Protección del ambiente y actividad petrolera

Colaboración con Claudio Monge, diputado.

Ante la reciente publicación del director ejecutivo del Colegio de Geólogos de Costa Rica (La Nación, 19/06/2011: “Podemos explorar y preservar el ambiente”), se hace necesario establecer algunos puntos fundamentales que refieren a la relación entre explotación de hidrocarburos y protección del medioambiente.

Ante todo, la actividad petrolera sí produce efectos ambientales negativos en el ambiente. Aunque la labor prospectiva inicial es de bajo impacto, cuando la exploración requiere del desarrollo de perforaciones exploratorias o de extracción del yacimiento, al igual que la minería metálica, se requiere realizar obras, como la eliminación de bosque, cambios en el uso del suelo, apertura de caminos, que provocan efectos negativos en el ambiente.

Aunado a ello, en el caso de que se encuentre un yacimiento y se explote, se inicia otra cadena de impactos vinculados al almacenaje y transporte, vinculado a derrames que afectan el aire, el suelo, las aguas superficiales y, en particular, los acuíferos. Estos últimos, altamente vulnerables a una contaminación, se encontrarían más expuestos en las zonas en que se extraiga eventualmente hidrocarburos. Sin contar que, si la exploración o explotación se da en el mar, los efectos en el agua y la vida marina pueden ser devastadores, como ocurrió el año 2010 en el golfo de México, por el accidente del pozo de la British Petroleum.

Daños ambientales. Hay otros ejemplos de los daños ambientales producidos por la actividad petrolera en países tropicales tales como Ecuador y Nigeria, y el caso de la Exxon en el primer país delata el tipo de maniobras para ocultar un daño ambiental por parte de estas compañías. Pero no hay que ir muy lejos para darse cuenta de que esta actividad produce daños ambientales muy significativos en países con alta fragilidad ambiental. Recientemente, la Sala Constitucional reprendió a Recope, por omitir informar por el derrame de 441.000 litros de combustible bajo un tanque de almacenamiento de hidrocarburos (La Nación, 25/05/2011), lo que provocó la contaminación del Acuífero Moín.

Este daño ambiental pasó totalmente inadvertido para la Setena y para todas nuestras entidades fiscalizadoras en temas ambientales, lo cual evidencia la falta de capacidad del Estado costarricense de fiscalizar debidamente este tipo de actividad en suelo nacional. Mejor ni nos arriesguemos a pensar lo que pudiera ocurrir en zonas inhóspitas en la zona norte o en el mar. En el caso de la Setena, según la Ley Orgánica del Ambiente, esta entidad es corresponsable por el daño por no ejercer el control apropiado.

Además, el costo de la remediación de la contaminación producida por los hidrocarburos es muy alto. Recientemente se informó que limpiar 14.000 litros de combustible del Pozo AB – 1089, en Barrial de Heredia, tardó 6 años y tuvo un costo superior a los 2 millones de dólares (La Nación, 04/06/2011).

Protocolos sin control. Se dice que hay protocolos y regulaciones ambientales que cumplir, tanto nacionales, como internacionales. No obstante, ese no parece ser el problema. El problema real es la falta de capacidad de las instituciones de fiscalización y control ambiental, como la Setena o el mismo Minaet, para realizar verdaderas acciones preventivas que eviten que se produzcan costosos daños al ambiente.

La Ley de Hidrocarburos, como la Ley de Minería, son leyes que prácticamente “regalan” el recurso petrolero que eventualmente se pudiera hallar en el territorio nacional. Basta leer su artículo 48 para darse cuenta de que la empresa obtiene, como mínimo, el 85% de los beneficios de la extracción y al país, en el mejor de los casos, le queda solo un 15%, a pesar de que es el que corre los mayores riesgos por los efectos ambientales de la actividad. Es claro que el balance costo beneficio socioambiental no fue tomado en cuenta cuando se promulgó dicha ley. Son muchos los ejemplos de países en vías de desarrollo que explotan hidrocarburos, que no se han beneficiado de él; por el contrario, a la larga, la población pobre se incrementa.

Información especulativa. La noticia sobre la posible firma del contrato dada a conocer por este diario el 6 de junio pasado, tomó por sorpresa a la gran mayoría de la población. Como parte de ella se informa, sin que se haya hecho exploración, que “se podría extraer de la zona norte suficiente hidrocarburo para cubrir la demanda anual del país”. E incluso, se dan cifras aventuradas, de que la “extracción oscilaría entre 5 millones y los 25 millones de barriles por año”.

