Pandemia por Sars-cov 2: observaciones lógicas

Aclaro que no soy médico, sin embargo, soy científico y, por tanto, tengo la experiencia de aplicar el método científico y, por ello he querido presentar algunas observaciones lógicas al tema de la Pandemia por el Sars – Cov 2 que nos ha afectado, prácticamente, durante todo los más de 10 meses que llevamos del año 2020. También, deseo recalcar que toda vida es importante y valiosa y, claro está, todo deceso es lamentable, en particular, para sus familiares.

Pandemia: llama mucho la atención que, aparentemente, en el año 2009, la Organización Mundial de la Salud (OMS) modificó la definición de Pandemia. Le eliminó el concepto de una mortalidad significativamente alta y la dejó centrada en una enfermedad de rápida transmisión en varios países.

Al suprimirse ese concepto, se eliminó el elemento que conducía a definir la Pandemia sobre una base numérica y no solo por el hecho de que tuviera una rápida propagación. Y sobre este dato de los números, vale la pena ver algunos que se presentan en la página de “Worldometer” que lleva al pulso de los principales indicadores del mundo.

Números del mundo: para el momento en que redacto este escrito (23.10.2020: 6:58 pm), la población mundial es de 7,820,577,665 personas, es decir, más de 7,820 millones. Los nacimientos durante este año alcanzan la cifra de 113,909,050 (más de 113 millones).

Las muertes totales suman 47,821,793 (más de 47 millones) durante este año 2020. La cantidad de muertes por infecciones (sin considerar la Covid – 19) alcanza 10,554,715 (más de 10,5 millones). Las muertes de niños menores de cinco años son de 6,180,000 (más de 6 millones). Los abortos superan los 34 millones (34,604,579) solo durante este año. Las muertes durante este año, producidas por infecciones de HIV/SIDA alcanza 1,366,785 (más de 1,3 millones). Otros datos del 2020: muertes causadas por fumado: 4,064,459; muertes causadas por consumo de alcohol: 2,033,513; suicidios: 871,873 y muertes por accidentes de tránsito: 1,097,535.

Coronavirus: para el mismo momento de los datos previos y de la misma fuente, la cantidad de casos por Sars-cov 2 en el mundo, durante este año, es de 42,461,687. El total de decesos es de 1,148,694 y la cantidad de recuperados es de 31,417,538, existiendo un total de 9,896,816 casos activos.

Si se asocian los datos globales del Coronavirus con respecto a los datos de población mundial, se encuentran datos interesantes. En lo que respecta a la población mundial, el porcentaje de personas infectadas es de 0,005 % en aproximadamente 10 meses de propagación del virus en casi todos los países. Por su parte, la cantidad de decesos, respecto a la población mundial es de 0,0001 %, mientras que el total de muertes, respecto al registro de personas infectadas es de 0,027 %, es decir que de cada 350 personas que se contagian del Covid -19, muere una persona, aproximadamente.

Ante este dato, y las consecuencias en la salud mental de la población de muchos países y en la mayoría de las economías de los países, en particular los menos desarrollados, cabe hacerse el cuestionamiento científico si las medidas establecidas han sido correctamente proporcionales, en particular si se comparan con los decesos que se producen por otras causas en todo el mundo.

Un elemento que podría servir para construir una respuesta a esa interrogante es la observación de la curva acumulativa del crecimiento de infectados y decesos por Covid – 19. Los datos de la fuente citada muestran que el crecimiento es lineal desde principios del mes de abril, por lo que su crecimiento no ha sido exponencial, algo que pareciera que debería ser el principal criterio para definir la Pandemia.

Grado de certidumbre: como es conocido, existen algunos elementos adicionales que hacen concluir que el grado de certidumbre de los datos aquí analizados son relativamente bajos. Uno de esos elementos tiene que ver con el hecho de que no se conoce con precisión el total de casos de personas que han sido infectados por el Covid 19. Esto, por cuanto los datos de contagios parten, principalmente, de los resultados de los positivos de las pruebas realizadas. Los estudios efectuados en países como España, dan indicios de que la cantidad total de personas infectadas puede ser hasta 5 veces más que el dato de personas infectadas con pruebas positivas, con lo cual el porcentaje de decesos puede ser mucho menor que el indicado (podría ser hasta un deceso por cada 1,000 o 1,500 contagiados).

