Diario Extra

Sobre propuesta POTGAM: Innecesaria apertura del anillo de contención

Con el fin de continuar analizando la propuesta del INVU sobre el Plan de Ordenamiento Territorial de la Gran Area Metropolitana (POTGAM), elaborado por esa entidad durante el año 2011 y entregada al Poder Ejecutivo en enero pasado, se hace necesario agregar algunos elementos adicionales a las observaciones previas realizadas por este autor y otros profesionales en diversos medios de comunicación. En primer lugar es importante aclarar que hasta el momento la única versión que ha podido ser accesada del POTGAM es el documento de enero del 2012 remitido al Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos (MIVAH) y de esta entidad a algunas instituciones para su revisión.

Hasta ahora no hay otro documento sustitutivo. Y esto es relevante en la medida de que, pese a las observaciones y críticas técnicas realizadas de forma abierta a la propuesta del INVU, se sigue sin tener una clara respuesta pública de esa entidad. La única opinión externada hasta ahora no contra-argumenta técnicamente, solamente señala las razones para que se haya propuesto el POTGAM por el INVU.

Esto produce mayor desconfianza y es posiblemente el peor elemento de cara a una discusión técnica abierta, participativa y transparente sobre el futuro de la GAM.

Nos preguntamos entonces: ¿por qué el INVU no defiende con argumentos técnicos la propuesta que elaboró a lo largo del 2011 y en la cual se invirtieron ¢190 millones? Esta pregunta todavía está abierta y a la espera de respuesta.

En segundo lugar, llama la atención que el INVU, la misma entidad que primero participó en la elaboración del PRUGAM y que luego lo revisó y terminó rechazándolo en abril del 2010, es la entidad a la que el Poder Ejecutivo le encomienda la tarea de “arreglar el PRUGAM”, pero termina elaborando una propuesta diametralmente opuesta como lo es el POTGAM.

A esta cuestionable posición de “juez y parte”  y de “solo yo tengo razón” que tiene el INVU se suma el hecho de que no se ha dado un efectivo y sistemático proceso de divulgación y consulta pública de la propuesta. La sola realización de algunos foros ante ciertas instituciones y reuniones con municipalidades no es suficiente.

Discusión pública. Los ciudadanos de la GAM y del país entero requerimos que se de un proceso amplio de participación pública sobre la propuesta del POTGAM, y en particular, cuáles son sus diferencias con la propuesta del PRUGAM, cuya preparación y elaboración llevó casi 10 años a un costo de 18 millones de euros, invertidos en parte por la Unión Europea, y vergonzosamente descartada en el 2010.

Como parte de la discusión abierta que debe darse alrededor del Plan Regional de la GAM (PRUGAM/POTGAM, o el nombre que se le quiera dar), hay un tema esencial, como lo es el hecho de ¿dónde debe plantearse el desarrollo urbano de alta y muy alta densidad de la urbe? Como se ha señalado en artículos previos, plantear la extensión de la GAM hacia el norte y sur, sobre las zonas de montaña, no es viable desde el punto de vista ambiental y de la gestión de riesgo. Hacer esto, además de poner a por lo menos 1 millón de habitantes nuevos de la GAM en condición de alto y muy alto riesgo a las amenazas naturales (deslizamientos, fallas geológicas activas, procesos erosivos, avalanchas, inundaciones y peligros volcánicos), también representa un daño directo a las áreas de protección ambiental, como son las zonas de pendiente, bosques y de recarga acuífera, así como al paisaje verde que rodea la GAM.

No olvidemos, como pareciera olvidarlo el INVU, que el 80% de la población de la GAM se abastece del agua potable extraída de los acuíferos Barva, Colima Superior e Inferior, cuyas áreas de recarga deben ser consideradas como estratégicas para la sostenibilidad hídrica de nuestro país. Eso precisamente es lo que propone el POTGAM, que en esencia plantea extender el anillo de contención urbana del Plan GAM de 1982, en 15.000 hectáreas (ha), 62% de las cuales (más de 10.000 ha) son zonas de alta y muy alta fragilidad ambiental.

Ante el argumento esbozado por algunos de que “ya no hay área para urbanizar en la GAM” o dentro del anillo del contención, la respuesta es simple: ¡no es cierto! Los estudios de uso del suelo, realizados para el PRUGAM, muestras resultados contundentes.

