Planificación territorial: Necesidad urgente, no juego para postergar

El pasado 3 de septiembre se publicó en la Gaceta 172, el Decreto Ejecutivo No. 39150 MINAE MAG MIVAH PLAN TUR, denominado “Reglamento de la Transición para la Revisión y Aprobación de Planes Reguladores”. La intención original es crear un período de transición de cinco años que agilice según se lee “la revisión de la variable ambiental y la aprobación de los planes reguladores”.   

El reglamento crea una serie de “herramientas de agilización” como forma de implementar esta transición. Aunque la intención, en primera instancia, parece correcta, desafortunadamente, hemos detectado una serie de inconsistencias muy graves en el mismo. Inconsistencias que se suman a unos lineamientos confusos y contradictorios que, lejos de lograr su objetivo, van a provocar más confusión y entrabamiento a la urgente planificación territorial que requiere el país. 

 

Algo que es una verdadera lástima, pues se ha perdido tiempo valioso (más de 15 meses), sin contar los recursos económicos del Estado que se han gastado, en generar algo que, en la práctica, tiene muy poca utilidad y que de llegar a utilizarse integralmente podría provocar serios daños al ambiente y a las personas. Todo lo contrario de lo que realmente se necesita, mientras  la naturaleza cambiante causa estragos cada vez más significativos a la GAM: en esas condiciones, darnos el lujo de estar perdiendo un tiempo valioso en vez de rectificar las cosas constituye una verdadera irresponsabilidad.

 

Inconsistencias: algunas de las inconsistencias principales que se han detectado en el citado decreto son las siguientes:

 

Se crea una condición de excepción que permitiría a las municipalidades incumplir normativa legal y técnica vigente por un periodo de cinco años, a fin de que se apruebe y se ponga en vigencia el plan regulador. Esto con la condición de que al final de esos cinco años se “corrija” el plan regulador vigente con el cumplimiento de la normativa que se incumplió originalmente. Es decir, una especie de “moratoria al cumplimiento de la legislación”, algo que contraviene a todas luces la legislación  vigente y nos asegura por 5 años más decisiones antojadizas y mayores daños a los ya causados por los entes municipales. 

 

Pero las excepciones que se establecen no son cualquier cosa, fundamentalmente se centran en tres temas: vulnerabilidad hidrogeológica, amenazas naturales y capacidad de uso de la tierra. Es precisamente en estos temas en que un buen golpe de timón se imponía para no continuar por la senda equivocada por la que la GAM navega peligrosamente. 

 

En el caso de la vulnerabilidad hidrogeológica se establece una excepción para no elaborar mapas de vulnerabilidad hidrogeológica y  para no aplicar la Matriz del SENARA, con lo cual, en la práctica, los planes reguladores podrían permitir usos del suelo sobre áreas vulnerables a la contaminación, o lo que es lo mismo, se estaría dando una excepción para que se pudieran dar potenciales daños ambientales a los recursos hídricos. Daños que serían irreversibles y que después de 5 años ya no habría forma de remediarlos debido a su alto costo de corrección.

 

En lo referente a las amenazas naturales, el decreto crea una excepción que permitiría construcciones en áreas de amenaza natural. Todo lo contrario a lo esperado para, por ejemplo, evitar tragedias como la de calle Lajas en noviembre del 2010. Es decir, que las nuevas construcciones se instalarían en condiciones de alto y muy alto riesgo. Algo que, como se podrá entender, después de cinco años, cuando se aporte información sobre el tema y las construcciones estén realizadas, podría tener serios costos para el país, en particular para las municipalidades, en razón de haber dado usos del suelo y permisos de construcción en áreas no aptas para ello. 

 

En el tema de capacidad de uso de la tierra el decreto permitiría obviar esta información hasta tanto el MAG, por medio del INTA, se la aporte a las municipalidades. Este caso, aunque algo menos grave que las dos anteriores, también tiene problemas de aplicación en la excepción ya que, sin esa información, se podría estar dando uso del suelo para actividades no aptas en terrenos con capacidad de uso VII (forestal) y VIII (conservación y protección de cuencas hidrográficas), algo que también contraviene el marco legal vigente.

 

Pero el asunto no se queda allí, el decreto señala que las autoridades responsables de esa información (SENARA, CNE e INTA) deberán empezar a entregar información a los municipios en un plazo de dos años, para que comiencen a actualizar sus planes reguladores. Sin embargo, no señalan de dónde se obtendrán los recursos para generar esa información. Además, la duda es si ese plazo se pueda cumplir. El Reglamento de EIA del 2004 dice que entidades  como la CNE y SENARA debían generar información de ese tipo, pero más sencilla, y todavía no lo han hecho de forma sistemática (después de 10 años). Por su parte, el INTA  no actualiza el mapa de capacidad de uso desde 1992. Hay que tomar en cuenta que esos dos años son casi lo mismo que ha llevado el Poder Ejecutivo en emitir el decreto, tiempo que debió haberse aprovechado en generar la antedicha información.

