Larga fila en planes reguladores

El ordenamiento del territorio, entendido como el desarrollo social, ambiental, cultural y económico de una región, dentro de un marco de planificación equilibrada y sostenible, es un tema clave para el progreso de una nación. Su no realización o su rezago es lo que constituye la diferencia entre los países desarrollados y los subdesarrollados.

En países como Costa Rica, el ordenamiento territorial (OT), bien hecho, cuando toma en cuenta la variable ambiental, incluyendo la gestión del riesgo, deja de ser solo un paso para el desarrollo, sino una urgencia, para poder salvar personas y bienes, incluyendo la infraestructura que tanto años y esfuerzos ha costado a los costarricenses de varias generaciones.

Con la llegada de la Administración Chinchilla, se abrieron expectativas sobre un verdadero avance en materia de ordenamiento del territorio. No obstante, al leer lo que se dice sobre el mismo en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2011 – 2014, la decepción e incluso, la preocupación por un retroceso, surgen conforme se avanza en su lectura y metas.

Enfoque del problema: el PND deja claro el problema en materia de OT, cuando señala como responsables, la falta de acciones coordinadas de las instituciones del Estado y la inadecuada Gestión del Riesgo. Señala estos dos factores, como los responsables de las disparidades en progreso de las regiones del país y del aumento de la vulnerabilidad de la población.

No obstante, preocupa la expectativa que deja el mismo plan, al señalar que “no se puede hacer mucho debido al desfinanciamiento de las instituciones encargadas de darle seguimiento al cumplimiento de la normativa relacionada con el ordenamiento territorial”. La preocupación no surge por el siempre ubicuo faltante de recursos, sino por la visión del ordenamiento del territorio que se apoya en las instituciones, olvidando que se trata de un proceso, en el que la función del Estado y sus instituciones es fijar reglas claras y fiscalizar su cumplimiento. No debe enfocarse al Estado como protagonista principal, pues allí estriba el principal problema.

Propuesta del PND: Las soluciones que plantea el PND tienen la cualidad de que empiezan de “cero”, como si antes no se hubiese hecho nada. Esta extraña omisión constituye uno de los principales defectos de los planes nacionales de desarrollo, que olvidan el pasado y lo avanzado, y, por tanto, la continuidad.

En materia de ordenamiento territorial, la Iniciativa Paz con la Naturaleza, avanzó durante 4 años en una propuesta de política en ese tema, que al final no fue posible concretar precisamente por falta de voluntad política. No obstante, como si ese esfuerzo no contara, en el PND, se plantea trabajar en una nueva política. La pregunta es si se va a gastar nuevamente todo el tiempo de la administración en su discusión y elaboración, para dejar nuevamente la tarea inconclusa.

La respuesta la trae el mismo PND, que contiene una disculpa adelantada por su posible no elaboración, al decir que “se trata de un proceso complejo que exige una gran inversión de esfuerzos y recursos, que convoca a una gran diversidad de actores y que finalmente, se operacionaliza en una multiplicidad de agendas, algunas de ellas ajenas a las competencias del Poder Ejecutivo y del marco temporal de esta Administración”.

Plan Nacional de Desarrollo Urbano: de esta manera, nuestras autoridades se están olvidando que han pasado más de 42 años desde que se aprobó la Ley de Planificación Urbana y de que el INVU, ha fracasado en su desarrollo e implementación, incluso en el cumplimiento del GAM de 1982, que a pesar de su buen planteamiento inicial, fue irrespetado por el mismo INVU, de manera que se permitió el desarrollo urbano caótico y desordenado de hasta 102 km² fuera del anillo de contención y que han convertido a la GAM en un claro ejemplo de lo que no se debe hacer en materia de ordenamiento territorial.

Estas mismas autoridades están así obviando los diversos informes de la Contraloría General de la República sobre la responsabilidad del INVU en esa materia, resulta que se le da a esta entidad, como si nada hubiera pasado, la tarea de aprobar el Plan Regional de la GAM, que no necesariamente es el Prugam que el INVU rechazó en abril del 2010. Y más aún, se le da otra tarea al INVU, “con el fin de responder a la presión sobre el territorio y recursos ambientales experimentados en la región Chorotega, se impulsará la elaboración y aprobación de un Plan Regional de desarrollo urbano y costero de la Provincia de Guanacaste”.