Otro elemento de incertidumbre tiene que ver con el hecho de que los decesos atribuidos al Covid-19 no serían corroborados al 100 % por medio de una autopsia u otros mecanismos de verificación. La carencia de este dato, de forma precisa, hace que exista la duda de si el total de decesos corresponde a este Coronavirus o es más bien menor.

Casos por países: el análisis individual de los diferentes países deja ver notables diferencias entre ellos. Si se utiliza como el indicador comparativo de porcentaje de decesos respecto al número de afectados, para 12 países de muestra se tienen los siguientes datos: República Dominicana: 0,018; Guatemala: 0,035; Costa Rica: 0,012; Panamá: 0,021; USA: 0,026; India: 0,015; España: 0,037; Italia: 0,076; Alemania: 0,024; Uruguay: 0,019 y Taiwán: 0,013. Como indicamos para el mundo entero es de 0,029. Es importante recalcar que las tendencias de porcentajes de decesos respecto a la cantidad de infectados muestran con el tiempo, una tendencia a disminuir.

La diferencia entre los diferentes países parece estar relacionada con un triada vinculada a los siguientes factores: a) E/Rp: Educación y Responsabilidad de la Población, b) Cr-SS: Capacidad de respuesta de los sistemas de salud y, c) R/Vp: Resiliencia y vulnerabilidad de la población.

La forma en cada país ha manejado esta triada ha determinado no solo los resultados del número de infectados y de decesos, sino también los efectos económicos que ha tenido en el país y en su población. Así, los países que apostaron por la Educación y la Responsabilidad de la Población, como Uruguay y Taiwán, no tuvieron efectos severos en la economía y han tenido resultados muy positivos respecto los indicadores clave. Por su parte, países que apostaron por un confinamiento severo de la población, como España e Italia no han tenido resultados tan positivos como lo que apostaron por la Educación y la Responsabilidad de Población. Aclaro que es una observación general y que abre una gran gama de temas que discutir. No obstante, no deja de llamar la atención hacer dicha observación después de 10 meses de toda esta situación.

Enseñanzas: después de 10 meses y a fin de estar más preparados para el futuro, da la impresión que se hace necesario definir con mayor precisión el concepto de Pandemia. Por otro lado, es claro que el trabajo con la Educación y la Responsabilidad de la Población resulta un elemento muy importante en el tema de que los efectos económicos y otras consecuencias directas e indirectas no sean tan severas. Otra enseñanza importante es que las medidas más efectivas, como el uso de las mascarillas y el desarrollo de actividades en espacios abiertos o bien ventilados parece ser la clave para controlar el contagio. Medidas que en algunos países se tomaron muchos meses después de que se recomendaron, particularmente por China, donde aparecieron los primeros casos.

La forma en que las autoridades de gobierno de muchos países y la gran mayoría de los medios de comunicación han atendido el tema ha carecido de un orden sistemático. Prácticamente se ha actuado como en una situación de pánico y terror, lo cual es lo menos recomendable. Hemos sido testigos de muchas contradicciones e incluso medidas que no tienen mucha lógica, como, por ejemplo, en Costa Rica donde se ha permitido que se abran los bares y casinos, mientras que los parques públicos siguen cerrados.

Existe mucho que revisar sobre todo lo actuado para evitar que una situación similar se repita en el futuro. Por ahora, la gran enseñanza que, en muchos casos, de forma muy dolorosa, se ha aprendido es que este tipo de situación puede ser maneja usando como eje estratégico la educación y la responsabilidad de la población. Es el principal fundamento para poder convivir y gestionar cualquier tipo de riesgo. Una enseñanza que jamás deberíamos olvidar.