 

El decreto le da atribuciones particulares y señala que el SENARA, cuando elabore los mapas de vulnerabilidad para las municipalidades, debe hacerlo concentrado en las zonas urbanas, como si en las zonas rurales no se dieran actividades que podrían producir contaminación de las aguas subterráneas. Esto contradice totalmente lo ordenado por la Sala Constitucional sobre la Matriz del SENARA.

 

En el tema de Capacidad de Uso de la Tierra, el decreto establece un requisito nuevo que llama poderosamente la atención. En primera instancia, el artículo 21 dice que en ausencia de información se usen los mapas del MAG  de 1992, que están a escala 1:200.000, y luego dice que para todas los proyectos menores de 400 hectáreas (urbanos, industriales, turístico, comerciales, mineros y forestales, entre otros), en el caso de que la resolución espacial “no sea suficientemente precisa se deberán presentar estudios detallados de suelos y capacidad de uso de las tierras”. Algo que debería aportar el INTA y no solicitarlo como un nuevo y costoso requisito que podría afectar a casi todos los proyectos.

 

Contradicciones: además de las inconsistencias señaladas, se identificaron serias contradicciones:

 

Se crea un mecanismo inapropiado para que se utilicen metodologías sustitutivas diferentes a los Índices de Fragilidad Ambiental (IFA), que es la metodología oficial desde el año 2006. Algo que contradice la legislación vigente y  el Principio de No Regresión, en particular lo señalado por la Sala Constitucional en su sentencia 18836-15: “De conformidad con el principio de no regresividad, la normativa y la jurisprudencia en materia ambiental, no debe ser revisada, si con ello se retrocede en relación con el nivel de protección que ya se había alcanzado en la materia”. 

 

Por otro lado, llama poderosamente la atención que se plantee el uso de una metodología alternativa en razón de que surge la duda de si se trata de planes reguladores ya elaborados, y si es así, surge la pregunta: ¿por qué estando vigente el decreto ejecutivo No. 32967 MINAE se aplicó una metodología sustitutiva? Y en caso de que se haya aplicado una metodología alternativa, surge la duda complementaria de qué entidades la utilizaron y cómo se verían beneficiadas con la implementación del inciso c del artículo 23 del decreto. Algo que a juicio del autor debería ser objeto de investigación por parte de las autoridades correspondientes, en particular la Procuraduría de la Ética.

 

En el inciso c del artículo 24 se crean requisitos adicionales y no establecidos en la metodología de los IFA que, lejos de agilizar, entraban y complican aún más los planes reguladores. 

 

En el artículo 31 del decreto se irrespeta el Principio de No Regresión ya que se plantea, de forma contradictoria, la emisión de un nuevo reglamento que establezca la metodología de la evaluación de la variable ambiental en los planes reguladores. Con ello se incumple el Principio de No Regresión y de Progresividad debido a que se quiere cambiar la metodología de los IFA sin cumplir el procedimiento adecuado establecido en el mismo decreto 32967 MINAE. Además, se  contradice el objetivo mismo del decreto de agilización de los planes reguladores y, además, se promueve una asimetría entre las diferentes zonificaciones ambientales que sustentan los planes reguladores, lo cual se puede traducir en potenciales daños al ambiente.

 

Propuesta: al estar en presencia de una nueva y completa ocurrencia de nuestras actuales autoridades - de las que esperábamos mucho más después de 8 años de ocurrencias con relación al ordenamiento territorial de la GAM - se impone un nuevo ejercicio ante la Sala Constitucional. 

 

Cabe aclarar que en el momento actual hay más de 75 planes reguladores cantonales y costeros “entrabados” en la SETENA y el INVU, debido a problemas de procedimiento. Es claro que se requiere una acción concreta para agilizar el trámite de aquellos planes que, efectivamente, hayan cumplido con la normativa vigente. Al respecto, el autor desde hace casi un año hizo una serie de recomendaciones (ver Página Abierta, Diario Extra del 14 de octubre del 2014: “Destrabando la planificación territorial”) para liberar esa gran presa, algo que es perfectamente realizable si de verdad se tiene disposición de parte de la autoridades.

 

Finalmente, es de gran importancia exigir a las autoridades de gobierno mayores espacios de diálogo participativo en la búsqueda de soluciones a estos graves problemas. Mantener la línea de imponer acciones como las de este decreto, sin una correcta racionalización de los lineamientos, lleva a perder tiempo muy valioso, y lo más grave, condena aún más al país a seguir por la equivocada senda de las ocurrencias inconsultas que explican en gran parte nuestro actual subdesarrollo.

Sin control ambiental no hay sustentabilidad

El control ambiental de las actividades humanas (proyecto, obras o actividades) es esencial para poder garantizar la sustentabilidad del desarrollo. Sin este fundamental componente, todo lo que se hace de previo, son “buenas intenciones” y mucho papeleo y gasto de tiempo. Pero lo que realmente es importante es que las medidas ambientales correctas se apliquen a tiempo y de forma eficiente. Lo demás no es relevante si esta parte clave no se hace.  Desafortunadamente en nuestro país, supuestamente líder en materia ambiental en el continente, eso es lo más común, lo cual hace que nuestro “desarrollo” carezca, en la gran mayoría de los casos, de una correcta sustentabilidad. Algo muy grave que requiere ser corregido a la mayor brevedad.