En primer lugar, dentro del anillo de contención hay 10.500 ha no urbanizadas y aptas para desarrollo urbano de alta y muy alta densidad, incluso para desarrollo vertical. Si a esto se suman las áreas de renovación urbana dentro del mismo anillo de contención, planteado dentro de una nueva filosofía de ciudad compacta y con crecimiento vertical, se concluye que hay capacidad para albergar la población actual y la nueva población de la GAM incluso más allá del 2030.

Pero el asunto no termina allí, fuera del anillo de contención actual, y siempre dentro de la meseta volcánica, en zonas de moderada fragilidad ambiental, se presentan otras 8.000 ha aptas para desarrollo urbano de alta y muy alta densidad. Estas áreas podrían ser incorporadas para desarrollo urbano por las municipalidades, de acuerdo con sus necesidades y conforme elaboren sus planes reguladores locales.

Sin justificación. Como se puede ver, no hay justificación técnica alguna para plantear la ampliación del anillo de contención en sacrificio de las áreas de protección de la GAM.

Ante todo esto nos surge la pregunta: ¿entonces por qué tanta insistencia del INVU en ampliar el anillo de contención? No olvidemos que durante los últimos diez años hubo tres intentos de ampliar el anillo por parte del INVU. Dos de ellas en la administración Arias Sánchez. En todos los casos la Sala IV declaró inconstitucional dichos intentos.

Una posible respuesta a esa pregunta podría encontrarse en la Revista Construcción N° 156 de este año, de la Cámara Costarricense de la Construcción (CCC), que conformó un Comité de Vivienda y Desarrollo Inmobiliario cuyo objetivo es claro: defender el POTGAM.

Ello se deduce de unos de los párrafos del artículo que señala textualmente: “El POT GAM fue trabajado por el INVU el año anterior y se espera que vea la luz el primer semestre de este año, con un perfil más cercano a las necesidades reales en materia de ordenamiento territorial, con directrices y orientaciones generales que recogen los aspectos más relevantes en esta materia, los cuales son de gran interés para este Comité, y de la Cámara de Construcción, en general”.

Los ciudadanos de la GAM, y del país en general, tenemos el derecho de participar activamente en la discusión de una propuesta tan importante, como es el uso del suelo y el ordenamiento urbano que nos regirá las próximas décadas.

Quienes vivimos y experimentamos todos los días los problemas ambientales y sociales que ya tiene la ciudad, tenemos todo el derecho de exigir propuestas de planificación encaminadas a corregir los errores cometidos en el pasado en vez de sumar más problemas. Nuestras autoridades tienen la palabra, pese al vergonzoso silencio en el que se mantienen desde hace varios meses.

Afectación ambiental de los cantones por el POTGAM (II)

Continuando con el artículo de la semana pasada, en que se detalló la afectación ambiental que tendrían los cantones del sur y este de la Gran Area Metropolitana, en caso de que se aprobara la propuesta del INVU sobre el POTGAM, corresponde ahora analizar la situación en los cantones del sector norte y este de la GAM. Santo Domingo: el cambio del anillo de contención en este cantón abre  a la intensa urbanización amplias zonas incluidas hoy como áreas de protección, exceptuando el sector de San Luis. En total, las nuevas áreas a urbanizar según el POTGAM corresponden con 1.203 hectáreas (ha) (12,03 Km2), de las cuales el 43,6% son zonas de Alta y Muy Alta Fragilidad. Se trata de áreas de recarga acuífera y de zonas de pendiente vulnerables a fenómenos de deslizamientos, principalmente. En este caso, el área urbana de este cantón se estaría ampliando en 121.8%, o sea, que Santo Domingo superaría la duplicación de su área urbana con el POTGAM, algo que obviamente haría que el trabajo realizado hasta ahora con el plan regulador por la Municipalidad debería replantearse nuevamente desde el principio. Tratándose además de una Municipalidad ubicada en el puesto 74 de las 81 según el ranking de la CGR, queda claro que el desafío sería enorme.

San Isidro: este cantón incrementaría su área urbana en 206 ha, de las cuales 129, es decir el 62%, corresponden con zonas de alta y muy alta fragilidad ambiental. Se trata también de terrenos vulnerables a deslizamientos, erosión y el paso de avalanchas.

Es importante destacar que la ciudad de San Isidro se localiza fuera del anillo de contención del Plan GAM de 1982, y que corresponde a las cabeceras de cantón a las cuales se les definió un cuadrante urbano fuera del anillo. Dicho cuadrante ha sido ampliamente irrespetado y ha crecido desordenadamente sobre áreas ambientalmente frágiles, muchas de ellas zonas de recarga acuífera de vital importancia para los acuíferos subyacentes. El POTGAM, lejos de corregir esta situación, no solo la formaliza, sino que la incrementa.