Publicación Original: Noviembre 1, 2020 4:32 am

No a la pesca de arrastre del camarón y alternativas de desarrollo para las zonas costeras

Ante el debate que se ha abierto la reciente aprobación de la ley que reactiva la pesca de arrastre del camarón en Costa Rica y la expectativa que existe sobre si el señor presidente refrendará o no dicha ley, se hace necesario presentar diversos argumentos que ayuden a que se tome la decisión más acertada posible por el bien del país y de su población.

No sustentabilidad ambiental de la pesca a arrastre:
 aunque algunos científicos (biólogos) han levantado su vos para señalar que con nuevas técnicas (como la red doble A) y otras medidas, si es posible reducir el porcentaje de la fauna de acompañamiento (peces, tortugas, delfines y otras muchas especies) que es literalmente masacrada durante el arrastre y que con eso se le da sustentabilidad ambiental a dicha actividad altamente depredadora de los fondos marinos, la verdad es no hay manera de que sea sostenible.

El principal argumento es que se puede lograr reducir el porcentaje de la fauna de acompañamiento de un 60 % a aproximadamente un 30 % o cuando mucho un 40 %. En ciencia esos porcentajes siguen siendo todavía muy altos y realmente significativos. No se puede negar que, definitivamente, la pesca de arrastre genera un impacto ambiental negativo muy significativo.

Pero el asunto no se queda allí. Resulta que durante a la actividad se produce una nube de sedimento del fondo marino (nube nefeloide) que produce un grave daño al plancton y, además, hay un efecto ambiental acumulativo de la pesca de arrastre que afecta amplias áreas del piso marino de nuestra plataforma continental. Piso marino que tardaría de 2 o 3 años en empezar a restaurarse a su condición natural. Desde cualquier punto de vista que lo veamos la pesca de arrastre no es sostenible y por eso, nuestra recomendación al señor presidente es que no refrende la ley y abra el espacio para implementar mejores y más sostenibles soluciones al problema social que significaría dicho veto.

Contexto planetario: en los últimos 40 años la humanidad ha extinguido cerca del 60 % de todas las especies vivientes en el planeta, tanto en tierra como en el mar. Hemos destruido casi dos tercios de las tierras fértiles y de los bosques. Estamos bajo alerta mundial de la ONU desde hace dos años y en cuenta regresiva, no solo en la lucha contra el Cambio Climático, sino para ralentizar el punto de no retorno con el que se iniciaría la extensión misma de la humanidad, cuando por sobrepoblación, nuestro mismo planeta Tierra, y en particular, su Ecosfera terrestre, no nos pueda seguir alimentado como lo ha hecho hasta ahora. Nos encontramos con un futuro bastante incierto que nos obliga a tomar medidas muy serias para corregir los errores cometidos y hacer enormes e ingentes esfuerzos por garantizar la supervivencia de la humanidad.

Ante esto, un país conocido mundialmente como un baluarte en la protección de la naturaleza y el ambiente, que es ejemplo reconocido por la recuperación de sus bosques durante los últimos 40 años y por su riqueza en biodiversidad marina y terrestre que venga ahora a promover una actividad altamente depredadora como la pesca de arrastre, es absolutamente contradictorio. Estamos seguros que esa nefasta decisión tendrá serias repercusiones en el respeto y posición internacional de nuestro país. Algo que hoy más que nunca, no deberíamos poner en riesgo.

Rápidas soluciones alternativas: existen y muchas. Lo único que se ocupa es que tomadores de decisiones, tanto en el Poder Ejecutivo como en la Asamblea Legislativa se enteren de la información técnica disponible que tenemos sobre nuestra potencial y desarrollemos soluciones concretas y rápidas para crear y desarrollar sectores productivos ambientalmente sustentables.