EIA: en nuestro país, la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), según la Procuraduría General de la República y Sala Constitucional, es el principal instrumento de gestión ambiental del Estado para tutelar el artículo 50 constitucional, es decir, el derecho que todos los ciudadanos tenemos a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Un instrumento que tutela un derecho fundamental no puede ser objeto de aprobaciones expeditas, daños significativos cuyos costos luego el mismo Estado no tiene siempre cómo exigir a título de compensación. 

La EIA se compone de tres partes: a) la evaluación ambiental inicial que permite determinar qué actividades deben cumplir el trámite de EIA y cuáles no, así como determinar cuáles, por su naturaleza, ocupan un análisis más detallado, b) los estudios de impacto ambiental (o instrumentos equivalentes) y c) el control y seguimiento ambiental que se aplica cuando la actividad, obra o proyecto, están en ejecución (construcción u operación).

Las dos primeras fases de la EIA se dan de previo a la aprobación u otorgamiento de la viabilidad ambiental, la segunda, después. Como se podrá ver, a pesar de que esas dos primeras fases son importantes, dado que de lo contrario no se podría tomar la decisión de aprobar o no, la fase más importante es la tercera, la del control y seguimiento: si esta fase no se ejecuta o se ejecuta mal, se pierde todo lo realizado y es como si la EIA no se hubiera efectuado, como si no existiera.

Eso, precisamente eso, es lo que ocurre en nuestro país, con muchos proyectos que no son debidamente fiscalizados, algo que debería llevarnos a tomar acciones prontas y concretas.

Instrumentos: en nuestro país, para las actividades, obras y proyectos que realizan la EIA, se establecieron una serie de instrumentos de control ambiental, en el marco de la aplicación de dos principios fundamentales: el de proporcionalidad (escalonado según el impacto a producir) y el de responsabilidad ambiental (de autocontrol de la gestión ambiental). Esos instrumentos incluyen: la garantía ambiental, el nombramiento de un responsable (llamado también regente) ambiental, la bitácora ambiental (registro de actividades), los informes ambientales periódicos (reporte de cumplimiento), así como otros menos conocidos como: las inspecciones y auditorías ambientales de cumplimiento, la calificación ambiental y las Comisiones de Monitoreo Ambiental, principalmente.

Mucho se ha discutido sobre el papel de los responsables o regentes ambientales, pues se dice que al ser pagados por el desarrollador, se pierde transparencia en su gestión. Algo que depende de la ética de cada profesional  y que está abierto a debate. Lo que si es cierto es que es un instrumento útil desde el punto de vista de la “autorregulación” ambiental, que debe realizarse por parte de la actividad, obra o proyecto y que, por tanto, no debería sustituir de modo alguno la labor de fiscalización que debería realizar un ente como la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), o la misma Municipalidad, en el marco de lo establecido en la Constitución y el Código Municipal.

Aparte de recibir los informes ambientales sobre el cumplimiento en la aplicación de medidas, la SETENA tiene otros instrumentos adicionales para realizar una correcta fiscalización ambiental. Por si misma, o con la ayuda de otros instituciones estatales, puede realizar, según la dimensión del proyecto, inspecciones o auditorías ambientales de cumplimiento. Incluso, puede realizar un sistema de calificación de la gestión ambiental, que permite determinar si una actividad, obra o proyecto en ejecución está en condición roja (incumplimiento), amarilla (cumplimiento parcial)  o verde  (cumplimiento efectivo) de desempeño ambiental. 

Para proyectos de gran impacto y grandes dimensiones, inclusive, en el marco de lo establecido en la Ley Orgánica del Ambiente, se puede ordenar, vía resolución administrativa por parte de la SETENA, la realización de “auditorías ambientales externas”, hechas por un tercer ente debidamente acreditado, para que ejecute esa fiscalización ambiental de todo el proceso, incluyendo el actuar mismo de la SETENA. 

Voluntad: la implementación de todos estos instrumentos es un asunto de voluntad política y no de recursos económicos como señaló recientemente el Señor Ministro de Ambiente, Edgar Gutiérrez, en una entrevista radial con relación al proyecto de APM Terminals en Moín. Según el actual titular de Ambiente de Costa Rica, “aunque quisiera hacer más no se puede, pues más bien han bajado el presupuesto”, al referirse al tema de mejorar el control y seguimiento ambiental que realiza la SETENA. 

No obstante, eso no es del todo cierto, pues aunque la SETENA tiene una tarea clave en el proceso, en realidad no tiene que hacerlo todo, lo cual ha sido el mejor pretexto para que casi no haga nada.  Esto por cuanto la Ley Orgánica del Ambiente, en su artículo 18, señala claramente que “el costo de las evaluaciones de impacto ambiental corre a cuenta del interesado”.

