Crucitas debe un estudio de impacto ambiental completo

El proyecto de minería de oro Crucitas debe al país un estudio de impacto ambiental (EIA) completo, debido a que realizó un cambio de su diseño original, que por su dimensión y por lo establecido en la legislación vigente, solo podría pretender obtener viabilidad ambiental por medio de la presentación de un nuevo y completo EIA y no por la vía que la SETENA (Secretaría Técnica Nacional Ambiental) se lo otorgó en Febrero del 2008.

Crucitas obtuvo, para su primer diseño, la viabilidad ambiental de la SETENA en el 2005, con tres años de trámite de EIA. En este diseño se proponía un área de explotación a cielo abierto de 126.4 hectáreas, con una profundidad de 15 metros para extracción de material no rocoso (saprolita).

En diciembre de 2007, Crucitas presenta a la SETENA un cambio en el diseño, que consiste, principalmente, en una reducción del área de explotación a 50 hectáreas, pero un aumento de profundidad a 65 metros para extracción de saprolita y rocas. Aunque este cambio parece una reducción, en realidad es una ampliación que, como mínimo, implica una duplicación en el tamaño del proyecto: el volumen de material a extraer y procesar aumenta en más de un 100 %, la producción de oro se incrementa en más de un 70 %, el período de explotación se amplía de seis a nueve años, y se cambia la tecnología de extracción con el uso de explosivos. La producción de residuos también se incrementa en cerca de un 100 %, debido a que por cada 1000 kg de material, solo se extrae poco más de un gramo de oro.

Crucitas para este nuevo diseño presentó una evaluación ambiental de los cambios, incluyendo un ajuste del plan de gestión ambiental y una declaración jurada de compromisos ambientales. La SETENA, en solo ocho semanas tramitó el cambio de diseño y otorgó la viabilidad ambiental.

Clara inconsistencia técnica. Las razones por las que Crucitas debe realizar un nuevo EIA son las siguientes:
1. El primer diseño del proyecto había sido objeto de un rechazo de la viabilidad ambiental por medio de la Resolución 272 – 2003 SETENA. Como parte de los insumos técnicos para esta resolución, se incluyen los informes técnicos de apoyo realizados por algunas entidades de la Universidad de Costa Rica, en algunos de los cuales se recomienda no otorgar la viabilidad ambiental debido al conjunto de impactos ambientales que implica el proyecto minero. Pese a esto, y debido a recursos legales de Crucitas, las autoridades de turno ordenaron continuar con el trámite ambiental, lo que implicó la realización de un extenso anexo al EIA y un proceso de participación pública que desembocó en la viabilidad ambiental otorgada en el año 2005.

2. El Reglamento General de procedimientos de EIA, que norma a la SETENA y rige desde junio del 2004, señala con claridad cuándo las ampliaciones de los proyectos deben cumplir el trámite de EIA, al señalar en su artículo 3: “cambios en el diseño original de la actividad, obra o proyecto, que impliquen una modificación de la categoría de impacto ambiental potencial (IAP), hacia un nivel mayor, conforme a la lista incluida en el presente reglamento (Anexo Nº 2)”. En el caso de Crucitas debido a que el cambio implica una duplicación de la dimensión de la actividad minera planteada, es evidente que debería cumplirse con el trámite de EIA según lo establece el reglamento señalado. Esto implica la realización de un EIA completo con todos los procedimientos establecidos para ello y no el procedimiento que se siguió.

3. Lo señalado en el punto anterior se refuerza con una Resolución de la Comisión Plenaria de la SETENA, emitida en mayo del 2008, en la que señala que cambios en el proyecto que superen el 50 % del diseño original deben cumplir con un trámite completo de EIA. En el caso de Crucitas, como hemos visto ese cambio es como mínimo de un 100 %, con lo cual se evidencia que lo correcto hubiera sido realizar un EIA completo.

4. La realización del EIA completo hubiese significado aplicar el procedimiento que establece el Manual de EIA de la SETENA, publicado mediante el Decreto 32966 MINAE en mayo del 2006, que implica un detallado documento de evaluación ambiental de 17 capítulos, así como un nuevo y completo procedimiento de consulta y participación pública, tal y como lo ordena la Ley Orgánica del Ambiente.