San Pablo: la totalidad de este pequeño cantón herediano quedaría dentro del anillo de contención que propone el POTGAM, de manera que el 100% de su territorio pasaría a zona urbana de alta densidad. En la actualidad San Pablo tiene un área urbana de 5.53 Km2 (553 ha) y con el POTGAM se estarían incrementando en 2.79 km2 (279 ha); es decir, el 50 %, con el agravante de que 139 ha, es decir, el 49,8% corresponden a zonas de alta y muy alta fragilidad. Son zonas de recarga acuífera y vulnerables a deslizamientos, no aptas para la intensa urbanización.

San Rafael: incrementaría su área urbana en un 52,5%, lo que representa un total de 228 ha de nuevas áreas urbanas, de las cuales el 100% corresponden a zonas de alta y muy alta fragilidad ambiental, no aptas para la intensa urbanización, debido a que se trata de áreas de recarga acuífera, vulnerables a deslizamientos, inundación y paso de avalanchas.

Este cantón es un buen ejemplo de la importancia que tiene un buen Plan Regional para la GAM, en razón de que las zonas urbanas de alta densidad deben ser planteadas hacia cantones más aptos para ello, mientras que cantones como San Rafael deberían ser orientados hacia la protección de las áreas de recarga y las zonas de bosques o de cultivos ecológicos. Establecer zonas urbanas donde no hay aptitud para ello lo único que provoca es aumentar la población que ya vive en condiciones de alto y muy alto riesgo.

Barva: este cantón incrementa su área urbana en 161 ha, de las cuales 105 ha, es decir, el 65% corresponden a áreas de alta y muy alta fragilidad ambiental. Se trata de zonas importantes de recarga acuífera y vulnerables a deslizamientos que no deberían ser objeto de intensa urbanización como lo propone el POTGAM.

Santa Bárbara: el área de intensa urbanización en este cantón aumentaría en 5.42 km2, es decir, 542 ha, de las cuales 224, el 41.3%, corresponden a zonas de alta y muy alta fragilidad, por tratarse también de zonas de recarga acuífera y vulnerables a deslizamientos.

Es un caso similar al de San Isidro, donde la ampliación del anillo de contención propuesto por el POTGAM asimila la ciudad de Santa Bárbara como parte de la urbe de la GAM, al dejarla dentro del nuevo anillo de contención propuesto. Situación que no remedia los problemas ambientales planteados, sino que más bien los agudiza de manera alarmante.

Alajuela: es el cantón con mayor incremento del área de intensa urbanización. De acuerdo con el POTGAM incrementaría su área urbana en 59.78 km2, es decir, 5,978 ha, de las cuales 3.106, es decir, el 51.9%, corresponden a zonas de alta y muy alta fragilidad, no aptas para el desarrollo urbano. Se trata de zonas vulnerables a deslizamientos y procesos erosivos que se localizan en el área de relieve al suroeste de Turrúcares y que se están planteando para urbanización intensa como parte del POTGAM.

Al igual que para los cantones del sur y este de la GAM, para los cantones del norte y oeste, el POTGAM mantiene la misma línea de ensanchar el anillo de contención, para absorber las áreas urbanas desarrolladas fuera del anillo de contención del Plan GAM de 1982 y uniformizar así las áreas urbanas de la GAM. No obstante, como hemos visto, hacer esto constituye un severo error, pues lejos de resolver los serios problemas ambientales que significa y ha significado ese desarrollo urbano desordenado fuera el anillo de contención, lo que se estaría haciendo es aumentando su condición ambiental crítica.

Con lo propuesto por el POTGAM se estaría de alguna manera "tapando un error con un nuevo error", cuyo resultado desde el punto de vista ambiental es fácilmente predecible, en la medida de que se agudizarían los serios problemas ambientales ya existentes.

Aparte de esto, no debemos olvidar que el POTGAM lleva consigo la propuesta de construir una carretera nacional de 6 carriles, tanto en el borde norte como sur del nuevo anillo de contención ampliado. Como se ha dicho, el solo hecho de que ese planteamiento quede plasmado en un decreto del Poder Ejecutivo, a pesar de contravenir la misma planificación vial del MOPT, produciría una fuerte especulación inmobiliaria que llevaría a que (al igual que sucedió con el Plan GAM de 1982) se de una fuerte presión por urbanizar las áreas aledañas al nuevo anillo de contención del POTGAM, o sea, que se sigan urbanizando las zonas de montaña.