Siendo así, como ya dijimos, dado que el control y seguimiento ambiental es parte de la EIA, entonces esta tarea y su costo deben ser asumidos por el desarrollador, según la aplicación del principio de proporcionalidad, es decir, que entre más grande e impactante el proyecto, más responsabilidad tiene de financiar el costo del control y seguimiento (interno y externo) que se ejecute al proyecto en ejecución. 

Acciones concretas: en consideración de lo señalado, hay una serie de acciones sencillas que podrían mejorar en mucho el proceso de control ambiental en nuestro país y que no tendrían mayores costos para el presupuesto nacional:

  1. Hacer que una copia de los informes ambientales (de regencia) sea entregado a las municipalidades  y los ciudadanos, para que estos puedan ejercer un papel de control más directo sobre lo que sucede en los proyectos. Si pretendemos además tener un gobierno digital, ¡ponerlos en línea sería una buena primera señal hacia la dirección correcta y de transparencia!
  2. Que la SETENA realice al menos una inspección ambiental de cumplimiento por quincena a un proyecto obra o actividad en ejecución, de forma sorpresiva, a fin de determinar el grado de cumplimiento ambiental y la califique según los tres niveles establecidos en el reglamento. La divulgación de los resultados permitiría a los representantes de otros proyectos en ejecución tomar en cuenta la situación y ejercer acciones preventivas.
  3. Que la SETENA establezca, junto con el Ente Costarricense de Acreditación, la lista de consultores externos acreditados (personas físicas y jurídicas), capaces de realizar auditorías ambientales externas a proyectos, obras o actividades de alto impacto que se encuentran en ejecución, según lo señalado en el artículo 18, ya citado, de la Ley Orgánica del Ambiente. Los reportes de esas auditorías externas deberían de igual forma ser públicos y sobre sus resultados se deberán tomar acciones administrativas y legales, cuando corresponda.

La sola implementación de estas tres acciones tendría un efecto multiplicador en una gran cantidad de proyectos en ejecución, y mejoraría mucho la disciplina del cumplimiento de la aplicación de medidas ambientales en los mismos. No se requiere cambio de leyes ni de reglamentos, simplemente cumplir lo que ya está establecido. 

Tienen la palabra nuestras actuales autoridades ambientales: las del Gobierno del pretendido “cambio” que suscribió un Pacto Ambiental con entidades de la sociedad civil durante la campaña electoral, y del que pareceriera no acordarse en lo más mínimo.

Cuando el que sufre es el ambiente

Lo que está sucediendo con el tema de la construcción de la Terminal de Contenedores de Moín (AMPT) debería llamarnos a reflexión  a todos, anteponiendo los intereses del país y del ambiente, incluyendo como parte del mismo el componente humano y social que lo integra.  En mi caso, como geólogo ambiental y especialista en evaluación de impacto ambiental (EIA) dejé clara mi posición respecto al tema de la EIA que se aplicó a este megaproyecto, e incluso sobre la forma, bastante cuestionable, con que la Comisión Plenaria de la SETENA le otorgó la Viabilidad Ambiental. Todos los artículos sobre este tema se pueden ver en www.allanastorga.com.  

PROBLEMA INICIAL. La base de mi objeción al proyecto se basó en un problema técnico fundamental y tiene que ver con las condiciones ambientales del sitio seleccionado para construir la isla artificial de 80 hectáreas en la parte oeste de Bahía Moín. 

 

Como lo he señalado varias veces, ese sitio tiene un muy serio problema de condiciones geológicas, particularmente de Geoaptitud, que se traducen en problemas serios para la construcción y también la operación de la terminal portuaria. Para explicarlo en términos sencillos, el fondo en este sitio no es rocoso, sino fangoso, lo cual resulta inapropiado para sostener una isla artificial. En varias ocasiones insistimos que había una mejor alternativa para desarrollar ese megaproyecto, pero todos los esfuerzos realizados fueron infructuosos, pues la Comisión Plenaria de la SETENA, a pesar de todo, terminó otorgando la Viabilidad Ambiental el 17 de diciembre del 2014.

 

Ahora, con el megaproyecto en construcción y avanzando, los problemas ambientales (y sociales) empiezan a aparecer, con el agravante de que, por el tamaño que ese proyecto tiene, podemos afirmar que apenas están comenzando y, muy probablemente, se van a incrementar a futuro.

 

Ante esta situación, la multipolaridad que caracteriza a nuestro país desde hace varios años también se pone en evidencia, y nadie se pone de acuerdo para actuar de forma preventiva, racional y planificada, para que los daños ambientales, que ya se están produciendo, no se intensifiquen.  

 

DAÑOS AMBIENTALES. Hay muchos problemas ambientales que se están registrando. Algunos de ellos son: a) significativa y descontrolada sobreexplotación de fuentes mineras no metálicas que está provocando daños ambientales en cauces de ríos y el inicio de cadenas de impacto que puede afectar propiedades y recursos naturales, b) hay deterioro de obras viales y mayor riesgo de accidentes debido a que los equipos de transporte de material no están siendo debidamente regulados, c) en el área del proyecto se están dando labores de minería submarina de extracción de material del fondo marino frente a las costas de Moín, que no están correctamente reguladas ni controladas ambientalmente, d) el relleno de material en el área de la isla artificial tampoco está controlado de forma efectiva desde el punto de vista ambiental, lo que ya está originando efectos ambientales negativos en el área de la Bahía de Moín.