Es importante señalar que dicha información se hace pública, sin que se haya otorgado ningún tipo de exploración en los últimos 20 años y sin que exista un validación científica y técnica de ella. Con ello, dicha información solo se puede calificar de especulativa, e incluso inapropiada, dado que se utiliza como plataforma para solicitar que se firme el contrato.

El desarrollo energético del país, no se debe sustentar en los hidrocarburos, debido a que es un recurso natural que se agota y que produce efectos ambientales negativos; incluso el gas natural, que aunque menos dañino que el quemado de los derivados del petróleo, también produce algún tipo de contaminación.

Por el contrario, la seguridad energética del país debe sustentarse en una efectiva estrategia que inicie por el ahorro y el cambio de tecnologías en todos los sectores, en particular el transporte, así como en un abanico de alternativas de energía renovable que incluyan la energía eólica, la geotérmica, los biocombustibles que no compitan con la producción agroalimentaria y la hidroeléctrica bien planificada y programada, para que no impacte las cuencas hidrográficas y los sistemas costeros, entre otras fuentes.

La exploración del subsuelo nacional debe ser realizada solo por nuestras instituciones nacionales (Recope, ICE y universidades estatales) a fin de determinar, con criterio científico y técnico, su naturaleza, estructura y potencial como parte de un proceso bien planeado que permita tomar decisiones estratégicas para el mediano plazo.

En ese sentido, cabe recordar que Costa Rica tiene un serio atraso en su desarrollo geológico, denotando así la grave laguna que algunas entidades a la fecha no han querido superar. El conocimiento de nuestro subsuelo es, por supuesto, altamente necesario, pero realmente no necesitamos de compañías extranjeras para hacerlo.

Actividad petrolera en Costa Rica: Riesgos y desaciertos

A raíz de las últimas noticias dadas a conocer sobre la exploración petrolera en Costa Rica y el artículo publicado en este diario por el señor César Monge el pasado 9 de junio, se hace importante argumentar algunos puntos.

Al igual que la minería, la actividad petrolera es de muy alto impacto ambiental y por tanto de muy alto riesgo. La misma exploración petrolera entra en esta categoría, debido a que durante la misma se pueden realizar perforaciones que podrían desembocar en el hallazgo de un yacimiento, que podría generar un derrame de petróleo en la superficie.

Los costos de los daños ambientales generados por la contaminación por hidrocarburos son muy altos. Costa Rica no está exenta de ellos, como lo demuestran las recientes noticias sobre el derrame, desde el 2008, de 441.000 de combustible bajo un tanque en la Refinería en Limón, o el costo (por más por ¢1.120 millones) de sanear el Pozo AB-1089 en Barreal de Heredia, contaminado con hidrocarburos, que tardó varios años. En este tema la prevención es clave dado que el costo de la reparación de los daños puede alcanzar cifras muy altas, astronómicas; en particular para territorios tan frágiles ambientalmente como nuestro país. El hecho que las autoridades nacionales ignoraran, gracias al silencio de RECOPE, que desde el 2008 este derrame se da, muestra la falta de capacidad del Estado para fiscalizar debidamente este tipo de actividades
Argumentar, como lo hace el señor Monge, que por un asunto de ganancias y empleo debemos aceptar cualquier negocio de la industria petrolera, incluyendo la exploración petrolera en la zona norte del país, es anteponer los intereses meramente económicos y cortoplacistas a un asunto de interés nacional y visión de país, que es la protección de nuestro ambiente y los recursos naturales.

Costa Rica no puede evitar que Panamá y Nicaragua tomen decisiones sobre el tema petrolero, incluso si estas son de alto o muy alto riesgo; pero si puede exigir que, en virtud de los impactos transfronterizos que pudieran darse, se extremen medidas de seguridad ambiental, a fin de evitar que se den daños en nuestro territorio.