Con el POTGAM las montañas de Heredia corren un grave peligro de ser severamente impactadas, incluyendo sus bosques, sus nacientes y sus áreas de recarga acuífera, que son de un enorme valor estratégico para la GAM. Esto debido a que de allí proviene la gran mayoría del agua subterránea de los acuíferos Barva, Colima Superior e Inferior, con los cuales se abastece el 80% del agua que se usa en la GAM.

Nuestras autoridades aun no cumplen con un fallo de la Sala IV de agosto del 2008, tendiente a amojonar la Zona Inalienable decretada visionariamente por nuestros antepasados en 1888 (Decreto Ley 65), y que obliga además a 8 cantones a contar con un Mapa de Vulnerabilidad Hidrogeológica previo al ordenamiento de su crecimiento urbano.

Verdadera amenaza. Como se puede ver, el planteamiento esencial del POTGAM de promover la expansión urbana de la GAM hacia las montañas, hacia el norte y hacia el sur, constituye una verdadera amenaza a la sostenibilidad ambiental e hídrica de la GAM. Máxime cuando la GAM, en las zonas de meseta todavía tiene muchas áreas susceptibles a ser urbanizadas, sin necesidad de poner en peligro a un gran porcentaje de su población, ni el ambiente y los recursos naturales de la GAM.

Ante todo esto, no queda más que reafirmar lo ya señalado, de que los ciudadanos de los diferentes cantones afectados deben organizarse y llamar a cuentas a sus autoridades locales para que estas a su vez rechacen de plano la eventual aprobación del POTGAM, y eviten que se cierna un desastre ambiental para sus territorios y pobladores.

El país no puede darse el lujo de desechar 10 años de estudios técnicos en la GAM y más de $25 millones de la cooperación europea y nacional invertidos en el PRUGAM, para dar paso al POTGAM, que sería a todas luces una decisión política antojadiza carente de criterios técnicos.

Afectación ambiental de los cantones con el POTGAM

Como producto de los artículos previos elaborados por el autor, relacionados a los alcances ambientales del Plan de Ordenamiento Territorial de la Gran Area Metropolitana (POTGAM), elaborado por el INVU en el 2011 y presentado al Poder Ejecutivo el pasado mes de enero, se plantearon importantes dudas de parte de habitantes de diversos cantones de la GAM sobre el futuro de sus respectivos cantones. En respuesta a estas legítimas preocupaciones hemos intentado analizar las consecuencias del POTGAM a nivel cantonal, en particular en lo relacionado a la gestión ambiental y de riesgos. Debido a que se trata de un número importante de cantones, y a fin de dedicar al menos un pequeño párrafo para cada uno, hemos separado el artículo en dos partes. El presente artículo analiza los cantones del sur y el este de la GAM.

Escazú: el anillo de expansión urbana se amplía en el sector de Torrotillo, al sureste de San Antonio, en aproximadamente 139 hectáreas (ha), donde el 96% corresponden  a zonas de alta y muy alta fragilidad ambiental. Se trata de zonas de relieve, vulnerables a deslizamientos, inundaciones, paso de avalanchas y fallamiento geológico activo.

Alajuelita: el área urbana se expande hacia la montaña, con una extensión de 435 ha, donde el 99.5% corresponde con zonas de muy alta y alta fragilidad ambiental, y solamente 0.5% son aptas para el desarrollo urbano. Dado el calificativo de “cantón solidario”, existe una alta probabilidad de que estas nuevas zonas urbanas sean para desarrollo de urbanizaciones de interés social. Podría significar hasta 150.000 nuevos habitantes viviendo, casi todos, en condiciones de alto y muy alto riesgo.

Desamparados: el anillo urbano se amplia para cubrir la zona de relieve de San Juan de Dios, Higuito y la totalidad de la Loma Salitral, para un total de 400 ha de las cuales solamente el 0.25% son aptas para desarrollo urbano y el resto (99.75%) corresponde a áreas de alta y muy alta fragilidad ambiental. Se trata de zonas boscosas, de relieve y vulnerables a deslizamientos y fallamiento geológico.

La Unión: este cantón es uno de los que mayor expansión urbana sufriría, con un total de 1,528 ha, de las cuales el 65% (999 ha) corresponden a zonas de alta y muy alta fragilidad no aptas para ese fin.  Las nuevas áreas urbanas en este cantón cubrirían algunos sectores de La Carpintera, así como las zonas de relieve de Concepción, Dulce Nombre, San Ramón y Alto Carmen, incluyendo las nacientes del Río María Aguilar.

