limita, y solo por tres años, es que en caso de que encontrara yacimientos de petróleo (hidrocarburos líquidos), no los podría extraer hasta que se venciera la moratoria; es decir, apenas termine esta administración.

La única utilidad práctica que tiene el referido decreto de moratoria es que devela, de forma clara y contundente, la actitud que tiene el Poder Ejecutivo, y en particular el nuevo ministro de Ambiente, respecto a la actividad petrolera en el país y, más grave aún, la forma en que se intenta convencer a la sociedad costarricense de un asunto que, a todas luces, tiene una intención totalmente diferente.

Las autoridades de gobierno deben tener claro que mientras no se firme el contrato, el país y con él todos los costarricenses no estaríamos adquiriendo un compromiso de grave riesgo, en la medida en que, como el mismo decreto señala en sus considerandos, “la dirección que ha tomado Costa Rica ha sido la de alejarse de la industria extractiva”.

Se está dejando de lado que la información de base hecha pública sobre el potencial de hidrocarburos en la zona norte del país, es absolutamente especulativa y no tiene corroboración oficial, técnica y científica, como lo establece la misma Ley de Hidrocarburos. De manera que promover la eventual firma de un contrato bajo estas condiciones, y tomando en cuenta el grado de agitación social que ha generado el tema, resultaría altamente riesgoso para el país.

Un asunto que a todas luces requiere de ser analizado y discutido ampliamente, y sobre todo con calma, pero dentro de una verdadera moratoria a toda la actividad de exploración y explotación petrolera y de gas en el país.

Un primer paso que se esperaba pudiera ser en la dirección correcta, resulta ser, en realidad, un burdo intento de confundir a la opinión pública.

Planificación urbana: yerros y soluciones

Colaboración con Erick Solano Coto, abogado.

El Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) dice que “una de las principales labores del INVU es velar por la planificación urbana”. La Contraloría General de la República (CGR) señala que este es “el proceso continuo e integral de análisis y formulación de planes y reglamentos sobre desarrollo urbano, tendiente a procurar la seguridad, salud, comodidad y bienestar comunal” (DFOE – SM – 11 – 2003).

La Ley de Planificación Urbana (LPU) No. 4240, emitida en el año 1968, le otorga amplias potestades a la Dirección de Urbanismo en esa materia. Pese a esto, 43 años después, todavía siguen sin cumplirse los objetivos primordiales establecidos, como el Plan Nacional de Desarrollo Urbano y un desarrollo urbano, particularmente en la GAM, ordenado, coherente y articulado.

Por el contrario, la ciudad se ha convertido en casi todo lo inverso a lo que debe ser y, lejos de dar calidad de vida a sus habitantes, lo que hace es incrementar la contaminación, el desperdicio de energía, la inseguridad, la duración de las presas, la condición de riesgo y el estrés. Un tema que no puede pasarse por alto y que requiere ser analizado con sumo cuidado.

Evaluación del INVU en 1999: a 31 años de la LPN, la CGR indicó (Informe 94 – 99) que el INVU no había elaborado el Plan Nacional de Desarrollo Urbano, sino que “…se ha dedicado, con mayor énfasis, a otorgar permisos de construcción y de uso del suelo”. Referente al Plan GAM de 1982, señaló que “…aunque esa Dirección confeccionó un Plan para la Gran Área Metropolitana, a dicho Plan no se le dio continuidad”.

Continúa la CGR manifestando que “…aunque muchas de las familias costarricenses se han visto beneficiadas al tener su propia vivienda, las políticas de los gobiernos han permitido el establecimiento de proyectos de vivienda fuera del anillo de contención del Área Metropolitana”. Se agrega además que esto “…ha traído como consecuencia una disminución en la calidad de vida de la población de la citada Área, así como un efecto negativo sobre el cumplimiento de los objetivos de la planificación y el desarrollo urbanos del país”. Algo que todavía se sigue dando sin que veamos medidas correctivas drásticas tomadas para encausar las cosas.