 

A lo anterior se suma el anuncio de que se importarán rocas desde Noruega para la construcción del dique que rodeará la isla, a pesar de que en el país existen fuentes de material que tienen características similares. Resulta un tanto sorprendente que estas rocas solo existan en Noruega y que la geología de nuestra querida América Latina sea tan pobre con relación a las exigencias de APM Terminals.

 

En medio de todo esto, es claro que la SETENA, en el apuro de otorgar la viabilidad ambiental al proyecto, olvidó establecer sistemas de control ambiental y social más estrictos a la empresa, como las Auditorías Ambientales externas y periódicas que podrían ser realizadas por un entidad internacional, así como activar la Comisión de Monitoreo y Seguimiento Ambiental (COMIMA), instrumentos de control ambiental que forman parte del Reglamento General de Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental y sus modificaciones. 

 

La falta de esos instrumentos ya se hace notar, y de no cambiarse la situación, implicaría problemas a futuro, en la medida de que es fundamental que se ejerza un estricto y riguroso control ambiental de todas las actividades que se realizan en relación al desarrollo de obras de este megaproyecto.  

 

CAMINO A SEGUIR. De forma independiente al interés que tienen algunos de que ese megaproyecto fracase, lo cierto es que el mismo se encuentra en construcción, y que cualquier cosa que se haga para “sabotear” su desarrollo va a provocar un daño ambiental (y social) muy grande y costoso. Empero, eso no significa que no se pueda exigir un estricto y riguroso control ambiental, todo lo contrario, es un deber de las autoridades nacionales solicitarlo, precisamente por los serios errores cometidos en el proceso de evaluación de impacto ambiental.

 

La primera tarea que urge establecer es un mecanismo de control ambiental externo al proyecto, es decir, un sistema de Auditoría Ambiental que regule todo lo relacionado con las actividades del proyecto. La “regencia ambiental” no es suficiente.

 

Lo segundo, es activar la Comisión de Monitoreo Ambiental (COMIMA), que permita coordinar, desde Limón, el control ambiental y social de las actividades que se desarrollan, como elemento para discutir los problemas y dudas que puedan presentarse en la zona.

 

Como tercer elemento, resulta muy importante que las entidades  que tienen que ejercer un control ambiental como la SETENA, el Dirección de Geología y Minas y el Sistema Nacional de Áreas de Protección, entre otras, tomen un papel más proactivo en la fiscalización, control y, dado el caso, sanción de las actividades de minería y transporte de materiales de los ríos y tajos que sirven de suplidoras al proyecto. La actividad se puede y debe realizar, pero en apego a la legislación y bajo estrictas medidas ambientales. Hacerlo a lo “loco” como se está haciendo es una irresponsabilidad que más temprano que tarde arrojará graves consecuencias para el litoral caribeño: por ejemplo, para un ecosistema muy frágil que sostiene la actividad turística como lo es el arrecife coralino, entre muchos otros.

 

Finalmente, es indispensable que las autoridades de gobierno y la sociedad en general reconozcan que seguir tomando decisiones estratégicas como se han tomado en este caso, que terminan siendo imposiciones más que soluciones racionales a los problemas nacionales, además de conducir a una mayor polarización social, tienen la muy grave consecuencia de que producen severos daños ambientales, muchas veces irreversibles, que representan un irracional sacrificio de nuestro ya impactado ambiente y sus recursos naturales. Seguir repitiendo este craso error en otros megaproyectos y proyectos estratégicos sería irracional, y por eso, es fundamental cambiar la forma en que se toman las decisiones de planificación estratégica en nuestro país. 

 

La polémica en torno al proyecto Crucitas demostró cuán necesario era que el Estado sacara lecciones para evitar que decisores políticos "orquestaran" a entidades técnicas: al parecer, no ha sacado ninguna y nos acercamos ahora, de no hacerse algo a tiempo, a una catástrofe ambiental de graves proporciones con relación a la ya golpeada provincia de Limón.  

Por qué Costa Rica necesita un Servicio Geológico

Un Servicio Geológico no es un lujo, todo lo contrario, es un instrumento técnico científico que todos los países necesitan como parte una gestión pública eficiente.  En algunos países, como Estados Unidos o México, los servicios geológicos fueron creados desde hace muchas décadas. Más cerca, Jamaica y Belice, como parte de su herencia británica, también cuentan con servicios geológicos.  

El Servicio Geológico cumple una serie de funciones útiles, como son tareas de investigación geológica en diversos campos: cartografiado geológico, estudios específicos en materia de hidrogeología y amenazas naturales en materia de riesgos geológicos (deslizamientos, inundaciones, tsunamis en zonas costeras, fallas geológicas, sismicidad, peligros volcánicos, entre otros).