El Guarco: con la ampliación del anillo de contención urbana propuesto por el POTGAM, las áreas urbanas se extenderían en 179 ha, de las cuales 125 (casi el 70%) corresponden a zonas de alta y muy alta fragilidad ambiental. Se incluyen las áreas de relieve de Quebradilla y Finca Monte León.

Cartago: el anillo se expande en el sector de Turbina al norte de la Ciudad de Cartago, así como una importante área al sur, en la zona de relieve al sur y suroeste de Lourdes, para un total de 931 nuevas ha de desarrollo urbano, de las cuales 671 (el 72%) son zonas de muy alta y alta fragilidad ambiental.

Paraíso: se propone una fuerte expansión urbana al norte, sur y este de la ciudad, para un total de 871 ha, de las cuales 573 (65.7%) son de alta y muy alta fragilidad, y solamente 298 ha son aptas para desarrollo urbano.

Oreamuno: la expansión urbana en este cantón propone 183 nuevas ha, de las cuales 77 (42%) son de alta y muy alta fragilidad ambiental.

Montes de Oca: la expansión urbana en este cantón abarca un total de 485 nuevas ha, casi todas en el Distrito de San Rafael, hasta una altura de 1.600 metros sobre el nivel del mar, incluyendo la parte alta del Río Torres. En este caso el 469 ha (96.7% son de alta y muy alta fragilidad, vulnerables a deslizamientos, avalanchas, inundaciones y también áreas de recarga acuífera y de aptitud forestal.

Goicoechea: la expansión urbana propuesta cubriría los sectores de Jaboncillo y Vista de Mar, con 353 nuevas ha de urbanizaciones, de las cuales la totalidad corresponde a zonas de alta fragilidad ambiental, particularmente por ser áreas de recarga acuífera y vulnerables a procesos de erosión y deslizamientos.

Vázquez de Coronado: aquí se propone una fuerte expansión urbana, que abarca un total de 634 ha, cubriendo los sectores de Alpes, San Rafael, San Pedro y el norte de San Isidro. De ese total, solamente 9 ha son aptas para desarrollo urbano, el resto, es decir, 625 ha, el 98.5%, no son aptas para urbanización debido a su fragilidad ambiental. Son áreas vulnerables a deslizamientos y donde se presentan nacientes de agua, así como zonas boscosas.

Moravia: se propone una expansión urbana de 400 ha, cubriendo hasta la parte norte de Paracito. Solamente 21 ha de ese total son aptas para urbanizaciones, el resto, 379 ha (94.7%), no son aptas, dada su alta a muy alta fragilidad ambiental.

Como se ha indicado, la urbanización de todas esas zonas no ocurrirá de inmediato. Se irá notando poco a poco con el paso de los años. Las áreas que hoy están cubiertas de potreros arbolados y bosques irán siendo sustituidas por urbanizaciones. Las nacientes de agua se irán secando.

Las tomas de aguas superficiales que abastecen en agua potable cantones abajo sufrirían el impacto de la contaminación, como ya ocurre con Santo Domingo en relación con el Río Agra (entre Coronado y Moravia). El paisaje cambiará de una vista verde de vegetación a un paisaje urbano de construcciones y más construcciones.

Lo más grave de todo es que, conforme se urbanicen las áreas vulnerables y de recarga acuífera, aumentarán los desastres por deslizamientos, inundaciones, avalanchas y afectación por sismicidad. Cada vez serán más comunes las noticias de casas dañadas y declaradas inhabitables, con sus propietarios reclamando a los bancos, como ya sucede en Moravia, que no les cobren por casas en las que no pueden vivir.

Como se ve, la urbanización de las zonas de montaña de GAM, de alta y muy alta fragilidad ambiental, no es una solución sostenible. Todo lo contrario, vendría a incrementar los ya serios problemas que se han venido acumulando durante las últimas décadas.

Por todo esto, es de imperiosa necesidad que los ciudadanos de todos estos cantones y otros que se detallarán la semana que viene, se organicen y soliciten a sus municipalidades rechazar el POTGAM. De igual manera, pueden exigir explicaciones precisas sobre lo que se pretende hacer. El futuro de sus hijos y de los nuestros, como futuros habitantes de la GAM, está en juego.

No a la urbanización de las montañas del Valle Central

La Planificación Urbana, y de manera más amplia, el ordenamiento del territorio, es una actividad cuyos resultados no se ven de “inmediato”, por el contrario, tardan años, haciendo que lentamente vaya cambiando el paisaje que conocemos.