En el tema de la producción del camarón, es perfectamente posible promover una legislación que para que la misma se pueda desarrollar en zonas de antiguas salinas dentro de zonas de manglar que ya han sido impactadas desde hace décadas. Los estudios coordinados por el autor tanto para el Programa de BID Catastro como para el ICT permitieron identificar todas esas áreas y no solo eso, sino también determinar sus condiciones ambientales. Con dicha información técnica sería posible plantear el desarrollo de amplias zonas de cultivo del camarón regulado por una normativa ambiental amparada a normativa ya existente y que permite establecer guías de buenas prácticas ambientales para la ubicación, planificación, construcción y operación de actividades productivas, siendo una de ellas el cultivo del camarón. Solo se ocupa la voluntad política, pues la información técnica ya existe, y también se ocupa que se agilice todo el sistema de trámites, para que estos proyectos se puedan empezar a ejecutar en plazos de meses y no de años, como normalmente ocurre en nuestro país. Al respecto, las autoridades del poder ejecutivo como legislativo pueden contar con todo nuestro apoyo.

Otro elemento de promoción de desarrollo en las zonas costeras tiene que ver con el hecho de que, desde hace 10 años, realizamos los estudios de fragilidad ambiental de una franja de 5 Km del litoral costero desde la frontera con Nicaragua hasta la frontera con Panamá. Además de una franja de 1 Km del litoral marino. Esta información ya se encuentra aprobada por la SETENA. Dada la escala de detalle que tiene, con esa información sería posible promover planes de ordenamiento territorial regionales o cantonales para todos los municipios costeros a fin de promover el desarrollo turístico, comercial, urbano – inmobiliario y hasta industrial para todas esas zonas. Es posible hacerlo en muy poco tiempo (meses) solo se ocupa de la voluntad política de las autoridades. Incluso, la información es tan detallada que me llevó a proponerle hace casi un año a las autoridades (ver www.allan-astorga.com) el desarrollo de un decreto ejecutivo que permita agilizar todos los trámites de permisos ambientales para desarrollos productivos que se localicen en zonas de moderada fragilidad ambiental. Esto al amparo de lo que ha señalado la misma Sala Constitucional.

También, se tiene información de detalle sobre las zonas litorales aptas para el desarrollo de marinas turísticas, y el potencial es muy alto para promover este tipo de actividades en nuestras costas, también con trámites de permisos muy rápidos dado que la información técnica más importante ya se realizó.

Por otro lado, en los acantilados de nuestras costas, particularmente del Pacífico se encuentran grandes maravillas geológicas expuestas como afloramientos rocosos que representan geositios y geotopos de gran interés y potencial geoturístico. Organizar la información para que las comunidades costeras de pescadores usen sus pangas y botes como instrumentos para llevar turistas a conocer esos geositios y geotopos, bajo una correcta normalización de la actividad (seguros), no es complido y solo llevaría pocos meses. Nuevamente solo se ocupa de voluntad política.

Finalmente, es importante mencionar que en nuestros mares tenemos todavía un enorme potencial. Costa Rica tiene una mar patrimonial 10 veces más grande que su territorio continental. Y dentro de esa Zona Marítima Exclusiva que limita con las Galápagos en Ecuador, tenemos un enorme domo térmico que es una Zona de Muy Alta Productividad Biológica Marina. Es una verdadera maravilla de la Ecosfera terrestre, pues allí se produce mucha vida marina. Se trata del segundo sitio en importancia en producción de atún aleta amarilla del planeta.

Esa riqueza marina no la estamos aprovechando, prácticamente la estamos regalando a flotas pesqueras extranjeras que usan sistemas de alta tecnología para llevarse nuestra riqueza. Ante esto, es claro que necesitamos realizar todo un cambio de paradigma, modernizando nuestra legislación encaminada a convertir a Costa Rica en una potencia mundial en la producción de atún de forma ambientalmente sustentable. Es posible y, nuevamente, solo se requiere de visión estratégica y verdadera y valiente voluntad política.