 

Base técnica: Costa Rica dispone de una Escuela Centroamericana de Geología desde hace cerca de 45 años. Esta unidad académica que funciona en la Universidad de Costa Rica gradúa en promedio 10 profesionales de geología por año, cifra que en los últimos años se ha incrementado a más de 20.  Estos profesionales, con grados académicos de bachillerato, licenciado y máster, cuentan con la formación básica  a nivel internacional para asumir tareas en diversos campos de las ciencias geológicas.

 

Por su parte, también desde hace cerca de 45 años se dispone de un Colegio de Geólogos de Costa Rica, en el que se encuentran agremiados más de 400 profesionales en geología. Se cuenta con una Ley del Colegio de Geólogos de Costa Rica y un reglamento que norman su gestión.

 

Sobre estos dos pilares es posible afirmar que Costa Rica dispone de las condiciones básicas para poner en funcionamiento un Servicio Geológico.

 

NECESIDAD. Como es para casi todos conocido, el nuestro es un país geológicamente muy activo, como también lo es el resto de Centroamérica. Sus suelos, como sucede a menudo en países tropicales, son extremadamente vulnerables a eventos metereológicos. Esa geodinámica se traduce en una serie de manifestaciones que de vez en cuando se nos convierten en desastres (deslizamientos, inundaciones, terremotos, a erupciones volcánicas, entre otros).

 

Pero la actividad geológica no solo se limita a esos factores, también tiene que ver con la investigación en campos como la hidrogeología, la tectónica y neotectónica, la historia y evolución de sus cuencas sedimentarias, su potencial en recursos energéticos (hidrocarburos, principalmente gas natural y geotermia), así como otros recursos naturales.

 

Nuestro país requiere disponer de información geológica científica de forma sistemática y organizada proveniente de una entidad oficial y responsable de generarla y fijar las reglas de su formalización, como debería ser el Servicio Geológico de Costa Rica.

 

Hasta ahora la investigación geológica en Costa Rica ha sido realizada de forma dispersa, por las universidades y algunas instituciones públicas. Esta información ha sido útil, pero tiene el problema de que no representa la visión oficial. Los mapas geológicos que se producen por investigaciones privadas no necesariamente representan los mapas oficiales que define el Estado.

 

Lo mismo sucede con el tema de los sismos y su localización: son aportados por la Red Sismológica Nacional (UCR e ICE) y el OVSICORI (UNA), sin que necesariamente representen las posiciones oficiales. Debido a esto es que se dan las dudas que se han presentado en el caso de la finca donde se quiere instalar el Hospital de Cartago, o incluso el nuevo Hospital de Puntarenas. Precisamente, porque no tenemos una instancia oficial que clarifique la situación.

 

En el tema de mapa de amenazas naturales, que en nuestro país son muchas desde el punto de vista geológico, la CNE ha hecho un gran esfuerzo pero, paradójicamente, la ley no la habilita a hacerlo, dado que la ley le dio músculo en el ámbito reactivo y no preventivo. La mayoría de la información sobre estos datos surge de investigaciones de universidades o entes privados, pero asimismo, sin que se pueda considerar, necesariamente, que tiene aval oficial y por tanto vinculante jurídicamente, en particular, en lo referente a la limitación del uso del suelo que eso implica.

 

¿Cómo lograrlo?: se ocupa la promulgación de una Ley que cree el Servicio Geológico de Costa Rica. Es claro que no se trata de crear una institución más que venga a aumentar el presupuesto del Estado. Por eso, la propuesta que estamos planteando es que el Servicio Geológico surja de la fusión de tres entidades que ya existen, y que tienen presupuesto y equipo: a) la Dirección de Geología y Minas (DGM), b) la Dirección de Investigación y Recursos Hídricos (DIGH) del SENARA y c), la Dirección de Prevención de la Comisión de Emergencias.

 

En la Ley, además de las tareas (con redacción mejorada y adaptada a la realidad actual y futura) que cumplen estas entidades, se podrían ampliar las funciones a: “realizar investigaciones geológicas en campos científicos y aplicados para ordenamiento y planificación territorial, geotecnia, geología estructural, tectónica, neotectónica, recursos energéticos y naturales en general, vinculados a la actividad geológica”.

 

Un elemento muy importante que debe incluir la Ley es que el Servicio Geológico tendrá la obligación de completar sus recursos financieros con la venta de servicios técnicos a diversas entidades públicas y privadas, a nivel nacional e internacional (principalmente centroamericano, donde existe una gran necesidad de información geológica). Así, se podrían establecer convenios nacionales e internacionales con otras entidades de investigación, para promover y acelerar programas prioritarios que sean necesarios para el país y que sean acordes con su plan nacional de desarrollo.

 

En materia de geo recursos energéticos, el Servicio Geológico debería tener dos objetivos inmediatos: a) reprocesar y actualizar la información compilada e integrada por RECOPE en la diversas campañas de exploración petrolera del país, hasta el año 1990, y que tiene 25 años de estar oxidándose en una bodega, a fin de utilizarla en la serie de funciones dadas al Servicio, así como a responder sobre el potencial de recursos que tiene o no el país, y b) complementar las tareas de investigación en materia de energía geotérmica de baja, media y alta entalpía (fuera de parques nacionales) para favorecer su aprovechamiento como fuente sostenible de energía para el país.