Una trampa. Lo discutido hasta ahora sobre el tema de la actividad petrolera en Costa Rica, así como sobre la minería metálica, a propósito de Crucitas y ahora Bellavista, debería llevar a nuestra sociedad a discutir sobre su modelo de desarrollo. Para algunos, pareciera que el único modelo que es válido es el de corto plazo, de ganancias rápidas y que el país crezca al ritmo que el mercado le imponga, sin importar qué actividades se realizan. Ello, haciendo a un lado lo que se van a llevar en ganancias las compañías extranjeras y lo que estas le pagaran al Estado: sea minería, sea extracción petrolera o de gas, nuestros país sigue usando cánones ridículos que entregan nuestros recursos a cambio de poco, muy poco y sin mecanismos efectivos para compensar en caso de accidente o derrame a Costa Rica.  
Las consecuencias de ese tipo de estrategia, cuando no importa el “cómo se hacen las cosas”, sino que se hagan, es decir, con mucha improvisación y falta de planificación, son muy costosas y son lo que realmente nos impide salir del subdesarrollo económico y mental que nos cobija cada vez más. Ejemplos hay muchos, uno de los más recientes es la carretera a Caldera, pero si miramos al pasado hay muchos más (expansión piñera, apertura telefónica, desarrollo inmobiliario, etc.), sin contar los que ya se avecinan, como el Proyecto Hidroeléctrico Diquis.

Decir sí con esa misma visión a una empresa petrolera, que explore el norte del país, es un error, en particular porque se hace en virtud de una información especulativa sobre un potencial petrolero no demostrado. También es un error decir que la actividad se concentre solo en el tema del gas natural y no en el petróleo, pues aparte de que no tiene sustento científico, es caer en la trampa de la información no sustentada y especulativa que se está argumentando.

Norte claro. La gran mayoría de la sociedad costarricense tiene claro el modelo de desarrollo económico que se quiere para nuestro país, que no incluye actividades de alto impacto como la petrolera o la minera metálica y que, por lo contrario, busca preservar el prodigio de la Naturaleza en nuestro país que le ha generado ingresos mayores a cualquier tipo de industria. Aunado a ello, nuestro modelo de desarrollo se basa de igual manera en aprovechar al máximo nuestras mayores fortalezas, como son la educación y creatividad de su población, que es clave para participar en una economía de alta tecnología y en la que nuestro país tiene un enorme potencial, que requiere ser mejor aprovechado. También sus riquezas naturales, como sus aguas y acuíferos, sus bosques y biodiversidad, su paisaje y geodiversidad, que son valores estratégicos claves que también deben ser aprovechados para mostrar y enseñar al mundo, por medio del turismo y el ejemplo, lo que significa el desarrollo sustentable y en armonía con la naturaleza.

A diferencia de lo que muchos políticos creen nuestro país tiene su norte bien definido. Lo malo es que algunos creen que ese norte es el que ellos se imaginan, y no el que el colectivo de la sociedad ha venido construyendo.