Hora de tomar decisiones estratégicas:
 la situación económica en que se encuentra el país como producto de todo lo sucedido en los últimos años y en particular, en el 2020, nos debe llevar a hacer un cambio radical en la forma en que tomamos decisiones. No podemos seguir teniendo solo una miope mirada con alcance de cuatro años y periodos electorales. Estamos obligados a tener una visión verdaderamente estratégica y pensar en mediano y largo plazo. Solo así podremos salir del atascadero en que nos encontramos hace tiempo. Hemos ofrecido y recalcamos nuestra total disposición de colaborar con las autoridades. Debemos pensar en el futuro y como Costa Rica se puede convertir en un verdadero ejemplo ante el mundo de como se promueve acelerado desarrollo socioeconómico y a la vez, se protege y recupera la Ecosfera terrestre.

Publicación Original: Octubre 30, 2020 4:28 am

Reactivación de la Minería metálica a cielo abierto es una peligrosa “caja de Pandora”

En razón de la actividad minera ilegal en Crucitas y los acontecimientos publicados en la prensa durante las últimas semanas, se hace necesario hacer una advertencia muy respetuosa a los señores diputados de nuestra Asamblea Legislativa y a la sociedad en general. Esto, por cuanto además de una propuesta de ley para legalizar la explotación minera de oro en Crucitas, hay al menos dos proyectos de ley para reactivar la minería metálica a cielo abierto en todo el territorio nacional.

En medio de la situación económica que se ha agravado como consecuencia de la Pandemia por la Covid-19, algunas organizaciones y personas han venido señalando que la explotación minera metálica, principalmente del oro, sería la alternativa para “sacar el país adelante”. Algo que, aunque parece escucharse tentador cuando se habla de toneladas de oro, puede convertirse en un verdadero desastre ambiental para el país, pues se corre el riesgo de abrir una enorme “caja de Pandora”.

Crucitas: como hemos indicado en anteriores ocasiones, la discusión sobre la posibilidad de legalizar la explotación minera de oro en ese lugar fronterizo de nuestro país, en medio de un Arbitraje Internacional sobre el tema, y que puede costar al país cerca de US$ 400 millones, no es para nada recomendable a la luz de los árbitros que tienen que tomar esa decisión.

Se debe recordar que fue el Poder Judicial, tanto por el Tribunal Contencioso Administrativo, como por la Sala Primera el que anuló todos los permisos y autorizaciones que tenía la empresa Industrias Infinito para explotar el oro en Crucitas. El primero señaló que se había dado toda “una orquestación de voluntades” en los trámites de esos permisos. Permisos que derivaron en un grave daño ambiental con la deforestación de cerca de 90 hectáreas de bosque en octubre del 2009 en la zona de Crucitas.

Como consecuencia de todo eso, el país, por medio de su Asamblea Legislativa en noviembre del 2010 modificó el Código de Minería y prohibió la minería metálica a cielo abierto en todo el país. Legislación que todavía está vigente y que, visionariamente, ha salvado al país de un verdadero desastre ambiental.

Como hemos señalado en diversos foros, el tema de la explotación minera ilegal en Crucitas es complejo desde muchos puntos de vista y requiere una solución de ámbito legal y ambiental, pero no minero. Sobre todo, es un tema de seguridad que requiere ser resuelto en el menor plazo posible y cuyo origen requiere ser investigado con toda profundidad.

La minería ilegal en Crucitas no es caótica y desordenada como la minería ilegal que ocurre en la Amazonía de varios países de América del Sur, sino que es ordenada y da la apariencia de ser planificada, pues lo sitios de explotación minera son precisos para alcanzar los lugares donde más oro se presenta. Algo que no parece ser obra de la casualidad. Como tampoco lo pareciera el hecho de que dicha explotación ilegal se inicie en el año 2017, mientras se hablaba del juicio por el tema de Crucitas y se había iniciado el Arbitraje Internacional por la demanda de Infinito Gold a Costa Rica.