 

CORREGIR ERRORES. Como hemos dicho en otras ocasiones, es necesario que nuestro país, corrija los errores del pasado: a) la promulgación del Código de Minería en 1982, sin haber creado el Servicio Geológico, y b) el cierre de las actividades de exploración petrolera de RE COPE para dar paso a una “entreguista” Ley de Hidrocarburos, sin haber creado el Servicio Geológico.

 

Es posible enmendar eso, e iniciar el camino correcto en materia de institucionalidad e investigación geológica para Costa Rica, y con los acuerdos apropiados, para Centroamérica.

 

Nuestro país lo necesita como un primer y estratégico paso para avanzar hacia un modelo más sustentable de su crecimiento como nación. Seguir aprobando la construcción de obras de gran magnitud sin estudios técnicos validados por una entidad estatal independiente nos condena a seguir haciendo cada cierto tiempo el ridículo y a alejarnos un poco más del tan preciado desarrollo socioeconómico que nuestro país merece.

Agua: urgente llamado a tomar acciones

El hecho de que en nuestro país llueva relativamente mucho y que tengamos muchos ríos y quebradas, así como acuíferos con aguas subterráneas, da la impresión de que ese recurso es casi infinito y que no hay motivo para preocuparnos. Empero, el problema es que no en todo el país llueve igual, ni en todo el país se tiene la misma disposición de agua, con el agravante de que tampoco en todo el país es igual el requerimiento que se tiene de ese vital líquido. Así, mientras en unos lugares todavía puede ser abundante, en otros, empiezan a detectarse claros indicios de que estamos a las puertas de una severa crisis que tendrá graves consecuencias para las comunidades, empresarios, e incluso para la flora y fauna silvestre. ¡Algo que debemos comprender y entender ya!, a fin de tomar acciones prontas y concretas en el menor plazo posible.  

AGUAS SUBTERRÁNEAS: los acuíferos subterráneos representan, en casi todo el país, la principal fuente de agua para el uso y consumo humano. Proviene tanto de la captación de manantiales o nacientes, como de pozos. Como hemos señalado ya, Costa Rica, por su condición geológica y características climáticas, tiene un alto potencial de aguas subterráneas.

 

Las aguas subterráneas funcionan, para una región, muy parecido a como funciona un tanque de agua para una casa. Es una reserva estratégica que puede ser utilizada siempre que no se consuma en una cantidad mayor a la recarga del tanque o reservorio. Es claro que si eso no sucede la cantidad de agua empezará a disminuir, pudiendo llegarse al gravísimo caso de que ya no funcione más como fuente de agua. Aunque parezca increíble para muchos, eso ya se empieza a notar en algunas áreas de nuestro país, implicando que las luces de alarma deberían encenderse de inmediato.

 

VALLE CENTRAL: como es bien sabido en la GAM vivimos casi el 60% de la población del país (en tan solo el 3.5 % del territorio continental). El agua subterránea representa entre el 60 y 70% de las fuentes de agua para las actividades humanas. Estas aguas subterráneas se albergan en varios acuíferos de origen volcánico que se originan en las laderas de los volcanes de la Cordillera Central (Poas, Barva e Irazú, principalmente),  así como en otros acuíferos menores dentro de rocas sedimentarias, pero que también tienen sus áreas de recarga en las zonas de montaña.

 

Una reciente revisión (abril del 2015) de la cantidad de pozos de extracción presentes en solo una parte de la GAM (cerca de 1000 km2 de las hojas cartográficas Abra, Barva, Naranjo y Río Grande) y registrados en el archivo de pozos del SENARA, señala que existen cerca de 4.000 pozos. A esta cantidad habría que sumarle algunos pozos del AyA y de la Dirección de Aguas del MINAE que no están registrados en el Archivo de Pozos del SENARA.

 

También habría que sumar una cantidad no precisa de pozos ilegales, es decir, de pozos que no están registrados oficialmente, ni tampoco autorizados.

 

Los estudios realizados por el autor junto a otros colaboradores, durante los últimos años, indican que para muchas áreas de la GAM la cantidad de agua subterránea que se extrae de esos pozos es mayor que la cantidad de agua que se está recargando. Algo que representa un primer indicio de que estamos a las puertas de un problema muy serio.

 

Otro indicio de este problema lo representa el hecho de que muchas de las fuentes de agua (manantiales) que se presentan en la zona montañosa que rodea la GAM han disminuido notablemente su caudal, o en su defecto se secan durante gran parte del año, algo que antes no sucedía. Esta situación coincide con el hecho de que durante los últimos años muchas de esas zonas de montaña de la GAM han sido objeto de impermeabilización por el desarrollo de construcciones y también de deforestación (aunque sea de cipreses), lo cual termina de agravar el cuadro. Gracias a la acción de las comunidades heredianas, una resolución de la Sala Constitucional del 2007 (Voto 2007-003923) ordenó precisamente a la Asamblea Legislativa adoptar una legislación que abarque a árboles no nativos como el ciprés, cuya función ecológica es vital para resguardar el acuífero del Barva, pero a la fecha se sigue talando grandes cantidades de ciprés, y nuestros diputados no logran ponerse de acuerdo.