Por esa razón, para muchos ciudadanos y la esfera política es un tema que pasa inadvertido o simplemente no resulta importante. 
No obstante, es de trascendental relevancia para todos, en especial para los que vivimos en una área determinada de la cual no pensamos salir por los años que nos queda de vida,  así como para nuestros niños y adolescentes y las generaciones futuras, quienes van a heredar el producto de las buenas o malas decisiones que se están tomando ahora.

En razón de esto, resulta indispensable que todos los habitantes de nuestro país tomemos conciencia de lo que pasa y externemos opinión sobre las trascendentales decisiones que se podrían estar tomando en los próximos meses. Estas decisiones pueden afectar nuestras vidas y la de nuestros hijos durante mucho tiempo, con el agravante de que, una vez definida la política, sus consecuencias pueden llegar a ser irreversibles.

POTGAM 2030: El denominado Plan de Ordenamiento Territorial de la Gran Área Metropolitana fue elaborado por el INVU durante el año 2011 y se encuentra en revisión por parte de algunas instituciones nacionales. 
Esta nueva propuesta surge como consecuencia de que el INVU, en abril del 2010, rechazó el Plan Regional Urbano de la Gran Área Metropolitana (PRUGAM 2008– 2030), en el que se tardó casi una década en elaborarlo, se gastaron casi $25 millones con fondos de la Unión Europea y del país, y se realizaron más de 20 detallados estudios técnicos, aparte de que fue revisado y avalado por diversos expertos internacionales.

Según el INVU, el PRUGAM “no dio la talla” o “se quedó corto” en la propuesta, de allí que no se aprobara y se tuviera que sustituir, después de un año de trabajo, y de invertir cerca de 190 millones de colones, por el así llamado POTGAM 2030.

Como he señalado ya en otro artículo previo (LN, 02.02.2012), debido a que coordiné los estudios ambientales para el PRUGAM, he realizado un análisis comparativo entre lo que propone el POTGAM con respecto a la zonificación ambiental que fue aprobada por la SETENA para el PRUGAM en noviembre del 2009. 
El resultado es sencillamente alarmante dado que, en síntesis, el POTGAM lo que propone es expandir en casi 150.000 hectáreas (150 km2) el anillo de contención urbano establecido en 1982 a costa de sacrificar las áreas de protección de la GAM.

Lo que quiere decir la propuesta del INVU es que las zonas de montaña, tanto del sur como del norte del Valle Central, serían urbanizadas durante los próximos 20 años, siguiendo la misma tendencia que el INVU ha venido impulsando y “alcahueteando” durante los últimos 20 años.

Es una propuesta sumamente grave, en la medida de que más de dos tercios de  esas zonas de montaña que se pretende urbanizar son de alta y muy alta fragilidad ambiental.

Esa fragilidad surge por la presencia de zonas de pendientes y la cobertura vegetal, incluyendo bosques. Además, porque se trata en particular de la presencia en la zona norte, de las áreas de recarga acuíferas estratégicas para los acuíferos del Valle Central, con lo que se suministra de agua a un alto porcentaje de la población de la GAM.

La consecuencia podría ser quedarnos sin agua ¿o pensarán los responsables que el agua embotellada es la opción? Sobre este último punto ya SENARA en el 2006 detectó una sobre-explotación de nuestros acuíferos, y la Sala IV ordenó a ocho cantones elaborar mapas de vulnerabilidad hidrogeológica, previo a cualquier desarrollo urbano, en una decisión de agosto del 2008. Se le ordenó también al MINAET delimitar la Zona Inalienable que fue decretada visionariamente por nuestros antepasados en 1888. Cuatro años después, este voto ha sido parcialmente acatado por las autoridades recurridas.

Además de eso, son zonas muy vulnerables a las amenazas naturales, como los sismos, deslizamientos, peligros volcánicos, procesos erosivos y fallamiento geológico superficial.

Como se ve, son zonas con muchas limitaciones técnicas y ambientales para ser urbanizadas que, con buena razón, fueron calificadas como zonas de protección desde el año 1982, y que ahora el mismo INVU pretende liberar para que se urbanicen, poniendo en peligro no solo las aguas subterráneas del Valle Central, sino a los futuros pobladores de esas nuevas zonas.

Municipalidades afectadas. Como consecuencia directa de lo que propone el INVU con el POTGAM, muchas municipalidades de la GAM se verán seriamente afectadas, dado que el trabajo que han venido haciendo durante los últimos años en elaborar sus planes reguladores tendría que ser desechado.