Reactivación de la minería metálica a cielo abierto: el tema de Crucitas ha llevado que un problema puntual que representa 50 hectáreas de daños ambientales producidos por la minería ilegal se pase a hablar de un tema mucho más grande y grave, como lo es, la reactivación de la minería a cielo abierto en todo el territorio nacional.

Quienes promueven esta “reactivación” lo plantean como una medida para solucionar los problemas económicos del país, algo que tiene poco sustento en razón de que el mayor beneficio económico de una explotación la obtendrían las empresas mineras y no el país, con el agravante de que los daños ambientales producidos por la actividad perdurarían, por mucho tiempo, una vez que el oro se termine y la empresa minera cierre sus operaciones.

Pero el verdadero y muy serio peligro lo representa el hecho de que, al reactivarse esa actividad, también se daría el proceso de prospección y exploración minera. Esta labor geológica que requiere estudios detallados e inversión económica, permite identificar los sitios donde existen yacimientos minerales con potencial de ser explotados. Si esta información técnica “se filtra”, como parece haber sucedido en el caso de Crucitas, podría iniciar una actividad minera ilegal explosiva y prácticamente “infrenable”.

La minería metálica ilegal en la Amazonía, desde hace ya varios años, se ha convertido en un total y completo cáncer destructor de los bosques, la biodiversidad, de los recursos hídricos y el paisaje en varios países de América del Sur. En el caso de Colombia, un informe de la Contraloría General de la República de ese país, de febrero del 2020, señala que el 80 % de la minería metálica es ilegal.

Es claro que esa minería se inicia porque la información de la existencia de los yacimientos pasa a manos inapropiadas y una vez que se ha iniciado la actividad ilegal se inicia un encadenamiento enorme de actuaciones ilegales que incluyen la deforestación, la explotación de personas y el narcotráfico, entre otras consecuencias altamente negativas. Incluso países con ejércitos como Perú, reconocen que están perdiendo la batalla contra la minería ilegal. Así de grave es la situación.

Por eso es que afirmamos que plantear la reactivación de la minería metálica en Costa Rica podría significar abrir una enorme y peligrosa caja de Pandora que si podría representar un enorme y verdadero desastre ambiental que afectaría parques nacionales y reservas indígenas. Si Crucitas se ha convertido en un dolor de cabeza, nos preguntamos, qué significaría entonces tener decenas de explotaciones mineras ilegales en todo el país.

No dudamos que hay diputados de la República que tienen buena fe al considerar esa reactivación de la minería metálica como una supuesta solución a los problemas económicos del país, más, sin embargo, es una decisión sumamente delicada, pues lejos de resolver un problema se puede convertir en todo lo contrario y llevarnos a una situación que nadie desea para Costa Rica.

Por todo ello, se debe meditar mucho la decisión e informarse con detalle de lo que está pasando en América del Sur con la minería metálica ilegal en la Amazonía. Los recursos naturales más importantes de nuestro país, no son los minerales metálicos, ni los hidrocarburos, son sus bosques, la bio y geodiversidad, sus fértiles suelos, sus aguas, sus mares y sobretodo, su gente.

El modelo de desarrollo de nuestro país debe partir del uso sostenible y planificado de estos recursos y no de unos recursos efímeros como los que provienen de la explotación minera o petrolera, que en general, no contribuyen a mejorar la calidad de vida de la población de los países tropicales donde se dan.

Publicación Original Agosto 31, 2020 4:32 am

Ley de Aguas: aguas subterráneas y su gestión sostenible

A propósito del dictamen afirmativo que otorgó la Comisión Permanente Especial de Ambiente de la Asamblea Legislativa a la Ley para la gestión integrada del recurso hídrico (expediente no. 20212) y, con la disposición de ser proactivo en la modernización de este recurso estratégico para el país, en lo que sigue planteo algunas observaciones relevantes a fin de que sean consideradas en la ley que finalmente pueda ser aprobada por el Plenario.