 

Debido a que las aguas subterráneas se desplazan lentamente, el efecto de la disminución del reservorio en la GAM va a tardar un tiempo (pocos años), empero el problema ya está detectado y se seguirá incrementando durante los próximos años, en particular si se suma el tema de Cambio Climático y la variabilidad climática que ya todos estamos experimentando.

 

El efecto concreto es que los pozos y manantiales disminuirán su caudal e incluso se pueden secar. Ello con el agravante de que muchos de esos pozos y manantiales funcionan actualmente como fuente de agua para comunidades y condominios.

 

GUANACASTE: un estudio del 2014, de monitoreo realizado por personal técnico del SENARA para dos acuíferos de la zona (Huacas Tamarindo y Potrero Caimital), arroja resultados muy importantes sobre una clara reducción del reservorio de aguas subterráneas.

 

Ambos acuíferos representan una fuente muy importante de agua para diversas actividades humanas (comunidades, agricultura, turismo, entre otros), por lo que presentan una cantidad significativa de pozos de extracción de aguas subterráneas.

 

El monitoreo realizado por el SENARA, para los últimos 4 años, revela que dos años antes de que se iniciara el problema de merma de lluvias en Guanacaste, los niveles de agua en los pozos ya venía en descenso, por un asunto de sobreexplotación de pozos, particularmente durante la época seca. Esta situación se ha agravado con el inicio de las largas sequías, al punto de que para el 2014, en el caso del Acuífero Huacas Tamarindo, el descenso ya era de 4 metros. Situación que también se presenta para el Acuífero Potrero Caimital.

 

A esta situación se suma el hecho de que los pozos más cercanos al mar presentan intrusión salina, con lo cual hay que cerrarlos, por lo que aumenta la presión hacia los pozos que se encuentran más tierra adentro. Adicionalmente, también se presenta el problema de los pozos ilegales que incrementa aún más la sobreexplotación del acuífero.

 

Como se ve, aumentar la profundidad de los pozos para extraer el mismo caudal de agua, o poner nuevos pozos, no representa una solución sostenible a la falta de agua, por el contrario es una “solución” temporal, que con el tiempo agrava aún más el alarmante problema.

 

Problema que se vuelve de dimensiones mayores cuando estos datos se proyectan respecto a las proyecciones climáticas futuras y al hecho de que los datos de esos acuíferos pueden ser extrapolables a otros acuíferos en Guanacaste.

 

ACCIONES: nuevamente, como en casi todo, se requieren acciones concretas, de corto, mediano y largo plazo.

 

La primera gran tarea parte de la educación de los usuarios, en particular aquellos de que aprovechan aguas de pozos y manantiales, para que cobren conciencia sobre la importancia del uso racional del recurso y los graves riesgos que tiene la sobreexplotación de los acuíferos.

 

Es fundamental fortalecer las instituciones de gestión y control del uso del agua (superficial y subterránea). Las municipalidades deben jugar un papel clave en la gestión del agua de sus cantones.

 

Se debe impulsar iniciativas como el “cultivo del agua” por medio de la recolección y almacenamiento del agua de lluvia, así como la acción de que estas aguas recarguen los acuíferos y no sobrecarguen los cursos de agua superficial.

 

Es urgente uniformar las reglas legales para la gestión del recurso hídrico, por medio de la promulgación de una nueva ley o al menos de una Reglamento General a la ley actual, que contemple y modernice conceptos como la vulnerabilidad acuífera, la gestión del riesgo en los recursos hídricos y sus alcances para su manejo y uso sostenible.

 

En la GAM es fundamental evitar que se sigan deforestando e impermeabilizando las áreas de recarga acuífera. Al respecto, como hemos señalado, resulta clave terminar de actualizar y poner en vigencia el PRUGAM.

 

La creación de entes técnicos de investigación, como el Servicio Geológico de Costa Rica, a partir de la fusión de la Dirección de Investigación y Recursos Hídricos del SENARA y la Dirección de Geología y Minas del MINAE, también juega un papel relevante en la estrategia de fortalecimiento técnico y científico en el manejo de los recursos hídricos y de su investigación.

 

Finalmente, es vital y urgente que se tomen medidas concretas y alternativas para paliar los problemas de reducción del reservorio que tienen los acuíferos en Guanacaste y en particular los costeros. Es una bomba de tiempo que no se resuelve con la perforación de más pozos que aumentan la sobreexplotación. Se requiere urgente planificación e implementación de medidas. Cabe señalar que en varias partes de Heredia, municipios y la misma ESPH han perforado pozos a más de 250 metros sin lograr dar con el preciado líquido, ¡señal clara de que el potencial es limitado!

 

Se señalan aquí solo algunas de las acciones a tomar. Es claro que pueden surgir más. El primer gran paso deben darlo las autoridades de gobierno, ¡urge que tomen acciones concretas!