5. El desarrollo de un EIA completo, con el nuevo reglamento vigente desde el 2006, tiene importantes y nuevas implicaciones técnicas: a) el área de influencia del proyecto debería considerar la cuenca hidrográfica y definir un área de influencia social; b) valoración de impactos más sistemática, considerando efectos sinergísticos y acumulativos; c) evaluación de costo beneficio económico ambiental, d) consulta y encuesta pública sobre el proyecto, e) análisis de alternativas, f) análisis de riesgo –del proyecto al ambiente y del ambiente al proyecto-, f) planes de contingencia para los riesgos identificados, g) actualización sobre el monto de inversión para ajustar la garantía ambiental, h) evaluación de impactos transfronterizos, entre otros aspectos.

6. El procedimiento de revisión del EIA por parte de la SETENA implicaría un mecanismo de apertura del expediente para presentación de observaciones por parte de los interesados, así como una revisión por un equipo multidisciplinario de la SETENA. Además, en este marco, esa Secretaría puede solicitar a instituciones y entidades específicas colaboración en la revisión del estudio. De esta manera entidades como el SENARA, la CNE, el SINAC y el INTA entre otros, podrían emitir su criterio técnico.

7. Como parte de la revisión se podría realizar un completo análisis de costo beneficio económico ambiental del proyecto y sus beneficios para el país. De esta manera se podría determinar de forma efectiva si los riesgos que implica y los impactos en el bosque, suelo, recursos hídricos y el paisaje, etc., están cubiertos por los beneficios que generará. Esto dentro del marco de un análisis de alternativas, en el que la alternativa cero o de no desarrollo del proyecto también debería ser incluido.

La falta de un EIA para un cambio de diseño del proyecto de esa envergadura resulta en una absoluta y clara inconsistencia técnica, que lleva a cuestionarse la vialidad ambiental otorgada en febrero del 2008. Esta situación requiere ser corregida, solicitando a Crucitas la elaboración de un EIA para su nuevo diseño, tal y como ordena la ley.

El procedimiento de EIA seguido para Crucitas marca un antecedente que podría ser seguido por otros muchos proyectos de minería de oro, lo cual no es beneficioso para el país. La Sala Constitucional tiene la palabra.

Aguas subterráneas, problemática y soluciones

El Valle Central, como el país en general, tiene una gran riqueza de recursos de aguas subterráneas, lo que es altamente positivo, no solo en lo referente a su abastecimiento actual y futuro, sino también para su desarrollo económico. No obstante la gestión correcta y eficiente de estos recursos todavía no se ha alcanzado y es una tarea prioritaria.

Debido a que la meseta del Valle Central es volcánica, constituida por formaciones de rocas recientes, se presentan inigualables condiciones hidrogeológicas para el desarrollo de acuíferos (Barva y Colima, por ejemplo). Se presenta una serie de acuíferos sobrepuestos, algunos de ellos de gran potencial hidrogeológico, con pozos que producen caudales de hasta 100 litros por segundo. En las zonas de descarga acuífera se producen importantes manantiales cuyas aguas en algunos casos son captadas para el abastecimiento de poblaciones.

Potencial y valor estratégico. Según los estudios de PRUGAM (Planificación Regional y Urbana de la Gran Área Metropolitana), anualmente se recargan hacia los acuíferos cerca de 650 millones de m3 de agua de lluvia, para los 1.780 km2 de la Gran Área Metropolitana. Esto da capacidad para abastecer el doble de la población que habita en la GAM ¡e incluso la población entera de todo el país!
En la problemática de la gestión de este recurso entra el uso de tanques sépticos los cuales, pese a que son útiles, cuando se usan en forma intensiva causan daño, dado que producen coliformes fecales y otros contaminantes (como nitratos) que se propagan al suelo y los acuíferos. Los acuíferos del Valle Central han estado mostrando un aumento en esos contaminantes, a causa del crecimiento urbano y el uso de tanques sépticos. El conocimiento de esta realidad no debe llevar necesariamente a prohibir los tanques sépticos, lo que se requiere es determinar con eficiencia dónde son viables y dónde no.

Por otro lado tenemos la construcción de pozos, de los que solo en la GAM hay más de 2.000. Su número real debe ser mayor, ya que hay muchos no registrados. Tener un control claro y sistemático sobre la cantidad de agua que se extrae de los acuíferos y el uso que se le da es indispensable para su correcta administración.

En cuanto a los manantiales, éstos son de muchos tipos y se diferencian respecto a su caudal o el acuífero de procedencia, si es libre, confinado o semiconfinado. Esto debe ser bien diferenciado para fijar las áreas de protección. Fijar radios de protección de hasta 200 metros a los manantiales debe ser la última medida a aplicar en ausencia de datos técnicos hidrogeológicos. Cuando esos datos existen o se pueden obtener, el criterio del área de protección debe ser establecido según un estudio técnico hidrogeológico, ya que de lo contrario se puede cometer el error de dejar como área de protección terrenos de propiedad privada que en realidad no cumplen ningún objetivo.