Desafíos en ordenamiento del territorio

El ordenamiento del territorio, es un proceso político, económico, social, ambiental y cultural encaminado a determinar los usos de los espacios geográficos de un territorio, a fin de dar sostenibilidad al desarrollo y al manejo sustentable de los recursos naturales. Es uno de los indicadores que mejor identifica el grado de desarrollo que tiene un país, ya que una nación que no cuente con una efectiva y eficiente planificación del territorio no puede pretender llegar a ser un país desarrollado. En esta materia, Costa Rica enfrenta grandes desafíos a corto, mediano y largo plazo.
Resulta sorprendente que después de 43 años de vigencia de la Ley de Planificación Urbana, tan solo un 5% del territorio haya sido objeto de planificación urbana. A esto se suma que la planificación urbana de la Gran Área Metropolitana, aprobada en el año 1982 y designada como Plan GAM 1982, fue severamente irrespetado a lo largo de la década de los años ochenta y noventa. En particular, esto ocurrió por el impulso a la construcción de vivienda social, dado por la primera administración Arias.
El resultado fue que para el año 2004 se habían construido fuera del anillo de contención más de 10.200 hectáreas, pese a que dentro del anillo queda un área similar con potencial de ser urbanizada. Este hecho ha convertido a la Gran Área Metropolitana (GAM) en una ciudad desarticulada, disfuncional y altamente estresante, todo lo contrario de lo que debería ser.
Para resolver la ausencia de planes reguladores, en el año 1982, el INVU, promulgó un Reglamento Nacional de Fraccionamiento y Urbanizaciones. Este reglamento, que pudo ser útil en ese momento, con los años se ha convertido en una fuente de muchos problemas, dado que al amparo del mismo se han dado muchos abusos en el tema del desarrollo inmobiliario. Los “parcelamientos agrícolas” que plantea ese reglamento han representando una ventana legal para el desarrollo de condominios, incluso en zonas de montaña y bosque, afectando territorios de las zonas costeras de Guanacaste y la Fila Costeña en Osa y en el Caribe. Ese reglamento tiene fuertes inconsistencias desde el punto de vista ambiental y es posible que sea el principal responsable de la contaminación de las aguas subterráneas por el uso indiscriminado de tanques sépticos que promueve.
Desde el año 1995, con la promulgación de la Ley Orgánica del Ambiente, se definen nuevos lineamientos en materia de ordenamiento del territorio. Así, durante los últimos 16 años han surgido nuevas leyes en materia forestal, de suelos, de biodiversidad, de emergencias y de residuos sólidos que le han dado una nueva dimensión al ordenamiento del territorio. A esto se suma el hecho de que la Sala Constitucional, en al año 2002, señaló que todos los planes reguladores deberían ser objeto de una evaluación ambiental, lo que motivó a que el poder ejecutivo en el 2006 publicara una metodología para introducción de la variable ambiental en el ordenamiento territorial, la cual hoy ha sido y está siendo aplicada por cerca de 50 cantones en el país.
Durante 6 años, y con el apoyo financiero de la Unión Europea, el Ministerio de Vivienda impulsó el Prugam (Planificación Regional y Urbana en la GAM), como una forma de actualizar y modernizar el Plan GAM de 1982, y su modificación de 1997. No obstante, y a pesar de obtener aprobación ambiental en el año 2009, el Plan GAM fue rechazado por el INVU en abril de 2010. Su futuro todavía es incierto, dado que el mismo INVU es el que se encuentra haciendo su “corrección”.
A esta situación se suma que hay una larga fila de espera para la revisión y aprobación de planes reguladores por parte del INVU, lo que hace pensar que se va a requerir mucho tiempo para que entre en vigencia esa planificación.
Mientras tanto, las municipalidades deben seguir dando usos del suelo y permisos de construcción, en muchas ocasiones, en áreas no aptas, incrementando así la condición de riesgo en la que vive al menos el 20% de la población de la GAM. Esta situación representa una “bomba de tiempo” debido a condiciones de cambio climático y la ocurrencia cada vez más frecuente de desastres.
Es claro que en este tema hay muchas instituciones que siguen actuando como hace 40 años y no han determinado la importancia de impulsar de forma acelerada el ordenamiento territorial. Mientras esto siga así, el país seguirá estancado y haciendo que su huella ecológica se incremente.
Urge tomar medidas correctivas, dentro de las que la promulgación de una decreto de emergencia que agilice y priorice la entrada en vigencia de numerosos planes reguladores, en particular aquellos que ya disponen de viabilidad ambiental. Solo así se podría enmendar parte de los grandes yerros cometidos hasta ahora.

