semanario universidad

Las verdaderas tareas ambientales de la UCR

A propósito de la “forma” de conmemorar el Dia Mundial del Ambiente (5 de junio) en la UCR, y de alguna serie de objeciones que se plantearon a ese “acto simbólico”, respecto a su verdadera efectividad en “hacer conciencia” ambiental a la comunidad universitaria y al público en general, se hace obligatorio plantear, de forma proactiva, algunos puntos concretos sobre “qué puede hacer la UCR por el ambiente”. Veamos:

1.     Quebrada Los Negritos: es una absoluta vergüenza que este curso de agua contaminado atraviese el Campus y que, por tantos años, todavía la UCR no haya hecho nada. Es claro que no toda la contaminación proviene de la UCR, pero, como parte de una acción conjunta con la Municipalidad y otras instituciones, desde hace tiempo, debería estar en ejecución un plan de saneamiento ambiental.

2.     Más árboles y zonas verdes, y menos construcciones horizontales. Lo planteamos hace algún tiempo a propósito del tema de la construcción de la Facultad de Odontología en la Finca Tres (“La UCR debe dar el mejor ejemplo”, Página Abierta del Diario Extra, 14/02/2017). No se trata de un “lujo”, es una necesidad ambiental urgente. Los estudios hidrogeológicos que hemos realizado para Montes de Oca muestran que todo el cantón es un área de recarga acuífera y que bajo el mismo se encuentran al menos dos acuíferos importantes. En los distritos de Mercedes, Sabanilla y San Pedro el modelo de construcciones horizontales, con muy pocas áreas verdes, y este ha sido el modelo urbano incorrecto. La impermeabilización de los terrenos genera un muy serio desbalance hídrico en materia de aguas subterráneas y un exceso de aguas de escorrentía que saturan las quebradas y aumentan la amenaza a inundaciones. En esto, como lo hemos reiterado, se debe dar ejemplo y no lo contrario, como hace la UCR. Debe tenerse un plan ambiental de desarrollo urbano para todas las propiedades y debe mantenerse una línea clara: la sustentabilidad ambiental y no la consecución de nuevas construcciones antiecológicas y no sostenibles ambientalmente. Se requiere todo un plan de renovación urbana ambientalmente sustentable, extensivo a todo el cantón de Montes de Oca.

3.     Menos papel y más uso del sistema digital: aunque hay que reconocer que se ha hecho un esfuerzo, todavía se siguen gastando miles de resmas de papel por año. Doce resmas representan un árbol (cultivado o no), por lo que la UCR implica el sacrificio de muchos árboles anualmente. Todavía muchas circulares, oficios y memorándums se entregan en papel; esto sin contar las tintas y la energía que se consume. La UCR debe dar ejemplo con el más bajo consumo de papel posible y en la máxima tecnificación digital.

4.     Huella de carbono y Carbono Neutralidad: nuestra alma máter debe ser líder en esta materia. Nuestras instalaciones producen emisiones que no son compensadas. Seguimos contribuyendo con la contaminación atmosférica y con el Cambio Climático. Debemos y podemos tomar medidas con el uso de paneles solares y el uso de biodiesel y otros biocombustibles en los medios de trasporte de la UCR, la cual debería plantearse la meta de Carbono Neutralidad en el menor plazo posible.

5.     Y la más importante: crear una verdadera y efectiva tarea de extensión social haciendo conciencia ambiental sobre la aplicación de las verdaderas medidas que se requieren para enfrentar los retos que afronta nuestra Ecosfera terrestre, particularmente en Centroamérica y Costa Rica. Ordenamiento Ambiental del Territorio, Planificación Estratégica y estrictas acciones en la prevención, corrección y control de la contaminación en todas sus manifestaciones son las claves de esa gestión ambiental verdadera. Como hemos dicho, revalorar, reutilizar, reciclar residuos y ahorrar energía y agua ayudan, pero no son suficientes. Son más un placebo para no sentirnos mal con nosotros mismos y la sociedad.