Planes reguladores: el asunto, se hace más complejo, pues se deja subordinada la aprobación de los planes reguladores cantonales y costeros, a esos “planes regionales”, al señalar: “como un resultado potenciado por la etapa previa de elaboración y aprobación de Planes Regionales, se espera avanzar en la gestión del territorio, impulsando la implementación de planes reguladores cantonales y costeros”.

El asunto parece claro, el INVU no va a tramitar planes reguladores cantonales o costeros, hasta tanto no se cumplan los criterios de calidad técnica de los planes regionales y posteriormente de los planes reguladores. Y aquí, es precisamente donde, de cumplirse esto, tendríamos un verdadero retroceso en lo relativamente poco avanzado en materia de ordenamiento territorial, ya que cerca de 40 planes reguladores cantonales elaborados en el marco del Prugam y del Programa de Regularización y Catastro en Guanacaste, sin contar con otros planes reguladores ya elaborados o en elaboración, tendrán que hacer una larga y muy lenta fila para que puedan ser revisados y tal vez, finalmente aprobados por el INVU, a riesgo de que cuando sean revisados ya estén desactualizados.

Retroceso: como se ve, el plan en materia de ordenamiento del territorio, no se apega a la realidad de un país, que acaba de pasar por una época lluviosa que produjo decenas de pérdidas de vidas y generó cientos de millones de dólares en pérdidas de bienes e infraestructura.

Anteponer la aprobación de los planes reguladores que ya cuentan con la variable ambiental aprobada y que sirve de mecanismo de estandarización entre los diferentes planes reguladores, a que primero estén unos planes regionales, a los que también habría que integrar la variable ambiental tal y como ya la Sala Constitucional lo ha señalado respecto al Decreto Chorotega, no tiene ningún sentido y lo único que provocará es que la solución de los problemas de uso del territorio, se postergue, y atrase por muchos años más.

Emergencia: la ausencia de planes reguladores vigentes en los diferentes cantones del país, debería considerarse una verdadera situación de emergencia cantonal y nacional. Ante ello, el hecho de que el Plan Regulador disponga ya de la variable ambiental aprobada, debería hacer que el Plan Regulador en cuestión, entre en vigencia según las potestades que la Constitución le da a las municipalidades en el ámbito de la administración de su territorio, y hasta tanto sea revisado y aprobado por el INVU como lo establece la Ley de Planificación Urbana, o bien, por una instancia que asuma esa tarea de forma emergente y que pueda cumplir la meta de que al menos 40 planes reguladores estén vigentes para el 2014.

Postergar más estas transcendentales decisiones podrían costarnos muy caro a todos los costarricenses, no solo en dinero, sino en vidas humanas.

Por eso, urge corregir el rumbo.

Isla Calero: costos de los daños ambientales

Las labores de canalización artificial que realiza el Gobierno de Nicaragua al extremo norte de la isla Calero, en territorio costarricense, ha producido y está produciendo daños ambientales irreversibles en tres escalas diferentes.

La escala local se refiere al área de 60 Ha donde se realiza específicamente el canal de trasvase entre el río San Juan y la laguna Los Portillos. La escala subregional comprende un área de 650 hectáreas (400 en Costa Rica y 250 en Nicaragua), que ha empezado a ser impactada como consecuencia del paso de aguas del río San Juan a la laguna Los Portillos.

La escala regional, abarca el impacto que se produciría si se draga a profundidad el río San Juan y se disminuye de forma significativa el caudal del río Colorado. En este caso el impacto afectaría cerca de 3.000 hectáreas del Caribe norte de Costa Rica.

En todos los casos, se trata de zonas de humedales que tienen un gran valor ecológico por los bienes y servicios ambientales que aportan.

Importancia de humedales. Los humedales son muy importantes para la reproducción de gran cantidad de especies (peces, aves, moluscos, crustáceos, entre otras), lo que permite la continuidad de ciclos ecológicos y evolutivos. Contribuyen de manera importante a la captura de carbono de la atmósfera y liberación de oxígeno a través de la fotosíntesis. Además, su diversidad biológica y genética abre un importante camino hacia la bioprospección.