Dada la extensión de las áreas de recarga en la GAM, no resulta para nada práctico establecer medidas extremas, como señalar que no se deben dar usos del suelo para la construcción sobre áreas de recarga o descarga acuífera y establecer radios de protección para todos los pozos y manantiales que se encuentren. Hacer esto, dada la gran riqueza hidrogeológica que se tiene, implica que casi no quedaría territorio para desplegar actividades de desarrollo urbano o de agricultura en el Valle Central. La solución debe venir por otro lado.

A consecuencia de que se han emitido diversas leyes relacionadas con el tema del agua, en diferentes tiempos se han creado diversas instituciones que administran partes de la gestión de los recursos hídricos. Como las reglas no están claras y dadas las limitaciones que tienen todas esas instituciones, en la práctica se da un alto grado de ilegalidad en el uso del agua y, peor todavía, ésta se contamina.

Tareas a realizar. Prioritaria es la modernización de la legislación para dar orden y coherencia a la administración, uso y protección del recurso hídrico. Pero hay otras tareas que se pueden hacer ya y que podrían ser también efectivas. Primero, es vital poner en orden la reglamentación con base, no solo en la ley de aguas, sino en todas las leyes relacionadas y siguiendo criterios de lógica científica y de racionalidad, de acuerdo con la realidad hídrica del país.

Es urgente la promulgación del Reglamento de Uso, Manejo y Protección de Aguas Subterráneas, cuyo borrador tiene el MINAET hace ya 2 años. Un reglamento de este tipo no requiere de una nueva ley, solo necesita de voluntad política. Su objetivo es ordenar y fijar las reglas técnicas básicas necesarias para categorizar áreas de recarga y descarga, acuíferos, manantiales y pozos, así como sus áreas de protección. Este reglamento es urgente, dado que la Sala Constitucional ha emitido sentencias clave, tanto sobre áreas de protección como para hacer planes reguladores.

Una mejor coordinación entre las instituciones relacionadas con el recurso hídrico no surge de la nada, debe partir del establecimiento lógico, científico, técnico y racional de reglas claras para todos, de parámetros y estándares, así como de lineamientos y procedimientos bien definidos, que ordenen el papel y la función de cada entidad dentro del complejo marco de la gestión de los recursos hídricos. La palabra la tienen nuestras autoridades, y también los ciudadanos.

Minería de oro en países tropicales

El oro no aparece de la nada, ni obedece a la casualidad sino requiere de características geológicas particulares tales como zonas de choque de placas tectónicas, como se da en el caso de Centroamérica. Principalmente los yacimientos de oro se presentan en asociación con rocas volcánicas, por ello se busca el oro en las cordilleras o mesetas.

Estas mismas rocas, además, tienen una gran capacidad para almacenar y transmitir agua. En regiones tropicales, como Costa Rica, debido a las lluvias y a las rocas volcánicas se forman acuíferos subterráneos, de gran valor estratégico, ya que son una fuente de agua segura para las comunidades. Además, por el clima tropical, suelos volcánicos de alta fertilidad y buenas condiciones para la vida, se desarrolla una gran biodiversidad. Así, sus montañas, de exuberantes bosques y alta biodiversidad, representan un gran tesoro de vida.

La minería de oro (‘a cielo abierto’ o subterránea) y otra minería que utilice sustancias químicas, entra en conflicto con las condiciones naturales de biodiversidad, suelos fértiles, agua superficial y acuíferos, debido a que impacta de forma irreversible esos recursos para extraer el oro.

Costa Rica y Centroamérica por sus condiciones naturales y gran potencial en yacimientos de oro se han enfrentado por años a esa encrucijada: permitir la minería de oro o, conservar los ecosistemas y dar un uso diferente al suelo, protegiendo un recurso vital como el agua. Es un debate que requiere de más información para decidir con criterio. Por ello, el artículo de la publicación del mes de diciembre de National Geographic , titulado “ Oro: El costo humano de una obsesión ” es de interés meritorio. Globalmente, el oro se usa principalmente en joyería. En segundo lugar se utiliza en la electrónica y para fines dentales. En tercer lugar, para fondos de inversión, como lingotes y monedas. Actividad esta última que se encuentra en franco crecimiento.