Evaluación del desarrollo urbano en el año 2003: cuatro años más tarde, nuevamente la CGR (DFOE – SM – 11 – 2003) recalcó que seguía sin disponerse del Plan Nacional de Desarrollo Urbano, al señalar que “…ha imperado un desarrollo urbano y una ocupación territorial desordenada y sin ninguna visión y orientación de futuro, que pone de manifiesto la poca efectividad institucional en el cumplimiento de funciones señaladas por la ley”.

Determinaba que “…el INVU, como responsable de la planificación urbana, no ha cumplido con las funciones y atribuciones conferidas por la Ley de Planificación Urbana. La Dirección de Urbanismo, asignada para tal propósito, no ha elaborado el Plan Nacional de Desarrollo Urbano, de conformidad con lo establecido en el artículo 7º de dicha ley…”.

Llama la atención que 35 años después de haberse promulgado la Ley, menos del 5 % del territorio del país contara con planes reguladores.

En aras de buscar soluciones a corto y mediano plazo en materia urbanística, la CGR concluyó que era necesario “…que se revise y efectúe un análisis del marco jurídico existente en materia de planificación, desarrollo urbano y ordenamiento territorial en el ámbito nacional, regional y local, así como su concordancia con la estructura de la Administración Pública, incluyendo el cuestionamiento de las funciones y responsabilidades que ha venido ejerciendo el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, en razón de su ineficacia demostrada y si las mismas deben permanecer en el INVU, o si más bien debe corresponder a otra institución pública con mayores recursos humanos, financieros y tecnológicos y con mayor poder político para la toma de decisiones”.

Situación al 2011: lo señalado por la CGR en su último informe, 8 años después, prácticamente no ha cambiado. Seguimos sin disponer de un Plan Nacional de Desarrollo Urbano, muy pocos planes reguladores nuevos se han aprobado (el último, el de San Ramón, después de casi 9 años); y además, el PRUGAM, cofinanciado por la Unión Europea, no fue aprobado por el INVU en abril de 2010. Como si no bastase con ello, ha habido tres intentos de “abrir” el anillo de contención durante los últimos años, los cuales fueron truncados por sendas acciones interpuestas ante la Sala Constitucional.

Toda esta “gestión urbana” no solo se resume en palabras y críticas. Si fuera así, el asunto sería fácil. En este sentido, la realidad es devastadora. Se han construido más de 10.200 hectáreas fuera del citado anillo de contención; pese a que dentro del mismo hay igual o mayor cantidad de territorio con capacidad de albergar nuevas construcciones. Para colmo de males, muchas de esas construcciones se han dado en zonas de muy alta amenaza, al extremo de que un 20 % de la población de la GAM vive en condiciones de alto riesgo.

Soluciones urgentes: aunque se trate de ignorar lo sucedido hasta ahora y se quiera, por fin, promover que el INVU trabaje en el Plan Nacional de Desarrollo Urbano, urge tomar otras medidas. En primer lugar, debe entenderse que hacer Planificación Urbana no es hacer ordenamiento territorial. En este sentido urge definir una política clara y una directriz presidencial que de potestades al Consejo Nacional Ambiental para que asuma un papel más activo y ágil en el tema.

Por otro lado, urge hacer las reformas de ley correspondientes, y mientras tanto, limitar el otorgamiento de usos del suelo y permisos en zonas vulnerables, ya identificadas, hasta tanto no sean adoptadas estas modificaciones.

En el tema de los planes reguladores debe establecerse una agenda de urgencia para su trámite, sin que se den mayores dilaciones. Y en caso de que estas se den, se debe tener claro que los gobiernos municipales son los llamados, tanto por mandato constitucional (artículo 169) como por imperio legal, a dictar su propio plan regulador, en particular si cuentan ya con viabilidad ambiental.