También son importantes en los procesos hidrológicos al ser sitios de evaporación del agua que más adelante forma nubes y cae como lluvia en el lugar y en otros ecosistemas. Proveen de productos comestibles como camarón y almejas así como productos para artesanía y son fuente de actividad ecoturística y deportiva (pesca). Además, al ser los humedales el lugar de desarrollo de un 90% de las especies marino-costeras, la pesca, tanto industrial como artesanal, depende de ellos.

La belleza escénica y la recreación son también servicios ambientales sumamente importantes, ya que en los humedales se puede observar y disfrutar de la naturaleza a través de la fotografía, el buceo, los recorridos terrestres o acuáticos así como la observación de flora y fauna.

Específicamente para fines económicos los humedales son aprovechados por sus características como proveedores de alimentos, materiales, oxígeno, agua y recreación, y eventualmente podrían tener un gran interés para la industria farmacéutica. Por estas características peculiares sirven también de santuario y refugio a muchas especies, algunas de ellas en vías de extinción.

Un estudio de la Universidad de Rhode Island y de la USAID (Olsen, S. 2003. Crafting Coastal Governance in a Changing World. CRC – University of Rhode Island and the USAID. 378 p.) analiza el valor económico de los servicios ambientales que brindan diferentes ecosistemas de humedales, costeros y marinos. El valor se establece en dólares americanos por hectárea.

Se indica así que los estuarios tienen un valor por hectárea de $22.832, mientras que zonas de pastos marinos y de algas verdes de $19.004, los arrecifes coralinos de $6.075, los pantanos y las zonas inundadas de $19.580.

Considerando que la zona de la Isla Calero afectada por la tres escalas antes mencionadas, se presentan diversos ecosistemas de humedal, y tomando un valor promedio de $20.000 por hectárea al año, es posible proyectar los costos de los daños ambientales que se están produciendo.

Costo del daño ambiental. Debido a que los ecosistemas afectados dan servicios ambientales de forma permanente, a través de los años, la forma más simple de valorar el costo de daño es determinar el valor económico del servicio ambiental que dejaría de obtenerse, como mínimo durante el tiempo que perdure la actividad que lo impacta, es decir su vida útil.

Esto, aunque el daño ambiental pueda considerarse de tipo irreversible, dado que una vez que se ha afectado el ecosistema de forma sustancial, la restauración de los ecosistemas a sus condiciones iniciales antes de su afectación, puede no ser posible, o en su defecto, necesitar de un gran esfuerzo y recurso económico.

Debido a que los daños identificados son de tres tipos, local, subregional y regional, se generan tres costos del daño ambiental. Para ello se establece un margen de temporal de 10 años y 100 años. Este último caso, considerando la vida útil de un canal interoceánico. Siendo así, la estimación del valor del daño ambiental para la situación local a 10 años sería de $12.000.000 y a 100 años de $ 240.000.000; mientras que para la situación subregional a 10 años sería de $130.000.000 y a 100 años de $2.600.000.000, y finalmente, para la situación regional a 10 años sería de $600.000.000 y a 100 años de $120.000.000.000 (ciento veinte mil millones de dólares).

A estas cifras de daños se les tendrían que sumar la cuantificación de los efectos socieconómicos, entre otros, disminución de capacidad productiva, caída del ingreso familiar y consecuente desmejora en sus condiciones de vida, que se darían en las comunidades humanas que subsisten de las zonas de humedal, que a escala regional, solo en el Caribe Norte de Costa Rica, alcanzan hasta 40.000 habitantes. Además, los efectos en la actividad turística y de pesca deportiva que ya ha generado daños durante los últimos meses y que se incrementaría en un futuro cercano. También queda pendiente sumar los daños ambientales que se producirían en los ecosistemas costeros del Caribe de Costa Rica, como la afectación de la anidación de tortugas, disminución de pesca y afectación de arrecifes y comunidades coralinas.

Prioridad. Debido a la cadena de impactos ambientales que se están produciendo como consecuencias de las obras de dragado y canalización en la isla Calero, es claro que la prioridad fundamental es la prevención. Esto significa que se detengan de inmediato las obras y que se proceda a reponer los daños producidos.

El desarrollo del ecosistema del delta San Juan – Colorado, requiere una acción conjunta y coordinada de ambos países, cuya prioridad es el desarrollo sostenible de la zona, para el beneficio de las comunidades partiendo de un aprovechamiento sostenible de los bienes y servicios ambientales de los humedales de la zona, no de su destrucción.