Impacto ambiental. En la historia se han extraído, hasta ahora, 161.000 toneladas de oro, lo que apenas equivale a llenar dos piscinas olímpicas. La mitad de ese oro fue extraído durante los últimos 50 años. No obstante, es sabido que el oro es un recurso que se agota. “Los depósitos más ricos del planeta se agotan rápidamente y cada vez es más difícil hallar nuevas vetas” señala el artículo, y agrega que “casi todo el oro que falta por explotar yace enterrado en minúsculas cantidades en aislados y frágiles rincones del planeta. Es una invitación a la destrucción”.

Sobre los impactos ambientales, el artículo recalca un tema muy importante para todos los que tenemos interés en el futuro y el desarrollo sostenible de nuestros países. Se indica: “ Del otro lado de la balanza se encuentran las descomunales minas a cielo abierto explotadas por las compañías más grandes del mundo […] Aunque ciertamente crean empleos y llevan tecnologías y desarrollo a lugares muy apartados, estas operaciones generan más desperdicio por onza que las de cualquier otro metal […] Aquí, obtener apenas una onza de oro (cantidad suficiente para producir un anillo de matrimonio) obliga a extraer más de 250 toneladas de roca y mineral”.

El precio de la onza de oro fluctúa, últimamente con una tendencia creciente: las proyecciones indican que en poco tiempo llegaría a los dos mil dólares. Debido a dos causas: primero, que muchos inversionistas, en crisis financiera, respaldan sus fondos con oro. Segundo, porque además de la India, principal consumidor de oro para joyería, China ha asumido el segundo lugar. Estos dos gigantes representan un mercado muy beneficioso para las mineras de oro.

Parámetros estratégicos. La minería de oro genera impactos ambientales significativos e irreversibles en el ambiente. En el caso de los países de climas más secos o desérticos, esos efectos son menos notables, debido a su limitada condición ambiental, ya que no hay bosques, ni suelos, ni agua que puedan ser impactados. En los países tropicales, en cambio, es todo lo contrario. Los daños ambientales que se producen son altamente significativos y la mitigación de los mismos, aunque parcial, es muy costosa. El caso de Centroamérica (incluyendo Costa Rica), además de su vulnerabilidad ambiental, se agrava por vulnerabilidades relacionadas con una legislación minera obsoleta y no armonizada con la escueta legislación ambiental sumada a la escasa capacidad de control y prevención del daño ambiental por parte de las autoridades.

Ante este panorama es necesario analizar seriamente si la estrategia de abrirse, sin condiciones, a la minería de oro para explotar los yacimientos presentes en nuestros países es una decisión acertada en este momento. El artículo antes citado señala que las grandes empresas mineras del mundo, se desplazan hacia las regiones tropicales debido a “los beneficios de operar en los países en desarrollo (menores costos, rendimientos más altos y menos reglamentos)”. La estrategia minera y ambiental a seguir por Centroamérica debe ser diferente:

a. Permitir que la población conozca las alternativas y decida si la minería de oro debe formar parte del modelo de desarrollo económico de nuestros países tropicales.

b. Modernizar de forma verdaderamente participativa la legislación técnica, ambiental y económica que rige la actividad minera, de manera que las decisiones se tomen sobre verdaderos estudios de costo/beneficio ambiental.

c. Fortalecer de forma efectiva las autoridades de control técnico y ambiental.

Hacer lo contrario, con argumentos de oportunidad y de visión de corto plazo, solo es beneficioso para una muy pequeña minoría y no para los verdaderos intereses de nuestros países.

Minería química y colonialismo del siglo XXI

Pese a las diferentes opiniones, es claro y existe cierto consenso de que la actividad minera que extrae metales preciosos del suelo y subsuelo, con el uso de sustancias químicas, como el cianuro, es una actividad de alto impacto ambiental.

Esta actividad, desde que inicia su construcción produce severos impactos en el ambiente. Muchos de esos impactos son irreversibles. Durante su operación, la actividad representa un riesgo muy alto para el ambiente dado que implica el uso de varias sustancias químicas peligrosas. Incluso después de que la mina ha terminado, la actividad sigue siendo de alto riesgo por los efectos de contaminación que sus residuos y los efectos de su operación ha dejado tras de sí.

Medidas ambientales. En los países desarrollados donde se practica la minería de este tipo, se han impuesto una serie de medidas ambientales, jurídicas, técnicas y económicas, con dos objetivos, uno para que solo sean las empresas más responsables las que realicen esta actividad y dos, para que las que lo realicen cumplan estrictas regulaciones, so pena de sufrir severas sanciones por su incumplimiento. A pesar de esto, en algunos casos, los problemas ambientales suceden.

Por su parte, en los países en vías de desarrollo, caracterizados por andar a la zaga, respecto a los países desarrollados, se dispone de leyes, regulaciones y normas para muchas actividades productivas, incluyendo la minería química, que comparativamente resultan muy atrasadas y vulnerables.