6.     Ser mucho más proactivos y autocríticos en defensa del ambiente. La UCR, como miembro del Conare y por medio de esta, en la Comisión Plenaria de la Setena, no puede seguir siendo cómplice de que se siga haciendo una ineficiente EIA (evaluación de impacto ambiental) en el país y alcahuetear que, en vez de avanzar, retrocedamos. Lo mismo en EAE (evaluación ambiental estratégica) tanto de políticas, planes y programas, como en materia de Ordenamiento Ambiental del Territorio, donde ProDUS-UCR se ha convertido en su peor enemigo, arrastrando consigo, por muchos años, a varias municipalidades que han invertido cientos de millones en planes reguladores que tienen años de esperar y que tienen poca expectativa de ver la luz algún día. ¿Se habrá transformado la UCR en una “estafadora” de municipios en materia de planes reguladores? El tiempo o las demandas nos lo dirán.

Muchas comunidades añoran la época en la que el Consejo Universitario creaba comisiones para examinar megaproyectos sumamente cuestionables como el proyecto minero Crucitas, el PH Diquís o el acueducto Coco-Ocotal en Sardinal. Otros megaproyectos han visto el día, tan cuestionables como los anteriores, sin que el Consejo Universitario considere en lo más mínimo necesario alzar la voz.

Probablemente, hay mucho más que decir. Estoy seguro de que, con la riqueza intelectual que tenemos en la UCR, habrá más propuestas. Aquí presentamos algunas de las más urgentes. Tienen la palabra nuestras autoridades y comunidad universitarias.

Municipalidades y responsabilidades socioambientales

La Constitución Política señala que los gobiernos locales tienen autonomía para tomar decisiones en su territorio. El Código Municipal establece el marco con el que las municipalidades deben gestionar las acciones de administración de ese territorio. Este marco legal representa la “caja de herramientas” para la gestión municipal. Pero esas no son las únicas herramientas, pues se tiene que dar cumplimiento al marco legal nacional, incluidos los preceptos constitucionales.

Uso de suelo (o de la tierra): es uno de las principales funciones de las municipales, así como los permisos de construcción. Es muy importante, dado que define el desarrollo socioeconómico del cantón. Se sigue la lógica de que a mayor cantidad de construcciones, mayor desarrollo tendrá el gobierno local, sin valorar la situación de colapso de un cantón debido a un número elevado de construcciones (en particular en territorios pequeños). Como construcciones se incluyen: casas, desarrollos industriales o agroindustriales, obras de infraestructura y de desarrollo urbano en general.

Es comprensible que en un cantón o distrito se desee desarrollo constructivo y productivo.  No obstante, el alcance del gobierno local no se puede limitar únicamente a aumentar el número de construcciones.  La responsabilidad es más integral y tiene ver con el hecho de que las zonas donde se van a dar sean espacios geográficos seguros y aptos para albergar esas actividades.  Esto es muy importante, dado que también el gobierno local tiene responsabilidad en materia de la protección del ambiente, de los recursos naturales y, en particular, de la vida de sus habitantes. Algo que en momentos en que la humanidad, a modo global, ha alcanzado el limite crítico de la resiliencia de los ecosistemas y, todavía, continúa con un fuerte sacrificio ambiental de la Ecosfera (ver: www.allan-astorga.com), resulta imperativo de tomar en cuenta.

Zonas Especiales: las zonas que no son seguras o que tienen limitaciones importantes para su uso, están definidas como Zonas Especiales por la Ley de Planificación Urbana en su artículo 25 que dice:  “figurarán como zonas especiales, las que soporten alguna reserva en cuanto a su uso y desarrollo, como en el caso de los aeropuertos, los sitios con importancia histórica o los recursos naturales conservables y las áreas demarcadas como inundables, peligrosas o necesarias al propósito de contener el crecimiento urbano periférico”.