La Setena: el frío no está en las cobijas

Uno de los efectos importantes de la resolución del Tribunal Contencioso sobre Crucitas, es que dejó claro que la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena) falló en su función de actuar con eficiencia y estricto cumplimiento a la legislación y a los procedimientos técnicos que la rigen.

El proyecto Crucitas es solo la punta del iceberg. Sonados casos como La Arboleda en Desamparados, Mar Serena en Guanacaste, proyectos en la Fila Costeña, la cementera en San Rafael de Alajuela,y una larga lista de proyectos con viabilidades ambientales inconsistentes señaladas por la Contraloría General de la República (DFOE-AE-IF-01-2010 de septiembre del 2010), forman parte del problema.

Pero el asunto no se queda aquí; hay que incluir el “particular” procedimiento “voluntario” que desarrolló la Setena para dar viabilidades ambientales a los proyectos que no cumplieron con el trámite de EIA y que requerían la viabilidad ambiental, como las piñeras, y otros proyectos, en contradicción con lo que establece el transitorio II de la Ley Orgánica del Ambiente.

También, el procedimiento de viabilidad ambiental a miles de torres de telefonía celular, que no cumple con el reglamento general de EIA. Y la lista sigue, incluso para proyectos cuyos EIA deben ingresar próximamente, como el mega- proyecto hidroeléctrico Diquís, en el que ya la Setena ha definido un procedimiento de revisión a todas luces ilegal y que, de no corregirse, puede llevar al traste a este ambicioso proyecto.

Rumbo perdido. Desde el 2007, coincidiendo con la intención de la administración Arias Sánchez de “fortalecer” la Setena, tarea encargada al exministro de competitividad Jorge Woodbridge, esta entidad, a la que le dieron un bonito edificio y más personal, perdió el rumbo técnico y se “politizó”.

La decisión que mejor simboliza esta pérdida de norte técnico, lo representa el hecho de que no se volvió a convocar la Comisión Mixta Asesora de la Setena, creada por decreto desde el 2004 y que fungió del 2002 al 2007, como responsable de elaborar las los reglamentos y procedimientos técnicos que rigen la EIA en el país. Esta grave omisión atenta contra los más elementales principios de participación pública en materia de reglas atinentes a la protección del ambiente.

La decisión política de no convocar más a esa Comisión Mixta, de amplia participación, que incluye representantes de diversos sectores productivos, institucionales, ONG y ambientales, y que representa a la sociedad costarricense, simboliza no solo la pérdida de rumbo de la Setena, sino de todo un país, en donde se cambió el diálogo y la búsqueda de soluciones conjuntas por la imposición de decisiones arbitrarias, inconsultas, sustentadas en una supuesta legalidad de dudosa procedencia.

Hasta hoy, ese rumbo sigue perdido, e incluso es posible que haya empeorado. Basta ver su página web (www.setena.go.cr ), en cuya portada aparece la foto de un viceministro del Minaet dejando claro el gran control político que se ejerce por la administración. Este Viceministro lleva varios meses como Secretario General a. í., como si el perfil para ocupar este puesto fuese imposible de encontrar. Este “interinazgo a perpetuidad” ignora así que la Setena es un ente técnico y de desconcentración máxima, con independencia absoluta en sus decisiones, según reza la casi olvidada Ley Orgánica del Ambiente.

Recuperar la credibilidad. La solución de los problemas de la Setena no se centra, al contrario de lo que concluyó la Contraloría General, en modificar y cambiar los reglamentos que elaboró la Comisión Mixta. El frío no está en las cobijas. Cambiar los instrumentos técnicos elaborados hasta el 2007 por la Comisión Mixta no es la solución; por el contrario, hacerlo de forma arbitraria e inconsulta como se ha hecho desde el 2007 hasta ahora puede empeorar aún más la profunda crisis que vive la Setena.

Al corto plazo, la solución urgente pasa por despolitizar a la Setena. Urge nombrar un secretario general, técnico, no político. Renovar su Comisión Plenaria –en la que no participa ningún representante de las universidades públicas desde casi un año, por una extraña omisión que las autoridades deberían esclarecernos–. Capacitar su personal y convocar a la Comisión Mixta para que repare los grandes desaciertos en procedimientos emitidos durante los últimos 3 años y complete la “caja de herramientas técnicas” con que debe trabajar la Setena.Es un inicio, para dar el mensaje al país, de que se busca el diálogo y la negociación transparentes y firmes.