Desafíos en ordenamiento del territorio

El ordenamiento del territorio, es un proceso político, económico, social, ambiental y cultural encaminado a determinar los usos de los espacios geográficos de un territorio, a fin de dar sostenibilidad al desarrollo y al manejo sustentable de los recursos naturales. Es uno de los indicadores que mejor identifica el grado de desarrollo que tiene un país, ya que una nación que no cuente con una efectiva y eficiente planificación del territorio no puede pretender llegar a ser un país desarrollado. En esta materia, Costa Rica enfrenta grandes desafíos a corto, mediano y largo plazo.
Resulta sorprendente que después de 43 años de vigencia de la Ley de Planificación Urbana, tan solo un 5% del territorio haya sido objeto de planificación urbana. A esto se suma que la planificación urbana de la Gran Área Metropolitana, aprobada en el año 1982 y designada como Plan GAM 1982, fue severamente irrespetado a lo largo de la década de los años ochenta y noventa. En particular, esto ocurrió por el impulso a la construcción de vivienda social, dado por la primera administración Arias.
El resultado fue que para el año 2004 se habían construido fuera del anillo de contención más de 10.200 hectáreas, pese a que dentro del anillo queda un área similar con potencial de ser urbanizada. Este hecho ha convertido a la Gran Área Metropolitana (GAM) en una ciudad desarticulada, disfuncional y altamente estresante, todo lo contrario de lo que debería ser.
Para resolver la ausencia de planes reguladores, en el año 1982, el INVU, promulgó un Reglamento Nacional de Fraccionamiento y Urbanizaciones. Este reglamento, que pudo ser útil en ese momento, con los años se ha convertido en una fuente de muchos problemas, dado que al amparo del mismo se han dado muchos abusos en el tema del desarrollo inmobiliario. Los “parcelamientos agrícolas” que plantea ese reglamento han representando una ventana legal para el desarrollo de condominios, incluso en zonas de montaña y bosque, afectando territorios de las zonas costeras de Guanacaste y la Fila Costeña en Osa y en el Caribe. Ese reglamento tiene fuertes inconsistencias desde el punto de vista ambiental y es posible que sea el principal responsable de la contaminación de las aguas subterráneas por el uso indiscriminado de tanques sépticos que promueve.
Desde el año 1995, con la promulgación de la Ley Orgánica del Ambiente, se definen nuevos lineamientos en materia de ordenamiento del territorio. Así, durante los últimos 16 años han surgido nuevas leyes en materia forestal, de suelos, de biodiversidad, de emergencias y de residuos sólidos que le han dado una nueva dimensión al ordenamiento del territorio. A esto se suma el hecho de que la Sala Constitucional, en al año 2002, señaló que todos los planes reguladores deberían ser objeto de una evaluación ambiental, lo que motivó a que el poder ejecutivo en el 2006 publicara una metodología para introducción de la variable ambiental en el ordenamiento territorial, la cual hoy ha sido y está siendo aplicada por cerca de 50 cantones en el país.
Durante 6 años, y con el apoyo financiero de la Unión Europea, el Ministerio de Vivienda impulsó el Prugam (Planificación Regional y Urbana en la GAM), como una forma de actualizar y modernizar el Plan GAM de 1982, y su modificación de 1997. No obstante, y a pesar de obtener aprobación ambiental en el año 2009, el Plan GAM fue rechazado por el INVU en abril de 2010. Su futuro todavía es incierto, dado que el mismo INVU es el que se encuentra haciendo su “corrección”.
A esta situación se suma que hay una larga fila de espera para la revisión y aprobación de planes reguladores por parte del INVU, lo que hace pensar que se va a requerir mucho tiempo para que entre en vigencia esa planificación.
Mientras tanto, las municipalidades deben seguir dando usos del suelo y permisos de construcción, en muchas ocasiones, en áreas no aptas, incrementando así la condición de riesgo en la que vive al menos el 20% de la población de la GAM. Esta situación representa una “bomba de tiempo” debido a condiciones de cambio climático y la ocurrencia cada vez más frecuente de desastres.
Es claro que en este tema hay muchas instituciones que siguen actuando como hace 40 años y no han determinado la importancia de impulsar de forma acelerada el ordenamiento territorial. Mientras esto siga así, el país seguirá estancado y haciendo que su huella ecológica se incremente.
Urge tomar medidas correctivas, dentro de las que la promulgación de una decreto de emergencia que agilice y priorice la entrada en vigencia de numerosos planes reguladores, en particular aquellos que ya disponen de viabilidad ambiental. Solo así se podría enmendar parte de los grandes yerros cometidos hasta ahora.

Manejo o control integrado de las aguas

Como producto del artículo “Aguas Subterráneas” del señor José Miguel Zeledón, director de Aguas del Minaet, en relación a un artículo del suscrito, surgen una serie de interrogantes nuevas que vale la pena plantearse en particular, en razón de la posible discusión del Proyecto de Ley de Recursos Hídricos en la Asamblea Legislativa.

Llama la atención, que después de 69 años, se le quite el moho y el polvo a la Ley de Aguas y se quiera “recuperar” el “control” de las aguas subterráneas por parte del Minaet.

No se puede dejar de hacer la pregunta: ¿por qué ahora, y no antes, mucho antes?

Y más aún: ¿qué ha hecho la Dirección de Aguas en relación con las fallas detectadas en un sin número de casos que han llegado a los tribunales en los que el Minaet es condenado por inacción, negligencia o inoperancia en relación al manejo de las aguas subterráneas? ¿Necesitará don José Miguel Zeledón una lista al respecto?