Esto es sumamente grave, porque se trata de un gran esfuerzo de más de 5 años, realizado con la ayuda del PRUGAM y ahora, en caso de aprobarse el POTGAM, tendría que empezarse nuevamente, con todo lo que eso implica.

Lo más indignante de esto no es solo que se pierde el trabajo de años realizado y la inversión económica, sino que mientras los nuevos planes reguladores son elaborados y puestos a funcionar, lo cual puede tardar muchos años, como el caso de San Ramón, que tardó ocho años en ser aprobado por el INVU, resulta que la zonificación urbana que se aplicaría sería la del POTGAM, contrariamente a lo aprobado por SETENA para el PRUGAM.

Como se puede concluir es un asunto sumamente grave y serio, y requiere de la mayor atención de todos los ciudadanos, quienes debemos exigir a las autoridades del INVU y del MIVAH, su ente rector, explicaciones claras y transparentes sobre las razones por las cuales la propuesta del POTGAM contradice flagrantemente la zonificación ambiental aprobada para la GAM en noviembre del 2009.

Se debe investigar y aclarar qué hay y quiénes están detrás de todo esto. Y los “nombres y apellidos" de proyectos que esperan insaciables extender sus urbanizadoras en zonas con tantas limitaciones, frenados ya en tres ocasiones por la Sala IV en relación con la expansión del anillo de contención de la GAM.

Soluciones urgentes. Debemos reflexionar sobre el modelo de crecimiento urbano impulsado en las tres últimas décadas, período en que se ha extendido la ciudad en condiciones de baja densidad, irrespeto al ordenamiento ambiental y empobrecimiento de las condiciones de vida de sus habitantes.

Por el contrario, mejorar las áreas urbanas existentes, dotar de mejores infraestructuras y servicios las ciudades, propiciar mayor densidad poblacional, entre otras soluciones, podría conducirnos a proteger las zonas de alto riesgo y vulnerabilidad e impulsar una verdadera ciudad.

Un planeamiento de esta naturaleza ayudaría a disminuir las deseconomías de escala que, como bien lo apuntó el estudio económico de la Universidad Nacional para el PRUGAM, representan el 4.24% del PIB ($840 millones en el 2005), sencillamente por tener una gran ciudad regional que no funciona. ¿Gracias a quién?
Por eso, en primer lugar, debemos levantar la voz para que se evite la aprobación del POTGAM 2030 y evitar así condenar a la ruina ambiental y urbana a la GAM. En segundo lugar, debemos solicitar que el INVU no participe más en la elaboración de una propuesta de planificación de la GAM.

Municipalidades y torres de telefonía celular

Debido a la reciente salida del voto No. 15763-2011 de la Sala Constitucional sobre telecomunicaciones y el editorial de La Nación del pasado 23 de noviembre, y en razón del alcance que tiene el tema tratado y la serie de interrogantes que han surgido, se hace necesario realizar un comentario de la situación y plasmar algunas aclaraciones pertinentes, a fin de aportar un insumo que contribuya a resolver un problema que requiere de una solución racional y equilibrada.

Es claro, y en esto hay consenso, que se ocupa una red robusta y eficiente, que garantice un servicio de calidad por parte de todas las empresas telefónicas.

También, que las municipalidades no están obligadas a aprobar cualquier localización de una torre o antena de telefonía celular. Que pueden preocuparse por la salud de sus administrados, mejorando y completando lo que hace el Ministerio de Salud.

Que pueden incluso exigir a los operadores que compartan infraestructura para que una misma torre brinde servicios a varios de ellos. Que cuestiones paisajísticas, que constituyen su principal atractivo en algunos casos, no puedan ser ignoradas so pretexto que se necesita colocar torres a como dé lugar. Que los edificios declarados patrimonio nacional no deben verse afectados en sus fachadas por estas torres.

La misma Sala en su voto indica que “los certificados de uso del suelo para la construcción de torres de telefonía celular deben ser emitido de conformidad con la reglamentación vigente”. De manera que deben existir lineamientos técnicos municipales concretos que establezcan los requisitos para la instalación de torres y también de antenas de telefonía celular.

Criterios técnicos. Los criterios técnicos para la localización, construcción y operación de torres y antenas de telefonía celular deben aplicar para todos, independientemente de quien sea el operador. Esos criterios deben cumplir regulaciones de zonificación, alturas y retiros, entre otras, con el fin de controlar emisiones innecesarias, contaminación paisajística y dar la seguridad mínima como establece la misma legislación costarricense.