A largo plazo, la solución de la Setena y otras 15 entidades de control ambiental del Estado costarricense pasan por una profunda reforma legislativa, que cree de una vez por todas el Sistema Integrado de Protección Ambiental (SIPA) del país, con el fin de ir resolviendo la serie de incongruencias, contradicciones y complejos procedimientos que reinan en Costa Rica, por contar con numerosos y diversos entes ambientales cuyas decisiones, en muchos casos, se sustentan más en “ocurrencias” que en verdaderos y consistentes criterios técnicos.

Nuestro país está listo para avanzar desde hace tiempo, algo que nuestros políticos parecen haber olvidado.

Crucitas y la inseguridad jurídica

Colaboración con: Nicolas Boeglin, Rafael González Ballar, Álvaro Sagot.

Respecto al fallo del Tribunal Contencioso Administrativosobre el Proyecto Crucitas, surgieron voces diciendo que es una “mala señal” para la inversión extranjera. Por eso, se deben aclarar algunos aspectos. El marco jurídico a cumplir por un proyecto se hizo para cumplirse. Es la razón de ser de toda normativa. Debe respetarse y aventurarse a obviarlo, con la complicidad directa o indirecta de algunas autoridades políticas, acarrea graves consecuencias.

Respecto al fallo del Tribunal Contencioso Administrativosobre el Proyecto Crucitas, surgieron voces diciendo que es una “mala señal” para la inversión extranjera. Por eso, se deben aclarar algunos aspectos. El marco jurídico a cumplir por un proyecto se hizo para cumplirse. Es la razón de ser de toda normativa. Debe respetarse y aventurarse a obviarlo, con la complicidad directa o indirecta de algunas autoridades políticas, acarrea graves consecuencias.

En el caso Crucitas, ya en 1996, estaba claro que el yacimiento de oro se encontraba bajo un terreno con bosque. La empresa conocía de la Ley Forestal 7575, en cuyo artículo 19 se establecía la prohibición de cambio de uso del suelo en bosques. Siendo así, la empresa podía pronosticar las dificultades que podría encontrar si se aventuraba a solicitar la concesión de explotación del oro.

Concesión condicionada. En el año 2001, la empresa obtiene la concesión minera, pero, muy importante, condicionado a cumplir con el requisito de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA). Así, el cambio de uso del suelo en el bosque y otras situaciones ambientales, quedaban sujetas a los resultados de esa EIA.

En el 2004, mientras se realizaba la EIA, la Sala Constitucional, anula la concesión minera y señala que la misma no puede otorgarse hasta que se cuente con la viabilidad ambiental. Dicha aprobación, finalmente se otorga en diciembre del 2005. En esa resolución se indica que esta tiene una vigencia de 2 años para el inicio de la extracción.

A pesar de ese plazo, es hasta mayo del 2007 que la empresa realiza una primera gestión ante la Dirección de Geología y Minas para que se le vuelva a otorgar la concesión minera. Además, la empresa se presenta ante la Setena, en diciembre del 2007, con una modificación del proyecto para cumplir con una norma exigida por Canadá. El proyecto se amplía de 6 a 9 años, se pasa de 15 m a 67 m de profundidad, y el volumen a explotar casi se duplica.

En vez de presentar un nuevo EIA la empresa presenta un documento de modificación en el que se hace énfasis en los impactos positivos y no en los negativos; dejando de lado el cumplimiento de los procedimientos técnicos de EIA establecidos desde el 2006.

En un tiempo récord, la Setena, en ese momento al amparo del ministro de Competitividad, Jorge Woodbridge, a encargo de “fortalecerla”, otorga la viabilidad ambiental a esa modificación en febrero del 2008. Luego, en abril del 2008, el presidente Arias y su ministro Roberto Dobles le otorgan al proyecto una nueva concesión de explotación minera con características idénticas a las del 2001, pero diferentes a los proyectos aprobados por la Setena en diciembre del 2005 y en febrero del 2008. Pese a esto, el proyecto no inicia operaciones porque el bosque sigue existiendo sobre el yacimiento y parte de la laguna de Relaves.