Aclaro que hago estas observaciones después de analizar el proyecto de ley dictaminado y desde una perspectiva absolutamente técnica, sin el deseo de beneficiar o afectar a ningún sector específico de nuestra sociedad. Señalo esto, pues es claro que en el tema de recursos hídricos existe una serie de sectores que tienen intereses y visiones muy diferentes, lo cual hace que la obtención de un criterio de equilibrio no sea sencillo alcanzar. Sin embargo, a opinión del autor, el tema técnico debería ser el que permita acercarse a ese punto de equilibrio.

Las observaciones y sugerencias de mejora del proyecto de ley son las siguientes:

1.- No se contempla un tema estratégico para el país que es el hecho de que son las aguas subterráneas el recurso más importante que debe ser normado. Como hemos señalado, desde el 2003 (ver: www.allan-astorga.com), nuestro país tiene un enorme potencial de aguas subterráneas, tanto en acuíferos someros como profundos. Por ello, la propuesta requiere ser mejorada en esta perspectiva, dado que la gestión de las aguas subterráneas es bastante diferente a la de las aguas superficiales.

2.- Las aguas subterráneas requieren se modeladas geológicamente, con modelos estratigráficos, estructurales y litológicos apropiadamente realizados por profesionales en geología, tal y como establece la Ley del Colegio de Geológicos desde el año 1973. La no consideración de esta realidad técnica ha llevado a que se genere una gran confusión, pues se han gestionado las aguas subterráneas igual que las aguas superficiales, algo que la nueva ley debe resolver de forma eficaz.

3.- La propuesta de ley, al tomar el tema de las aguas subterráneas, con la misma visión de las aguas superficiales, pierde la oportunidad de realizar un efectivo ordenamiento de la gestión de ese recurso subterráneo. Por ejemplo, en la definición de acuífero, no realiza la diferenciación básica de que existen diferentes tipos de acuíferos, empezando por separar los confinados y los acuíferos abiertos o freáticos. La no realización de esta diferenciación ha provocado y seguirá provocando muchos conflictos en el manejo de las aguas subterráneas, lo cual afecta a todos, tanto a los grupos productivos como a los grupos ambientales y comunidades por la confusión que se ha generado.

4.- Se corre el riesgo, también, de perder la oportunidad de caracterizar los manantiales (o nacientes) según sus características hidrogeológicas. En el proyecto de ley, no se separan los brotes de aguas subsuperficial que son muy abundantes en nuestro país, de los verdaderos manantiales que fluyen desde un acuífero. Además, los manantiales requieren ser categorizados, para gestionar su protección de forma proporcional a su caudal. No es lo mismo una salida de agua de 0,1 litro por segundo que uno de 100 litros por segundo.

5.- En el tema de las áreas de protección de los manantiales de los acuíferos, se corre el riesgo de no poder ordenar científicamente el tema, según criterios geológicos e hidrogeológicos. Solamente se transcribe, tal cual, el artículo 33 de la Ley Forestal, como si no hubiese habido avance científico en el tema durante las últimas décadas. Es urgente y necesario, que se establezca en la ley que con el debido estudio hidrogeológico que considere el sentido del movimiento de las aguas subterráneas en el subsuelo, para un acuífero freático, el área que establece el radio de protección puede ser sustituida por un área de captura inmediata o tubo de flujo que establezca el área de protección con el debido criterio científico y de esa forma no se afecte una superficie del terreno (que puede ser hasta un 70 %) como área de protección del manantial que en realidad no se ocupa establecer como tal.

6.- Deseo notar que lo señalado en el punto anterior es fundamental para un país tan rico en aguas subterráneas como nuestro país, ya que existen decenas de miles de manantiales, muchos de ellos todavía no identificados y de allí que, si no se aplica esta medida científica, los conflictos entre el uso del suelo y la protección de los manantiales, lejos de resolverse con la nueva ley, se incrementarán aún más. Aclaro que, en el tema de manantiales que brotan de acuíferos confinados, las reglas de protección son completamente diferentes, pues no se requiere establecer un área de protección como se hace para los manantiales de acuíferos freáticos.