Y aquí es, precisamente, y como lo hemos señalado previamente (ver LN 30.08.2011: Torres para celulares: más que un tema de salud pública), donde el Estado cometió un error que creó el problema que ahora todos estamos viviendo y que todavía no se ha resuelto.

En agosto del 2009, cuando el ICE le consultó a la SETENA cuál debía ser el procedimiento de evaluación de impacto ambiental (EIA) a cumplir para la instalación de torres de telefonía celular, se pudo prever y resolver la situación desde el principio, antes que se tramitaran más de 3.000 viabilidades ambientales para torres y antenas de telefonía celular.

Lo correcto era que la SETENA, en vez de establecer un procedimiento de EIA sumamente expedito, pidiendo un D2 en vez de un D1 , sin explicar ni justificar la razón para hacerlo, elaborara un instrumento normativo sobre el tema. Con el procedimiento que estableció la SETENA otorgó viabilidades como en fábrica, en apenas 10 días y en contradicción con lo que establecía su propio Reglamento General y el proceso de participación pública que la Ley del Ambiente establece.

Se debió haber establecido un procedimiento que implicara la elaboración de una Guía o Reglamento Ambiental para la localización, construcción y operación de torres y antenas de telefonía celular, de conformidad con lo que establecía el decreto ejecutivo 34522 – MINAE del 16 de junio del 2008.

De esta manera los criterios técnicos, urbanos, ambientales y sociales hubieran quedado estandarizados a nivel nacional desde el principio, no solo para las empresas operadoras, sino para las empresas torreras, que fueron las que localizaron lotes, firmaron contratos, tramitaron permisos y han instalado muchas de las torres.

Con esta base, la situación se hubiera resuelto, no solo para las torres y antenas nuevas, sino también para las que ya había instalado el ICE y que tendrían que pasar por ese tamiz técnico.

El desarrollo y aplicación de ese Reglamento o Guía hubiese permitido resolver algo que la Sala señala en su voto y que, en este momento, no es fácil de resolver, ya que se indica que “las municipalidades del país no pueden establecer regulaciones y requisitos asimétricos que impidan una infraestructura normalizada y uniforme”.

La historia subsiguiente, después de esa poco visionaria acción de la SETENA, ha sido una cadena de yerros interinstitucionales, como la salida de un borrador de reglamento por parte de FEMETROM que regulaba pobremente alturas y retiros de torres, pero no de las antenas, el reglamento del Ministerio de Salud y la guía de SUTEL, que son posteriores a los permisos otorgados.

Como vemos, el problema todavía prevalece, porque en la práctica hay muchas torres colocadas, o por colocarse, con serios problemas técnicos, y de los cuales existen muchas denuncias en las municipalidades, la SETENA, la misma Sala IV y pronto, por lo visto, en el Tribunal Contencioso Administrativo.

Buscando soluciones. Lo más importante del voto de la Sala Constitucional sobre el tema es que da una luz para buscar soluciones integrales a la situación de desorden y caos que la SETENA creó cuando tomó tan a la ligera el asunto, incumpliendo el procedimiento que su mismo reglamento le establecía, desarrollando un procedimiento inconsistente e inapropiado.

El hecho de que cada Municipalidad haya elaborado o elabore su propio reglamento, aunque podría ser una solución posible, resulta incierto, en la medida de que no se tiene garantía de que se cumpla lo señalado por la Sala respecto a que no se pueden establecer regulaciones y requisitos asimétricos que impidan una infraestructura normalizada y uniforme.

En consideración de ello, lo que parece más apropiado para agilizar el proceso es retomar lo que establece el Decreto Ejecutivo No. 34522 – MINAE y elaborar, en el marco participativo de la Comisión Mixta que asesora a la SETENA, el Reglamento Ambiental para la localización, construcción y operación de torres y antenas celulares, el cual debería servir de normativa nacional que fije lineamientos y criterios técnicos estandarizados y simétricos, que deben cumplir TODAS las torres y antenas, tanto las nuevas, como las existentes.

El trabajo realizado en el cantón de Montes de Oca para el reglamento sobre este tema, bastante balanceado y que ha llevado meses de mucho esfuerzo, podría servir de base técnica para ese instrumento, la cual puede regir en poco tiempo y facilitaría que se honre el compromiso del país, a la luz del Derecho Internacional Público, como dice la Sala Constitucional, a contar con una infraestructura robusta, sólida y normalizada en materia de telecomunicaciones.