En octubre del 2008, el presidente Arias y el ministro Dobles, sin hacer constar en ningún lado el balance exigido por la Ley Forestal entre los beneficios sociales y los costos socio-ambientales, otorgan una Declaratoria de Conveniencia Nacional. El mismo día de ese decreto, se notifica el permiso de tala por el Minaet, y se inicia la tala rasa de más de 50 hectáreas de bosque hasta que la Sala Constitucional lo ordena detener.

En los tribunales. La historia, en los últimos dos años, se dio en los tribunales. Primero en la Sala Constitucional y luego en el Tribunal Contencioso. La Sala, en una votación de 5 a 2, resuelve sobre asuntos constitucionales a favor de la Empresa, pero deja ver que los asuntos de legalidad deben resolverse en una instancia administrativa. Lo cual se hace y finaliza con una sentencia en contra de la empresa en noviembre del 2010.

Al revisar los fundamentos de ilegalidad, hay nuevos argumentos que llevan hasta la anulación de la primera viabilidad ambiental, por no cumplirse con requisitos legales establecidos mucho antes, como el refrendo de los planos por parte del Colegio de Químicos e Ingenieros Químicos.

Lo mismo respecto al camino público que pasa por el área de la Laguna de Relaves, y otros evidencias más, donde, por ejemplo, se destaca la discrepancia en áreas de explotación. Asimismo, en el permiso ambiental se deja a la empresa impactar un acuífero regional, pero en la concesión se les prohíbe. Incongruencias que violentan la legalidad de los actos impugnados y que fueron analizados por el Tribunal Contencioso.

En resumen, la Administración y la empresa no cumplieron con objetividad y legalidad una serie de requisitos legales y técnicos vigentes para el momento en que tramitaba los permisos y cuyo cumplimiento era de su responsabilidad. Estas faltas dejan claro que, aunque las diferentes autoridades del Estado no debieron actuar con tanta ligereza, la responsabilidad principal recae en la empresa, que era la llamada a cumplir de forma estricta con la legislación.

Como se ve, la inseguridad jurídica surge precisamente por no cumplirse con la legislación y no por la legislación en sí, como se ha querido señalar a propósito del caso Crucitas.

Canal interoceánico en el San Juan

Con el anuncio reciente del Gobierno de Nicaragua de que va a iniciar las labores de dragado del río San Juan en el tramo donde este se bifurca y se abre el río Colorado y el anuncio de que varios países, entre ellos Rusia, apoyarían la construcción de un canal interoceánico en Nicaragua, se hace necesario aclarar algunos aspectos importantes, sobre temas de caudales y viabilidad técnica de este viejo proyecto que ronda en Nicaragua desde mediados del siglo XIX.

La cuenca del río San Juan es binacional, es decir que tiene parte importante en territorio nicaraguense (24.500 km²) y otra parte algo más pequeña en Costa Rica (14.000 km²). Esta relación en materia de extensión territorial, sin embargo, no se traduce en las mismas proporciones en cuanto a caudales se refiere.

Debido a que en la parte de Costa Rica (que se extiende desde las Cordilleras de Guanacaste y del Valle Central hasta las llanuras del norte) llueve más, el aporte de agua (fluvial) por los ríos que van hacia el río San Juan representa el 83 % del total del caudal del río San Juan (equivalente a 894 m³/s) a la altura de su respectiva desembocadura.

Es decir, poco más de 4 quintas partes del caudal del río San Juan es aportado por los sistemas fluviales de Costa Rica.

Solamente los ríos San Carlos (246 m³/s) y Sarapiquí (231 m³/s), según datos del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), aportan cerca de 500 metros cúbicos por segundo de agua al río San Juan, un aspecto relevante a tomar en cuenta.

El caudal promedio anual del río San Juan, a la altura de su bifurcación hacia el río Colorado es de 1.170 m³/s. Con un máximo de 3980 m³/s y un mínimo de 353 m³/s durante varios meses al año. Por su parte, según los datos hidrológicos del ICE, el río Colorado tiene un caudal promedio de 1000 a 1500 m³/s. Un primer esfuerzo de un posible “enfoque integral” se había logrado con el proyecto Pro Cuenca auspiciado por la OEA, el Minaet y Marena entre 1993 y 1997, entablado de manera conjunta y sugiriendo a ambos Estados buscar mecanismos para una gestión ambiental conjunta de una zona sumamente rica en biodiversidad y altamente vulnerable a la vez.