7.- Otra omisión que identificamos en la propuesta de nueva ley de aguas se refiere al tema de la protección de áreas de recarga y de vulnerabilidad a la contaminación de los acuíferos. Como señalamos desde el 2003, cerca del tres cuartas partes del país son áreas de recarga acuífera y casi el 100 % de las actividades productivas (urbanas, agrícolas, industriales, etc.) se dan sobre esas áreas de recarga que también son zonas con diferente tipo de vulnerabilidad a la contaminación de las aguas subterráneas. En este aspecto, la nueva ley requiere ser moderna y novedosa. Es imprescindible que se tome en cuenta la aplicación de medidas tecnológicas apropiadas para prevenir la contaminación de los acuíferos. Existen muchas medidas tecnológicas que pueden ser establecidas en el reglamento de la ley, pero es indispensable que la ley las mencione. Si esto no se hace, en la práctica, no se estaría dando ningún avance, respecto a la legislación actual. A este respecto la ley debe establecer lineamientos y plazos de transición para que todas las actividades humanas potencialmente contaminantes para que puedan ir readecuando sus tecnologías para proteger las aguas subterráneas, incluyendo las actividades agrícolas y agropecuarias.

8.- En el tema de la administración del recurso, como hemos señalado, centrar toda la gestión, tanta técnica científica como la administrativa en una sola entidad, no deja de ser un riesgo de que, finalmente, la gestión del recurso se politice. Sería ideal que la parte técnica científica estuviera separada dentro de las tareas de un Servicio Geológico de Costa Rica, algo que podría ser previsto en la ley para que el poder del manejo del recurso no se centrara en una sola entidad.

9.- Además, de lo señalado en el párrafo anterior, y considerando la riqueza en recursos hídricos subterráneos y superficiales que tiene el país, se hace necesario dar más participación a los gobiernos locales y sus comunidades. Esto, siempre que se haga con criterios técnicos bien normados por el reglamento de la ley. La participación de los gobiernos locales y sus comunidades, se considera muy importante, dado que la gestión de los recursos hídricos, particularmente, los subterráneos, tanto en áreas de protección de manantiales y cuerpos de agua, como en áreas de recarga y descarga acuífera, afecta directamente el uso del suelo y, en general, la planificación territorial. En este aspecto es vital que las municipalidades cuenten con unidades técnicas para la gestión de los recursos hídricos subterráneos y superficiales de en sus territorios. La descentralización, con reglas bien definidas por un reglamento técnico marco, es clave para que la gestión integrada del recurso funcione.

10.- Finalmente, para no alargar el tema, la reducción de forma absoluta de las áreas operacionales de los pozos a 10 metros de radio, no parece ser una solución apropiada y que aplique a todos los pozos. Pueden existir pozos que extraigan agua de acuíferos profundos y confinados, por lo que el radio de operación podría ser más reducido, mientras que, para acuíferos freáticos, es el caudal de extracción y las características geológicas de las rocas las que permiten establecer ese radio operacional. Se considera que nuevamente, debe dejarse a que sean los estudios técnicos los que establezcan el radio operacional final y no un valor absoluto, definido arbitrariamente y que podría interpretarse como una regresión en la medida de que en la actualidad dicho radio es de 40 metros.

Como se puede ver, la introducción de estas observaciones en el nuevo proyecto de ley no resulta difícil y con ello se podría acercar a una ley mas equilibrada y moderna; así como más balanceada para todos los sectores.

Es criterio del autor que, si se hace necesario modernizar la ley de aguas, pero con un criterio más científico técnico y de allí que haga mi contribución por este medio. Es necesario que nuestro país avance, sobre todo en la actual coyuntura que estamos pasando. Esperemos que nuestra Asamblea Legislativa logre desarrollar una Ley de Aguas avanzada, del siglo XXI, que realmente use la ciencia para proteger y gestionar de forma eficiente uno de los recursos naturales más importantes que tiene nuestro país, principalmente el agua subterránea.

Publicación original Agosto 10, 2020 4:45 am