El territorio de un cantón o distrito debería tener, como mínimo, una identificación de esas zonas especiales. De esta manera tendría una base técnica para definir usos del suelo y, dado el caso, permisos de construcción. Dada la naturaleza de esas zonas especiales, estas se podrían definir incluso sin tener que esperar a contar con un plan regulador aprobado. El Transitorio II de la Ley de Planificación Urbana y la jurisprudencia constitucional dan el fundamento para que los gobiernos locales, que cuenten con los estudios técnicos, promulguen ordenanzas municipales que permitan mejorar la base con que se establecen los usos del suelo en sus territorios.

Ordenanzas municipales: hemos señalado (ver: www.allan-astorga.com) que al menos 50 municipios cuentan, de forma parcial o total, con una zonificación ambiental por Índice de Fragilidad Ambiental (IFA) o al menos de IFA por amenazas naturales, a una escala apropiada, que permitirían establecer ordenanzas municipales en diversos temas.

Esto es importante para aquellos cantones o distritos que no disponen de Plan Regulador sin la variable ambiental integrada. Las ordenanzas municipales tendrían vigor de ley en el territorio jurisdiccional y determinarían los alcances del uso del suelo que otorgaría la Municipalidad. Como tal, la Ordenanza Municipal debe ser debidamente aprobada por el Concejo y debería estar sujeta, de previo, a un proceso de consulta, via el procedimiento de la evaluación ambiental estratégica (EAE) local o a una audiencia pública.

Los temas de las ordenanzas municipales pueden ser diversos, según la situación de realidad de cada territorio, al incluir: amenazas naturales y gestión del riesgo, gestión de los recursos hídricos superficiales y subterráneos, protección de biotopos, contención urbana, construcción vertical y sus límites de altura, conservación de suelos y gestión del paisaje, entre otros.

Ordenanzas y planes reguladores: como es bien sabido, el tiempo que puede llevar la oficialización de un plan regulador puede ser de años, incluso, décadas.  Con el agravante de que, en ausencia de un plan regulador, lo que aplican son dos reglamentos del INVU: a) Control Nacional de Fraccionamiento y Urbanizaciones, y b) Construcciones, los cuales, aunque en un 95% son útiles desde el punto de vista técnico, en un 5  son altamente permisivos desde el punto de vista ambiental. Al ser ese 5% de la normativa urbana inapropiado y obsoleto, representa una de las principales fuentes de los problemas ambientales que tiene nuestro país, caracterizado por la desplanificación urbana y territorial.

Esos reglamentos del INVU, elaborados en los años ochenta, contradicen la legislación ambiental desarrollada en el país después del año 1995. Por eso, los gobiernos locales, que disponen de zonificación ambiental y/o de amenazas naturales debidamente realizadas, tienen la responsabilidad de actuar en procura de acelerar el desarrollo sustentable de sus territorios jurisdiccionales.

Dentro de esos 50 cantones, se encuentran los 31 cantones de la Gran Área Metropolitana (GAM), para los cuales se emitió, desde el 2012, la Directriz 35–MIVAH–PLAN, aún vigente, que señala: “en toda política, plan, programa o proyecto relacionado con materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano del Gran Área Metropolitana se deben tomar en consideración como insumos los productos generados por el ‘Proyecto de Planificación Urbana Regional de la Gran Área Metropolitana de Costa Rica (PRUGAM)’, que se encuentran disponibles en el siguiente sitio electrónico: http://www.mivah.go.cr/PRUGAM_Productos.shtml”.

Fuera de la GAM, hay otros cantones que tienen zonificación de amenazas naturales cuya información, a una escala apropiada, se encuentra en la CNE. Además, hay otros municipios con los IFA aprobados, por lo que sí es posible avanzar.

Lo único que se ocupa es tomar conciencia de las posibilidades que cada gobierno local tiene no solo para su desarrollo económico, si no también, sobre todo, para un desarrollo sustentable: a mediano y largo plazo, esto último es el que los volverá mucho más atractivos para la inversión.