Lastimosamente, las actitudes de las autoridades a partir de 1998 de ambos países dieron al traste con esta primera iniciativa y optaron por enfrascarse en una “sanjuanización” de sus relaciones que duró hasta el 13 de julio del 2009, fecha del fallo de la Corte Internacional de Justicia.

Río Colorado y humedales del Caribe norte. La bifurcación del río San Juan y el paso de gran parte de su caudal hacia el río Colorado es una condición natural, debido a que se trata de un delta binacional, cuya parte parálica cubre cerca de 500 Km², perteneciendo cerca de 300 Km² de ellos al territorio costarricense, donde, en su gran mayoría, corresponden con áreas silvestres protegidas e importantes sitios Ramsar internacionalmente reportados.

El caudal de agua del río Colorado es de gran importancia para el sostenimiento de la calidad ambiental de los ecosistemas de esos 350 Km² de humedales y áreas protegidas. La disminución significativa de su caudal, a causa del dragado en el río San Juan para ampliar el ancho y profundidad del San Juan, podría en serio peligro estos importantes ecosistemas del Caribe norte de Costa Rica.

Como se puede ver, el planteamiento de un posible canal interoceánico que aproveche las aguas del río San Juan, debido al caudal que aporta Costa Rica y los derechos de navegación que se tienen según los tratados y laudos, hace indispensable que exista coordinación en cualquier acción encaminada a esta obra. Incluso si se tratara solamente de un dragado que puede disminuir de forma significativa el caudal al río Colorado. Dicha coordinación no se refiere a acuerdos políticos en el marco diplomático, sino a detallados y profundos estudios técnicos y de evaluación ambiental, que determinen si existe alguna viabilidad de la propuesta y, dado el caso, establezcan efectivas medidas preventivas y correctivas.

La no consideración de Costa Rica en el solo planteamiento de un eventual canal interoceánico en el río San Juan, además de un irrespeto a lo que establecen los tratados y laudos, y violentar los más elementales principios de buena vecindad y cooperación entre Estados ribereños, le quita una base técnica esencial al proyecto, que es la relevancia del aporte fluvial que da nuestro país.

Alternativa de respuesta de Costa Rica. A modo de ejemplo de la no consideración de nuestro país en el tema, y solo para mostrar la carencia de sustento técnico y lo enclenque de la propuesta del canal interoceánico, y anteponiendo el interés nacional de salvar y salvaguardar los humedales del Caribe norte, podría plantearse un solución técnica “alternativa”.

Esta “solución” podría implicar la construcción de un canal –sí, otro canal– que trasvase las aguas del río San Carlos y del Sarapiquí directamente al río Colorado, sin pasar por el río San Juan. Es solo una hipótesis técnica para ilustrar la debilidad y total falta de seriedad del planteamiento de un canal interoceánico sin considerar a Costa Rica.

Ese canal, que podríamos llamar el “canal de la Dignidad”, estoy seguro sería apoyado por la inmensa mayoría de la población de Costa Rica, que hasta ahora ha observado impotente cómo se realizan obras en el extremo norte de la isla Calero y se provocan daños ambientales en nuestro territorio; pues en vez de “volar bala” para defender nuestro territorio y sus ecosistemas, lo que tendríamos que hacer es “volar pala”.

Urgencia de medidas cautelares. Para evitar que se sigan dando daños ambientales, y que estos sigan creciendo, alcanzando dimensiones desproporcionadas y condiciones de irreversibilidad, urge que se detengan y reviertan las obras del canal artificial que aceleradamente Nicaragua está llevando a cabo en nuestro territorio y también del dragado del río San Juan, hasta tanto se aclaren las verdaderas intenciones del Gobierno de Nicaragua y, dado el caso, hasta que se efectúen serios y detallados estudios de evaluación ambiental, con la participación de entes técnicos y académicos de ambos países. Seguir con esta escalada de acciones podría obligar a Costa Rica a convertir la hipótesis aquí planteada del “canal de la Dignidad” en un eventual proyecto de salvación de los humedales del Caribe norte.