Explicaciones. ¿Podría tal vez don José Miguel explicarnos, por ejemplo, qué ha hecho su Ministerio, para, en coordinación con el MAG y el Senara, evitar que se repita el desastre ocurrido con los acuíferos en el Cairo y Milano de Siquirres debido a la contaminación de plaguicidas por las plantaciones de piña alertada desde el 2005 por la UNA y confirmada en julio del 2007 por el Ministerio de Salud? ¿Dónde consta algún protocolo MAG/Minaet/AyA/Senara al respecto para evitar, a modo preventivo, que se repita estar tragedia en otras partes del país? Recordemos que en el 2006 el país contaba con 18.000 hectáreas de piña, y que en el 2010, el mismo MAG reconoció que superan las 54.000. Recordemos que desde julio del 2007, más de 6.000 personas son abastecidas en esa zona de Siquirres por cisternas a un costo de $27.000 mensuales.

Esta necesidad del Minaet de apropiarse de atribuciones de la DIGH de Senara se hace ahora, precisamente después de que la Sala Constitucional le ha dado dimensiones vinculantes a los dictámenes técnicos de la DIGH de Senara. Después de lo de Sardinal, de Barva, después de Autopistas del Sol, o de Playa Grande. Sabemos que en el caso de Crucitas, hace exactamente un año, el funcionario Miguel Ramírez (LN/ 4 de mayo del 2010) denunció públicamente que los “estudios de Senara que avalan el proyecto” mencionados por la magistrada Ana Virginia Calzada nunca existieron, al exigirle el gerente de Senara a un solo técnico un informe elaborado en menos de 24 horas basado únicamente en los informes presentados por la misma empresa minera, y así lo reconoció la misma Sala IV posteriormente.

Obligación de coordinar. Se señalan, por parte del señor Zeledón algunos ejemplos de “gestión integrada”, que con la nueva normativa se resuelven entre el Minaet, Senara y el AyA. Empero, eso no es para nada satisfactorio, debido a que es una obligación legal, establecida en la Ley General de Administración Pública, el que las autoridades gubernamentales coordinen sus acciones: ahora bien, coordinar no significa despojar a una entidad técnica de sus atribuciones para trasladarla a una dependencia más sensible a directrices políticas.

Tampoco resulta lógico que, por no darse coordinación, una entidad quiera asumir todas las funciones en la administración de un recurso natural, como lo es el agua, en clara violación a la ley de creación de Senara, a recomendaciones de la CGR y a varios votos de la Sala IV, el primero de ellos el voto del 2004 (caso Linda Vista de Poás).

Gestión integrada o control integrado. La gestión integrada del recurso hídrico, no significa que todas las funciones en el manejo del agua, se centralicen en una sola entidad. La gestión integrada significa, por el contrario, el desarrollo de una coordinación estrecha entre todas las autoridades, y en particular, el establecimiento y funcionalidad, de reglas claras, técnicas y científicas, para todos los actores sociales.

Confundir gestión integrada con control integrado no debe utilizarse como pretexto de eliminar que una entidad creada por ley haga sus funciones, en particular si esa entidad se ha convertido en una piedra en el zapato del Minaet y sus aspiraciones.

Nos podríamos preguntar qué pasaría si se trasladan todas las funciones primordiales del tema agua a la Dirección de Aguas del Minaet. Se nos dice que no hay problema de control político porque la instancia tendrá (cuando se vote la nueva ley) desconcentración máxima y que esto es garantía de su independencia de criterio. Pero veamos el ejemplo actual de la Setena, un ente de desconcentración máxima definido por la Ley Orgánica del Ambiente desde 1995: en los últimos meses ha tenido como director al viceministro del Minaet.

¿Quién nos garantiza que cuando la Dirección de Aguas del Minaet, después de aprobada la nueva ley, esté tramitando grandes e importantes concesiones de agua, no se haga lo mismo que se hace ahora con la Setena y que sea el criterio político, y no el técnico el que impere en el tema?

Por todo lo anterior, coincido con el señor Zeledón en que “no se puede permitir ser juez y parte”, y eso es lo que se produciría si se le da al Minaet el total control de las aguas superficiales y subterráneas, incluyendo la investigación, la administración, el control de la contaminación y las concesiones.

El riesgo de poner todos esos “huevos” en el mismo canasto, es muy alto, y por eso, ¡no se debe permitir! La nueva ley de recursos hídricos debe modernizar y mejorar la situación actual, no la debe empeorar. No podemos dejar que se despoje a Senara de sus atribuciones legales para dejar en manos de una sola cartera ministerial un recurso tan estratégico como el agua subterránea de Costa Rica.