Un ejemplo sencillo de esto, lo representa, para el caso de Costa Rica, el canon de minería, que es, por así decirlo, el impuesto directo que paga la minería al Estado por permitirle (concesionarle) la extracción de los recursos minerales del suelo y subsuelo del territorio costarricense que, dicho sea de paso, pertenece a las generaciones presentes y futuras y no a las empresas mineras.

En el caso de nuestro país, es de solo un 2 %. Es decir que, si extraigo 100 onzas de oro por medio de una minería química de alto riesgo ambiental, ¡solo tengo que pagar por eso, el equivalente a 2 onzas de oro! Cabe destacar que en algunos países desarrollados ese impuesto es mucho mayor, del orden del 10% hasta el 20 % (EE. UU. y Canadá), que, sumados a otros impuestos locales y nacionales, hacen que esas actividades paguen impuestos superiores al 40%.

Es como en la época inicial de la Colonia: los conquistadores daban espejitos y baratijas a cambio del oro de nuestros aborígenes. Hoy, cinco siglos después, aún se sigue haciendo eso, solo que con instrumentos algo más sofisticados.

Costo elevado. En vez de las modernas armas con que el conquistador amenazaba, hoy en día se acude a demandas con arbitrajes internacionales, con el costo que podría tener para el país el pago de elevados honorarios para abogados internacionales, así como el costo del proceso y que se corre el riesgo de tener que indemnizar a las empresas mineras.

No obstante, se debe tomar en cuenta que las empresas mineras que se aventuran a llegar a estos territorios, cuales conquistadores del siglo XXI, lo hacen conocedoras de que los países donde se están introduciendo, presentan una selva completa de confusa y a veces contradictoria legislación ambiental. Que al igual que el ambiente que los caracteriza, es frágil y llena de diversidad.

Ante tal maraña, y la discusión de qué es lo correcto y qué no lo es, queda en el aire la pregunta de si nuestro país tropical, verde, exuberante y rico en recursos hídricos, está, en este momento, verdaderamente preparado para realizar una actividad tan riesgosa e impactante al ambiente como la minería química. La decisión depende de nosotros mismos.

Agua: Tesoro mal administrado

El agua subterránea contenida en los acuíferos del país es un verdadero tesoro natural que tiene Costa Rica, pero como no se ve a simple vista se presta para que muchos inventen todo tipo de historias y se cometan errores en su manejo y protección.

Para citar un caso, el tamaño de la superficie de la subcuenca del río Birris es de 50 kilómetros cuadrados. Sobre ella se producen hortalizas, leche, energía hidroeléctrica, viven cerca de 20 mil personas y tiene un paisaje volcánico tropical de altura que encantaría a cualquier turista.

Además, posee al menos dos acuíferos volcánicos y en ella se infiltran poco más de 38 millones de metros cúbicos de agua llovida por año.

Por si eso fuera poco posee más de 120 manantiales, que generan alrededor de 31 mil millones de litros de agua por año. Cantidad que supera incluso el número de botellas de agua de 1 litro que se consumen en los Estados Unidos de América, durante un año.

Sin embargo, esta abundancia de agua se enturbia con el manejo que se ha venido dando de ella. Una reciente investigación de postgrado en la Universidad de Costa Rica demostró que hay gran contaminación y deterioro ambiental de la subcuenca del río Birris por el uso del suelo, principalmente en lo agrícola y agropecuario, con el uso de agroquímicos y plaguicidas y donde el tema de las aguas subterráneas no se ha tomado en cuenta. Inclusive, casi la totalidad de los manantiales mencionados se encuentran dentro de las zonas de sobreuso o de desequilibrio ambiental
Esto, definitivamente, prende una luz de alerta.

En otras palabras, no tiene fundamento el argumento de que en el futuro nos vamos a quedar sin agua porque se la van a embotellar y llevar. Agua hay, y en abundancia, lo que se requiere son recursos y tecnología para manejarla y administrarla debidamente. Que todos colaboremos en su conservación.

Es muy importante recalcar que las acciones a tomar son de índole técnico. Ante todo se requiere de una moderna Ley de Recursos Hídricos, que realmente considere el correcto manejo, aprovechamiento racional y protección de las aguas subterráneas como uno de los ejes primordiales a atender. Caso contrario, como podría suceder con la aprobación del Proyecto de Ley dictaminado por la Comisión de Ambiente de la Asamblea Legislativa en abril del 2005, estaríamos perdiendo una importante oportunidad para mejorar. Nuestros diputados tienen la palabra.